01/12/2025
📢 ¡Adiós a las multas por no declarar Renta de 1ra y 4ta Categoría!
¿Eres persona natural y olvidaste presentar tus declaraciones mensuales o la anual? SUNAT acaba de publicar la R.S. N° 000355-2025/SUNAT con excelentes noticias para la regularización tributaria. 🇵🇪⚖️
Aquí los puntos clave que debes conocer:
✅ Beneficio del 100% de Gradualidad: Al subsanar voluntariamente por no presentar la declaración jurada dentro del plazo (Art. 176 num. 1 CT).
🎯 ¿A qué rentas aplica?
Rentas de 1ra Categoría (Alquileres - F1683).
Rentas de 4ta Categoría (Trabajadores independientes - FV616).
Declaración Jurada Anual (Personas naturales sin negocio - FV709).
📉 Condiciones para el beneficio:
Voluntario: Si subsanas antes de la esquela.
Inducido: Rebajas entre 99% y 96% de la multa, y con plazo hasta 120 días hábiles posteriores a emitida la REC vinculada a la multa.
🔙 Retroactividad:
Lo mejor es que aplica a infracciones cometidas con anterioridad a la norma, siempre que regularices ahora. 💼
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