Corredores Inmobiliarios, y Contables. Gabriela Páez

Corredores  Inmobiliarios, y Contables. Gabriela Páez Servicios Inmobiliarios,Legales y Contables. Administración de Condominios. Análisis del Mercado de su propiedad Su bienestar y seguridad no tiene precio.

01/09/2016

SE ALQUILA HABITACIÓN AMOBLADA, EN GUATIRE, CONJUNTO RESIDENCIA MUCUCHIES, CON DERECHO A COCINA, BAÑO, DIEZ MIL BOLÍVARES (10.000.00) MAS INF. 0212.473.29.85

01/09/2016

La Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, conocida como Ley de Arrendamiento, es la normativa que regula la relación arrendaticia entre propietario e inquilino.

Además, garantiza que arrendadores ni arrendatarios cometan abusos y arbitrariedades.

DURACIÓN DEL CONTRATO SERÁ DE UN AÑO

De acuerdo con el artículo 51 de la normativa, los contratos de arrendamiento tendrán una duración mínima de un año.

Si el inquilino desea terminar la relación antes no será sancionado y no deberá pagar más cánones

Una vez vencido el contrato, el inquilino tendrá derecho preferente sobre terceros, a seguir en la vivienda. A este privilegio se le conoce como preferencia oferticia y está contemplado en el artículo 89.

Agrega el artículo que el arrendador que viole esta disposición será sancionado con 100 Unidades Tributarias (UT), que equivale a 7 mil 600 bolívares, por cada mes que permanezca de forma indebida fuera de su vivienda.

Otro artículo referido al contrato de arrendamiento es el 53, el cual estipula que deben extenderse tres ejemplares original del contrato: uno para el arrendador, otro para el arrendatario y una para la Superintendencia Nacional de Arrendamiento.

NO ALQUILER DE VIVIENDAS INADECUADAS

La ley sancionará con multas por 400 UT, que equivalen a 30 mil 400 bolívares, a quienes alquilen viviendas urbanas y suburbanas que no posean las condiciones mínimas de sanidad y habitabilidad, que representen riesgo para la salud, la seguridad y la vida de las personas.

La prohibición está establecida en el artículo 12, el cual especifica que se prohíbe el alquiler de viviendas construidas con materiales como tablas, latas y cartones.

FIJACIÓN DEL CANON DE ARRENDAMIENTO

La fijación del canon de alquiler estará a cargo de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento.

Para su estipulación, la institución se basará en el valor de reposición (comprende el valor de la construcción en la actualidad y para ello se toma en cuenta estructura, techo, piso, instalaciones sanitarias e instalaciones eléctricas, aguas servidas, puertas, ventanas, entre otras del inmueble).

De igual forma, se toma en consideración las dimensiones del inmueble, valor de depreciación, vulnerabilidad sísmica y región geográfica. Esta determinación está comprendida en el artículo 73.

La fijación del canon también tomará en cuenta la rentabilidad anual del inmueble.

Para los pequeños arrendadores esta banda quedó estipulada en un 5%; mientras que para el multiarrendador, en 3%.

Esta tasa podrá ser modificada por razones de interés social.

El artículo 141 contempla que quien haga un cobro indebido del canon será sancionado con 100 UT.

PROHIBIDO LOS DESALOJOS

El inquilino sólo podrá ser desalojado cuando haya dejado de cancelar cuatro meses de arrendamiento sin causa justificada o cuando haya destinado el inmueble a usos indebidos o haber causado al inmueble daños mayores.

Así lo refiere el artículo 91, el cual agrega que el inquilino podrá ser desalojado si el arrendador justifica que necesita el inmueble para algún pariente consanguíneo hasta el segundo grado (abuelo, hermanos y nietos, hijos, padres).

Sobre este último punto, el artículo en su parágrafo único establece que el arrendador deberá demostrar la filiación y no podrá alquilar la vivienda durante 3 años.

Asimismo, debe notificar al inquilino 90 días antes de la finalización del contrato.

El arrendador que realice un desalojo arbitrario será sancionado con 400 UT.

ESPACIOS DIGNOS PARA ESTUDIANTES

La ley también contempla una serie de normas para los arrendadores que alquilen habitaciones a estudiantes. En ese sentido, en su artículo 60 establece que la vivienda estudiantil deberá contar con espacios dignos de habitabilidad, necesario para el estudio y su desarrollo integral. De igual forma, señala que la vivienda debe contar con áreas que permitan satisfacer sus necesidades básicas como: cocina, alimentación, sanitario para el aseo personal y el dormitorio.

CONSTRUCTORAS Y EL ARRENDAMIENTO

Las empresas constructoras de desarrollos habitacionales de más de diez inmuebles deberán destinar un porcentaje de esas viviendas para el alquiler.

Ese porcentaje será determinado por el Ministerio de Vivienda y Hábitat.

Dice el artículo 88 de la norma que luego de transcurrido 10 años, esos inmuebles serán ofertados a la familias que lo ocupó durante ese período.

FONDO DE PROTECCIÓN

La ley también contempla l un fondo de protección para el inquilino y el pequeño arrendador.

Los recursos de este fondo provendrán de los depósitos que se encuentran congelados desde hace más de 20 años en los tribunales.

Señala la disposición transitoria novena de la norma que, transcurrido un año y el arrendador y el arrendatario no retiraron la relación arrendaticia que debe ser destinada a la cuenta bancaria establecida, los recursos serán destinados por la Superintendencia al fondo de protección.

Lo recursos que se encuentren sin reclamos también serán destinados al fondo de protección.

SUPERINTENDENCIA DE ARRENDAMIENTO

La ley establece en su artículo 16 la creación de una Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas, un organismo estatal que llevará el registro de arrendadores y arrendatarios.

También, se encargará de revisar todos los contratos, establecer el canon de alquiler y mediar en caso de problemas entre las partes.

Podrán ser titulares de viviendas

“Los arrendatarios que ocupen viviendas constituidas sobre edificios que tengan 20 años o más dedicado al arrendamiento, tendrán el derecho de adquirirla”.

Así lo contempla la disposición transitoria número quinta.

Vale destacar que el artículo establece que esta medida no aplica para el pequeño arrendador (personas que posee una o dos vivienda), sino para el multiarrendador (aquella persona que posee más de tres viviendas).

De acuerdo con la referida disposición, los propietarios tienen 60 días para realizar la oferta al arrendatario después de la entrada en vigencia de la norma.

Por su parte, la disposición sexta establece que se prioriza a la banca pública y privada a otorgar créditos para la adquisición de estos edificios.

La disposición séptima contempla que “el Estado esta en la obligación, mediante el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, de otorgar subsidio a todas las personas de la tercera edad o discapacitados para la adquisición de estos inmuebles de vieja data”.

Sanciones

La ley contempla sanciones entre 50 y 400 UT, tanto para el arrendador y el arrendatario que viole la norma.

Entre estas sanciones se encuentra: 400 UT para quienes publiquen avisos o anuncios de prensa o cualquier publicidad en los cuales se exija como condición para el arrendamiento que el inquilino no tenga niños o adolescentes o no esté embarazada.

También se sancionará con 400 UT el arrendador que le exija al inquilino que le pague en moneda extranjera.

Con 400 UT será sancionado quien cobre para exhibir inmuebles en ofertas para el arrendamiento.

Mientras que 50 UT deberá pagar el arrendador que no anexe la fijación del canon de arrendamiento realizada por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento en el contrato.

También, el que no permita el uso y goce del inmueble al inquilino será sancionado con 400 UT.
Espero sus comentarios ...

15/08/2016

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06/04/2016

4 CARACTERISTICAS DE UN NEGOCIADOR EFECTIVO En el sector inmobiliario, la negociación es parte de todo lo que haces. La negociación es quizás más evidente cuando se está en la presentación de la oferta. Sin embargo, usted está negociando cada vez que se comunica con los clientes. Y la verdad es que la negociación no es fácil - es un arte que debe ser aprendido con el fin de mejorar el éxito del cierre. Muchos corredores creen que la negociación exitosa requiere de una gran variedad de técnicas de cierre de gran alcance. Sin embargo, las características de un negociador eficáz van mucho más lejos que el conocimiento de una variedad de maneras de manejar la objeción. Los grandes negociadores son personas sensibles; entienden la psicología, las necesidades y deseos de los compradores y vendedores. Ellos son conscientes de la atmósfera de la habitación y el efecto que tiene sobre la presentación general. Los negociadores exitosos han perfeccionado sus habilidades de escucha, demostrar paciencia, son flexibles y son capaces de cambiar de marcha cuando sea necesario. La conciencia Es también definido como un "sexto sentido" que todos los buenos vendedores deben tener. Todas las negociaciones son estresantes, pero siendo conscientes de las emociones y sentimientos de una persona le permitirán entender cuándo pujar por más y cuando dar marcha atrás, garantiza que recibirá la mejor oferta sin dañar sus relaciones. Escuchando Escuchar es un tema que oímos de él - y uno que causa problemas a muchos profesionales del sector inmobiliario. ¿Alguna vez has notado lo que sucede cuando los animales reaccionan al sonido? Se mantienen de pie y erguidos, inmóviles, sus oídos se agudizan y toda su atención se centra de donde el sonido está viniendo. Hay una lección que aprender aquí! Las estadísticas muestran que el 75% de nuestro tiempo despiertos se invierte en la comunicación. Al menos el 45% de ese tiempo de comunicación está invertido en escuchar. En los negocios, la escucha es a menudo citado como una de las tres habilidades más críticas para el éxito. Como un profesional de bienes raíces, usted debe escuchar de forma oportuna, prestando atención a todo lo que sus clientes dicen y mostrando gran interés en lo que dicen. Escuchar con atención lo que se está diciendo y ser capaz de leer entre líneas es más importante, debido a que la información podría ser justo lo que necesita de su cliente. Paciencia La paciencia es una virtud, suena como un viejo sentimiento victoriano pero es un requisito absoluto para profesionales del sector inmobiliario en la actualidad. Hace muchos años, los vendedores se les dijo, "Cuando se llega a un cliente en la sala de cierre, no dejarlos salir hasta que firmen." Hoy en día, esta regla ya no se aplica. A pesar de que vivimos en una época de gratificación instantánea y todo el mundo espera los resultados rápidamente, negociadores expertos en el sector inmobiliario entienden que "rápida" puede significar un problema. La gente necesita tiempo para absorber toda la información que se presenta. Flexibilidad Los hábiles negociadores son como camaleones: cambian con el fin de mezclarse y ser aceptado. Son capaces de hacer esto sin ser obvio. Estos profesionales entienden que parte de la presentación es su personalidad, y el cliente responderá a su personalidad en lugar de la presentación. Los expertos no permiten ego se interponga en el camino de las negociaciones; ellos no quieren ser la estrella. La estrella del espectáculo es siempre el cliente. Se necesita una personalidad muy flexible para que esto suceda, pero vale la pena: se va a cerrar más ventas y ganar más clientes. Como un profesional de bienes raíces, usted cumple con personalidades diferentes cada día. Expertos de negociación han desarrollado la capacidad de modelar a sí mismos en la personalidad del cliente. Ellos entienden que los clientes no van a cambiar su personalidad para adaptarse a su agente y si los clientes no pueden trabajar cómodamente con un vendedor, simplemente van a encontrar a alguien más para hacer negocios. La negociación es un proceso en el que va a mejorar sólo a través de la experiencia. Y confían en nosotros, que sabemos que puede ser frustrante. A veces es posible que pierda impulso y quieren renunciar. Recuerde que debe mantener una actitud positiva. Usted se sorprenderá por lo que eres capaz de hacer cuando usted tiene la ayuda de una mente positiva.

26/01/2016

Sabias que para Solicitar el Borrador de Hipoteca de un Inmueble necesitas: Copia del Documento de Propiedad, copia cédula,rif , ficha catastral,vivienda principal y estar al dia con las cotizaciones de la Ley Política Habilitación BANAVIH y si no eres el Propietario llevar una Autorizacion. Si deseas que te ayude llama al teléfono 04264121304

12/01/2016

Pasos recomendados por la Cámara Inmobiliaria de Venezuela para vender un Inmueble:
1.- Estime apropiadamente el costo del esfuerzo que Ud. habrá de iniciar. Por ello nos referimos a que si Ud. trabaja o puede trabajar en su campo de experiencia, el costo relacionado con el tiempo que piensa invertir en el proceso de la venta de un inmueble, el costo de las publicaciones, etc, debe ser tomado en cuenta a la hora de estimar su verdadera ganancia.
2.- Determine el valor del mismo en función de los factores de mercado, de reposición y renta. Analice cuidadosamente la ubicación del inmueble y compárela con otros en la zona que también se están vendiendo para obtener las ventajas comparativas y competitivas del inmueble que Ud. desea ubicar.
3.- Estudie la velocidad de venta en la zona a través de las operaciones llegadas a término registradas en la Oficina de Registro Subalterno correspondiente. Ello le dará un indicativo de en cuanto tiempo, en promedio deberá materializarse la operación y si los inmuebles de la zona tienen alta o baja demanda.
4.- Realice una inspección cuidadosa del inmueble para determinar qué tipo de reparaciones y remodelaciones deberá hacer y cuál es el costo estimado de las mismas para que el inmueble sea considerado el más atractivo de los que se están vendiendo en la zona.
5.- Abra un expediente completo donde deberá tener toda la documentación e información del inmueble:
a.- Su(s) propietario(s) y la operación que desa realizar a fin de garantizar el saneamiento de la Ley.
b.- Documento de Propiedad
c.- Certificación de Gravámenes
d.- Tradición Legal de la propiedad del inmueble e.- Solvencias y recibos de serviciospúblicos
f.- Plano del Inmueble distribución, ambientes, etc.
g.- Plano de Ubicacion.
h.- Si es propiedad horizontal, necesitará adicionalmente el documento de condominio, solvencia del mismo y recibos cancelados en original
i.- Fotocopia de la cédula del propietario, estado del mantenimiento del inmueble en particular y del condominio en general, amenidades del condominio, puestos de estacionamiento, maletero, etc.
6.- Cuando comience a recibir llamadas, tenga en cuenta que muchas serán de curiosos o amigos de lo ajeno, investíguelos y fíltrelos antes de darles acceso a su inmueble.
7.- Una vez que inicie el recorrido por el inmueble, siga la secuencia lógica dependiendo si el visitante es hombre o mujer. Estudie la presentación del inmueble con anterioridad, destaque las ventajas competitivas y comparativas del inmueble. No discuta con el cliente si este hace comentarios desagradables relacionados con el estado de mantenimiento o decoración del inmueble, recuerde que su intención es vender su inmueble, no sus gustos. Aplique las técnicas de negociación y argumentación. 8.- Cuando ya tiene un cliente y comienza el proceso de negociación definitivo, tenga cuidado de plasmar todo en el papel, no deje cabos sueltos. Precise fechas y montos sin que haya lugar a dudas. Cuando vaya a la opción de compra, consulte su abogado de confianza para que le redacte dicho documento. Lo mismo vale cuando se vaya a redactar el documento definitivo de compra-venta. Verifique que el cheque esté bien emitido ante

04/02/2015

Servicios Inmobiliarios, Legales y Contables...Credito hipotecario.
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Repueto para Jeep desde 98 al 2015... Inf aqui o al tlf

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