01/07/2024
📢 INCORPORA NUEVOS OBLIGADOS PARA INSCRIBIRSE AL RUC - SUNAT
📌 Mediante Resolución de Superintendencia N° 130-2024-SUNAT (publicada el 30 de junio 2024), SUNAT establece nuevos obligados a inscribirse en el RUC hasta el 30 de setiembre de 2024, entre ellos los siguientes:
📍 Sean propietarios de 5 o más predios cuyo valor, en conjunto, superen las 126 UIT.
📍 Sean propietarios de acciones o participaciones en sociedades peruanas o extranjeras cuyo valor, en conjunto, supere las 100 UIT.
📍 Hayan realizado adquisiciones de bienes sujetos a percepciones del IGV que por año superen las 10 UIT.
📍 Hayan percibido intereses por depósitos en cuentas de empresas del sistema financiero y la suma de los saldos de estas cuentas supere las 300 UIT.
De igual forma, se estable la obligación de inscribirse en el RUC:
📍 Para aquellos sujetos que realicen actos con entidades financieras y de seguros, como créditos corporativos cuando el monto solicitado excede las 10 UIT, o contraten el SOAT para vehículos de transporte de carga pesada.
📍 Personas naturales y sucesiones indivisas, según sea el caso, domiciliadas en el país que al 31 de julio de 2024, cumplan los nuevos supuestos para inscribirse en el RUC.
: 01 de julio 2024
Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT mediante la cual se aprueban las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 943 que aprobó la Ley del Registro Único de Contribuyentes