10/04/2026
Gótitas del saber ...
Artículo 4.02 - Derechos de los Socios
Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002
Ley Núm. 255 aprobada en 28 de octubre de 2002
Los socios de toda cooperativa tendrán los siguientes derechos y prerrogativas:
(a) participar con voz y voto en las asambleas generales de socios sobre bases de igualdad, respeto mutuo y decoro;
(b) elegir y ser electo para desempeñar cargos en los cuerpos directivos de la cooperativa;
(c) utilizar los servicios de la cooperativa;
(d) estar informado del estado de situación financiera de la cooperativa y de las operaciones y actividades que ésta lleva a cabo a través de los informes correspondientes. Mediante requerimiento jurado en donde consigne su propósito, un socio tendrá derecho a examinar, para propósitos que se relacionen con su interés como socio, durante las horas regulares de oficina, el registro de socios y los demás libros de la cooperativa, así como de hacer copias o extractos de los mismos; Disponiéndose que, ningún socio tendrá derecho a acceder información que por disposición de ley o reglamento aplicable sea confidencial o privilegiada, incluyendo información que constituya secretos o estrategias de negocio. En caso de controversia sobre la legitimidad del propósito del socio o de la confidencialidad o privilegio que cobije la información solicitada, la controversia será adjudicada por la Corporación;
(e) conocer el estado de sus cuentas, haberes y transacciones en la cooperativa;
(f) participar de forma equitativa en la distribución de los sobrantes, cuando los hubiere, acorde con las normas que apruebe la asamblea general; y
(g) recibir, al ingresar como socio, copia del reglamento de la cooperativa, de los documentos que entrega y las normas de funcionamiento de la cooperativa.
Los derechos y prerrogativas de un socio dispuestos en este Artículo, así como aquellos que les reconozca el reglamento general de la cooperativa, quedarán en suspenso en todos los casos en que el socio no esté al día en el pago de sus obligaciones y deudas con la cooperativa, incluyendo el pago de los préstamos de los cuales sea deudor solidario y la acumulación de acciones requeridas por el reglamento general.