Isabel Acuña Navarro

Isabel Acuña Navarro Ayudo a profesionales a mejorar sus finanzas y liquidar sus impuestos

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24/02/2022

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24/12/2021

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¿Cuáles son las documentaciones del contribuyente del IRP- RSP?El contribuyente del IRP-RSP deberá documentar sus ingres...
03/11/2021

¿Cuáles son las documentaciones del
contribuyente del IRP- RSP?
El contribuyente del IRP-RSP deberá documentar sus ingresos de la siguiente forma:
1. Comprobantes de la liquidación del salario, conforme a lo previsto en la legislación vigente, por servicios personales prestados en relación de dependencia.
2. Facturas preimpresas, facturas virtuales emitidas través del Software Tesakã o del Sistema de Gestión Tributaria Marangatú, facturas electrónicas emitidas a través del Sistema Integrado de Facturación Electrónica
Nacional e-kuatia o cualquier otro medio autorizado por la Administración Tributaria, para los que provengan de servicios profesionales u otros de carácter personal prestados de manera independiente.
3. Documentos que respaldan las rentas
correspondientes a regímenes de incentivos de retiros establecidos para funcionarios públicos, que respaldan la liquidación del viático, por la porción que no se rinda cuenta.

📝

📍¿Cuáles son los gastos no deducibles?📝 Para la determinación de la Renta Neta derivada de la prestación de servicios pe...
26/10/2021

📍¿Cuáles son los gastos no
deducibles?
📝 Para la determinación de la Renta Neta derivada de la
prestación de servicios personales, no serán deducibles los
siguientes conceptos:
1. El presente impuesto.
2. Las sanciones por infracciones fiscales previstas en la
legislación tributaria y las impuestas por las autoridades
públicas o de Seguridad Social.
3. Los egresos efectuados con ingresos no gravados,
exentos o exonerados.
4. Los actos de liberalidad. Entiéndase como actos de
liberalidad, aquellas erogaciones voluntarias realizadas sin
recibir una contraprestación económica equivalente y que
no estén expresamente dispuestos en la Ley N°6380/19,
incluidos el porcentaje de las cuotas, aportes, diezmos y
donaciones que superen el límite establecido por el Poder
Ejecutivo.
5. Los egresos realizados por las personas físicas en su
condición de propietarios de empresas unipersonales.
6. El IVA, cuando haya sido utilizado como IVA Crédito en la
determinación del referido impuesto o cuando haya sido
imputado como costo o gasto en otro impuesto.

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📍Liquidación y Pago 📝Para la determinación del impuesto, las rentas se dividirán en las siguientes categorías:1. Las ren...
22/10/2021

📍Liquidación y Pago 📝
Para la determinación del impuesto, las rentas se dividirán en las siguientes categorías:
1. Las rentas y ganancias del capital.
2. Las rentas derivadas de la prestación de servicios personales independientes o en relación de dependencia.
Los contribuyentes liquidarán el impuesto por separado para cada una de las categorías de renta, y no podrán imputarse los gastos ni las ganancias de una a la otra.

21/10/2021

Tratándose de sociedades conyugales, los cónyuges son considerados Contribuyentes individualmente a efectos del IRP. Cada uno deberá atribuirse el 100%de los ingresos provenientes de su actividad personal dependiente e independiente; de las rentas o ganancias de capital obtenidas de sus bienes propios y del incremento patrimonial obtenidos. Los bienes o derechos adquiridos en condominio entre ellos o con terceros, cada uno de los cónyuges se atribuirá la renta en proporción a lo q le corresponda.

19/10/2021

¿Cuándo nace la obligación
tributaria?
El nacimiento de la obligación tributaria se configurará al cierre del ejercicio fiscal, el que coincidirá con el año civil.
En cuanto a las rentas y ganancias de capital, el nacimiento de la obligación coincidirá con el momento de la imputación de tales rentas.
Para la imputación de las rentas se considerará el criterio de lo percibido, y para los costos y gastos el de lo efectivamente realizado

📍📝Inscripción de Oficio ✔️Cuando una persona física residente, habiendo superado sus ingresos brutos gravados de 80.000....
15/10/2021

📍📝Inscripción de Oficio ✔️
Cuando una persona física residente, habiendo superado sus ingresos brutos gravados de 80.000.000 IRP-RSP, no haya cumplido con la obligación de inscribirse en el RUC o no haya actualizado sus datos, y la Administración Tributaria haya tomado conocimiento de alguna de estas situaciones, por cualquier medio a su disposición, procederá a la inscripción de oficio. Este hecho le será notificado en el domicilio laboral o particular o a través del Buzón Electrónico Tributario Marandú, en caso de que la misma cuente con Clave de Acceso Confidencial de Usuario al Sistema de Gestión Tributaria Marangatú. La persona que haya sido inscripta de oficio deberá presentarse ante las oficinas de la SET dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación, a fin de confirmar los datos consignados en el RUC y de obtener su clave de acceso confidencial de usuario. Los contribuyentes inscriptos de oficio serán pasibles de las sanciones que correspondan, de acuerdo con las normas generales que dicte la Administración Tributaria.
Entonces no te dejes estar, te sugiero que monitorees tus ingresos periódicamente, de modo a que estés preparado cuando llegue el momento, así evitarás pagos de multas.
Te ayudo en el proceso, consultame…

📍📍 Se entenderá por familiares a cargo del contribuyente:1. El cónyuge, aún en los casos de uniones de hecho previstas e...
13/10/2021

📍📍 Se entenderá por familiares a cargo del contribuyente:
1. El cónyuge, aún en los casos de uniones de hecho previstas en la legislación civil, siempre que no sea contribuyente del IRE, IDU o el IRP. 👫
2. Los hijos y hermanos menores de edad. 👨👨‍🦰👧👩
3. Los hijos mayores de edad que se encuentren estudiando en establecimientos de educación superior, abuelos, padres, suegros, siempre que los ingresos de cada uno de ellos no superen G. 30.000.000 (treinta millones de guaraníes) en el año. 👩👨‍🦳👩‍🦳👱‍♀️
4. Toda persona sobre la que exista obligación legal de prestar alimentos, incluidos los hijos y hermanos mayores de edad cuando se encuentren con alguna discapacidad física o mental declarada.
El contribuyente deberá individualizar anualmente a sus familiares a cargo, en la forma y condiciones que establezca la Administración Tributaria.
Las erogaciones de estos familiares deberán estar documentadas a nombre de los mismos o a nombre del contribuyente del IRP.
Consúltame tus dudas, te ayudo
📱 0984422512

06/10/2021

🌸🌺🎀♀️
Ley 3803/09 "Otorga licencia a trabajadoras para someterse a exámenes de papanicolau y mamografía"
Toda trabajadora, dependiente o no, del sector privado o público, con cargo permanente, temporal o contratada, con cargo lectivo o no, goza de licencia remunerada de dos días en cada año, para someterse a éxamenes de Papanicolau y Mamografía.
Compartilo con las mujeres que necesitan saberlo... 👩‍🦰👩‍🦳👩‍🏫👩‍🚒🤱
🌸♀️🎀🌺

La SET recomienda consultar la validez de los comprobantes de compra que recibís. 🧾 Los comprobantes sirven para respald...
05/10/2021

La SET recomienda consultar la validez de los comprobantes de compra que recibís. 🧾
Los comprobantes sirven para respaldar las compras de los bienes que realizas, por ello está obligado a exigir su validez. Estos documentos deben poseer número timbrado, nombre del contribuyente, dirección, RUC del contribuyente, fecha de vigencia y datos de la imprenta entre otros, para que tengan validez.
Además, podes verificar la validez de estos documentos se puede ingresar a la página Web de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) www.set.gov.py o directamente al Link
📍https://servicios.set.gov.py/eset-publico/consultarValidezDocumentos.do
📍https://play.google.com/store/apps/details?id=com.ionicframework.template2733275
📱 0984422512
Contáctame para aclarar tus dudas

30/09/2021

Enajenación de Autovehículos usados por parte del Contribuyente del IVA 🛻🚙🚗
Las Formas de facturación son:
Para Contribuyentes del IVA afectados a la actividad de servicios personales o profesionales
☑ no utilizo el IVA crédito al momento de la adquisición del bien, entonces la enajenación es exenta del IVA 100%
✅ utilizó el IVA al momento de la adquisición del bien, entonces Base imponible para la determinación del IVA 30% del precio devengado, Valor exento del IVA 70%

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