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Aficom Asesoría financiera y contable para inversiones microempresariales

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09/04/2020

ENLACES IMPORTANTES 👇🏾

BONO S/ 380. (1ra y 2da fase)
Ver: http://yomequedoencasa.pe

CONSULTA RETIRO de S/ 2,000. AFPs
Ver: https://www.consultaretiroafp.pe/

CONSULTA DE AFILIADOS a AFP.
Ver: https://bit.ly/2UJSVpy

NUEVO PASE DE TRANSITO. (renovar cada dos dias)
Ver: www.gob.pe/pasedetransito

FISE VALE de Descuento de 16 soles gas-GLP.(solo titulares de recibos de luz) :
Ver: www.fise.gob.pe

SOLICITAR PASE PEATONAL LABORAL ver: https://www.gob.pe/paselaboral/request_new

BONO INDEPENDIENTE ver:
https://www.bonoindependiente.pe/

TRIAJE VIRTUAL COVID 19(si sospechas que tienes corinavirus) ver: https://www.gob.pe/triaje


Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

23/03/2020
🔴HOY SÁBADO 24 DE AGOSTO 2019 SE PUBLICA SIMPLIFICACIÓN DE REQUISITOS Y ADECUACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CON...
24/08/2019

🔴HOY SÁBADO 24 DE AGOSTO 2019 SE PUBLICA SIMPLIFICACIÓN DE REQUISITOS Y ADECUACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CONTENIDOS EN EL TUPA DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL - ONP.
📌Con esta norma legal, se procede con la eliminación de varios procedimientos, requisitos o la simplificación de los mismos, buscando facilitar su acceso en favor de los administrados de la ONP.

Disponen la simplificación de requisitos y adecuación de procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la Oficina de Normalización Previsional - ONP

🔴HOY VIERNES 23 DE AGOSTO 2019 SE PUBLICA EL REGLAMENTO DE LA LEY 30884, LEY QUE REGULA EL PLÁSTICO DE UN SOLO USO Y LOS...
23/08/2019

🔴HOY VIERNES 23 DE AGOSTO 2019 SE PUBLICA EL REGLAMENTO DE LA LEY 30884, LEY QUE REGULA EL PLÁSTICO DE UN SOLO USO Y LOS RECIPIENTES O ENVASES DESCARTABLES.
📌En el anexo del reglamento se especifican las infracciones leves, graves y muy graves, en las cuales podrían verse afectadas la microempresa, pequeña empresa, mediana o gran empresa, conforme a la legislación vigente, si es que no acatan lo que dicen las nuevas disposiciones legales.
📌Por ejemplo, entregar gratuitamente bolsas de plástico o cobrar por debajo del precio del mercado, en el marco de las actividades de comercio: INFRACCIÓN GRAVE.
📌Entregar bolsas plásticas que no sean reutilizables y aquellas cuya degradación genere contaminación por microplásticos o sustancias peligrosas y no aseguren su valorización, en el marco de las actividades de comercio: INFRACCIÓN MUY GRAVE.

Aprueban el Reglamento de la Ley N° 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables

20/08/2019

Guías de Remisión!! SUNAT 🔥

¿Sabes quien debe emitir la Guía de Remisión en una Consignación?

Esta pregunta fue planteada en el Informe SUNAT N° 098-2019

17/08/2019

📌CASACIÓN Nº 6952-2017-LIMA - SUNAT

👉👉¿EN QUÉ CASOS RESULTA VÁLIDA LA ACUMULACIÓN DE LOS PERIODOS DE PRUEBA?👈👈

Si bien el periodo de prueba, en términos generales, se circunscribe al plazo de tres meses, pueden presentarse excepciones que exigen la ampliación de este periodo, en caso sea necesario por la naturaleza de las labores y/o que se requiera un periodo de capacitación o adaptación y/o por el grado de responsabilidad del cargo. Asimismo, es perfectamente posible que si el trabajador reingresa a laborar se puedan sumar los periodos de prueba, salvo que incurra en una causal expresamente prohibida por la ley.

En vistas de las posibles contingencias que se pueden producir por la acumulación de periodos de prueba, la Corte Suprema ha precisado qué reglas deben tenerse en cuenta en estos casos en la Casación Laboral Nº 6952-2017-LIMA, publicada el 3 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano.

▶️EL CASO ES EL SIGUIENTE:

Un trabajador, que tenía el cargo de Oficial Aduanero Junior en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria-SUNAT, demandó a su empleadora a fin de que, como consecuencia de haber sufrido un despido incausado, sea repuesto en su mismo puesto de trabajo. Por su parte, la demandada alegó que el trabajador se encontraba dentro del periodo de prueba, por lo que no tenía derecho a la estabilidad laboral.

▶️EN PRIMERA INSTANCIA

El juez declaró infundada la demanda; sin embargo, en segunda instancia la Sala Superior revocó esta decisión y declaró fundada la demanda, ordenando la reposición del actor, sin el pago de las remuneraciones devengadas. Al resultar adversa esta decisión para la entidad empleadora, esta interpuso un recurso de casación.

▶️CORTE SUPREMA

Al conocer del caso, la Corte Suprema delimitó que el objeto de la controversia consistía en determinar si procedía la acumulación de los periodos de prueba del trabajador. Para resolver este caso, detalló que la legislación laboral establece que, en caso de reingreso del trabajador, se sumen los periodos laborados en cada oportunidad hasta completar el periodo de prueba establecido por ley. No obstante, señaló que esto no resultaría válido si el reingreso del trabajador: i) se ha producido a un puesto notoria y cualitativamente distinto al ocupado previamente; o, ii) si el reingreso se hace efectivo transcurridos tres años de producido el cese (artículo 16 del Decreto Supremo N° 001-96-TR).

▶️OBSERVANCIA

Atendiendo el caso concreto, la Sala verificó que el actor laboró en dos periodos bajo modalidades contractuales distintas, pues luego de que culminó su primer contrato de trabajo para servicio específico (cuyo periodo de prueba era de más de nueve meses), el trabajador suscribió un contrato de trabajo a plazo indeterminado, pactándose un nuevo periodo de prueba, esta vez de seis meses. Ahora bien, en opinión del Colegiado, existía una nítida vinculación entre las labores encomendadas en los dos períodos laborales mencionados, pues en el contrato primigenio se establecía que seguiría un entrenamiento práctico para el puesto de Oficial Aduanero Junior, función que finalmente le fue asignada. Por lo tanto, "debido a que no son funciones notoria ni cualitativamente distintas, sino, por el contrario, conectadas y/o complementarias, no se puede sostener que el primer periodo de prueba no pueda acumularse al segundo", refirió la Corte.

▶️CONCLUYÓ

De esta manera al haber superado largamente en el primer contrato el periodo de prueba, ya no correspondía aplicar esa figura en el segundo contrato; por lo que la Corte Suprema declaró infundado el recurso de casación.

Fuente: La Ley

17/08/2019

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07/08/2019

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