Asesoría Contable Tributaria J&G"Shalom"

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Asesoría Contable Tributaria J&G"Shalom" J&G SHALOM, Asesores Contables y Tributarios encargados de velar por sus intereses e inversiones de su empresa para un mejor desarrollo empresarial.

-ASESORIA CONTABLE-TRIBUTARIA (RUS, REG.ESPECIAL, REG.MYPE TRIBUTARIO,REG.GENERAL)

-DECLARACIONES TRIBUTARIAS (MENSUAL-ANUAL)

-CREACION DE EMPRESAS (SAC,SRL,EIRL,SA,SRL,SCRL)

-BALANCES PERSONALES (RENTAS DE 4TA, 5TA CATEGORIA)

-ELABORACION DE CONTRATOS (ARRENDAMIENTOS, Y OTROS)

-ASESORIA TRIBUTARIA DE ALQUILERES-ARRENDAMIENTOS

-REGULARIZACIONES, RECLAMACIONES, RECUPERACIONES, DEVOLUCIONES DE TRIBUTOS ANTE SUNAT

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23/02/2026

📢 ¡CONVOCATORIA ABIERTA – REGIÓN ICA!
En el Estudio Contable J&G Shalom estamos recibiendo solicitudes para PRACTICANTES CONTABLES que deseen ganar experiencia real en el campo tributario, laboral y financiero.
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20/02/2026

⚖️ Tribunal Fiscal: requisitos para considerar un gasto en el incremento patrimonial no justificado

👉 En la RTF N.º 07852-10-2025, el Tribunal Fiscal reiteró los requisitos que deben concurrir para que un egreso o gasto sea incluido en la determinación del incremento patrimonial no justificado.

📄 Criterio clave

✔ Debe acreditarse que el concepto constituye una aplicación de fondos o disposición patrimonial del contribuyente.
✔ El egreso debe haber sido realizado en el ejercicio fiscalizado.
✔ No debe estar debidamente sustentado el origen de los fondos utilizados para efectuar el gasto.

📌 Conclusión:

Solo cuando concurren estos tres requisitos procede considerar el egreso como parte del incremento patrimonial no justificado en la determinación del Impuesto a la Renta.

📚 En Corporación Perucontable analizamos los criterios del Tribunal Fiscal para fortalecer la cultura contable y tributaria en el Perú.



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20/12/2025

⚠️ 𝗕𝗼𝗹𝗲𝘁𝗮𝘀 𝗱𝗲 𝘃𝗲𝗻𝘁𝗮: 𝘀𝗶́ 𝘀𝗶𝗿𝘃𝗲𝗻… 𝗽𝗲𝗿𝗼 𝗰𝗼𝗻 𝗹𝗶́𝗺𝗶𝘁𝗲.
No todo lo que compras con boleta es deducible, y SUNAT revisa ese detalle con lupa. 👀

📌 Regla clave:
▪️ Solo puedes deducir hasta el 6 % de tus compras con derecho a crédito fiscal
▪️ El exceso se vuelve gasto reparable
▪️ El tope máximo es 200 UIT

💡 Dato pro: sin control, las boletas se convierten en reparos y multas.

👉 Infórmate bien y evita sorpresas en una fiscalización.

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Dios te Bendiga 🙏

20/12/2025

🚨 SUNAT: nuevas reglas de fiscalización digital
El DS N.° 303-2025-EF cambia la forma en que SUNAT fiscaliza:
comparecencias remotas obligatorias y solicitud de perfiles de acceso a los sistemas contables.

Este nuevo escenario exige orden, control y preparación previa por parte de empresas y contadores.

📌 Para ayudarte, hemos preparado un checklist práctico de preparación ante una fiscalización digital.

💬 Comenta “CHECKLIST” y te lo enviamos por inbox.

17/12/2025

🚨 𝐔𝐈𝐓 𝟐𝟎𝟐𝟔 𝐞𝐬𝐭𝐚𝐛𝐥𝐞𝐜𝐢𝐝𝐚 𝐞𝐧 𝐒/ 𝟓,𝟓𝟎𝟎
El Ejecutivo oficializó el nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que estará vigente en el año 2026, a través del Decreto Supremo N.º 301-2025-EF.
📌 La UIT es un indicador fundamental del sistema tributario, ya que sirve como base para:
• Cálculo de multas y sanciones
• Límites de deducciones tributarias
• Topes y obligaciones legales
👉 El enlace a la norma legal: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2469116-1?_ga=2.72645847.535516366.1765982507-167195109.1757952813
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10/12/2025

🛑 𝐀𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐨́𝐧 ❞𝐚𝐧𝐟𝐢𝐭𝐫𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬❞ 𝐪𝐮𝐞 𝐚𝐥𝐪𝐮𝐢𝐥𝐚𝐧 𝐬𝐮𝐬 𝐢𝐧𝐦𝐮𝐞𝐛𝐥𝐞𝐬 𝐚 𝐭𝐫𝐚𝐯𝐞́𝐬 𝐝𝐞 𝐩𝐥𝐚𝐭𝐚𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚𝐬 𝐝𝐢𝐠𝐢𝐭𝐚𝐥𝐞𝐬: 𝐒𝐔𝐍𝐀𝐓 🥸 ya recibió información de, entre otros, , Booking, y , en la que se dio cuenta de más de 34 mil propietarios de inmuebles a los cuales se les verificará que hayan cumplido con sus respectivas obligaciones tributarias.

Según un comunicado del 03.12.2025, informó que dichas plataformas, por cooperación internacional, remitieron toda la información de sus usuarios peruanos, tales como montos cobrados, descripción de los servicios que ofertan, sea de alquiler o de alquiler más servicios complementarios, entre otros.

Si eres usuario de dichas plataformas debes verificar cuidadosamente en que categoría de renta te toca tributar, recuerda que si sólo alquilas inmuebles, sea 1 o más, deberás tributar como renta de 1ra. categoría, es decir, deberás declarar y pagar el 5% del ingreso de forma mensual.

Sin embargo, si adicional al servicio de alquiler brindas servicios complementarios, tales como alimentación, limpieza, lavandería, etc. y si, además, cuentas con personal a tu cargo que apoya en la prestación de dichos servicios, deberás evaluar si el ingreso que percibes califica como renta de 1ra categoría o como renta de 3ra. categoría, en cuyo caso deberás emitir comprobantes de pago y tributar IGV e Impuesto a la Renta, además de llevar los libros contables y registros tributarios que correspondan.

La misma Guía Fiscal de Airbnb, menciona esto último, indicando que: "Si ofreces servicios adicionales a la actividad de compartir espacios, puede existir un riesgo de que los ingresos totales, considerando tanto los obtenidos por compartir el espacio como aquellos relacionados con los servicios adicionales, se consideren gravados como renta de 3ra categoría. Adicionalmente, el compartir espacios múltiples y tener uno o varios empleados que administren todos los contratos correspondientes puede aumentar dicho riesgo".

Puedes leer toda la guía en el siguiente enlace:

https://assets.airbnb.com/.../Airbnb_TaxGuide2025_Peru...

Asimismo, SUNAT también se ha pronunciado de forma similar, por ejemplo, en el material de sus charlas, ha indicado que: "Si eres una persona natural sin negocio pagas el 5% del ingreso bruto como impuesto a la renta de primera categoría. Si además das servicios como desayuno, lavandería o experiencias puede considerarse más complejo y debes tener cuidado porque podrías pasar a tributar como negocio".

En todo caso, si alquilas tus inmuebles, se recomienda que busques asesoría profesional para evitar contingencias tributarias con SUNAT y que podrían devenir en el pago de tributos omitidos y multas.

El dato: Si percibes rentas de 1ra categoría y no presentaste tu declaración del Impuesto a la Renta a tiempo, puedes subsanar la infracción y rebajar la multa en 100%.

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06/12/2025

⚠️¡Atención ESTUDIANTES!
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19/11/2025

⚠️📢 SUNAT detectó TODO esto en una sola empresa… ¿Tu contador está preparado?

👇Muchos emprendedores creen que “cualquier contador” puede llevar sus impuestos… hasta que SUNAT cruza información y empieza el problema. 😓

Aquí te muestro errores graves que SUNAT detectó y cómo se hubieran evitado con una asesoría profesional.

🔍 🔴 LO QUE SUNAT OBSERVÓ
1️⃣ Crédito fiscal mal declarado
SUNAT encontró diferencias entre el crédito fiscal del Registro de Compras y lo declarado en la DJ mensual.
➡️ Resultado: ¡Reparos al IGV y pérdida del crédito fiscal! 😱

2️⃣ Diferencias entre Registro de Ventas y DJ Mensual
❗ Inconsistencias por más de S/ 1,659,618.
➡️ SUNAT presume ventas omitidas.

3️⃣ Gastos sin sustento válido
Registros contables sin documentación o con inconsistencias:
Gastos financieros
Gastos administrativos
Gastos no deducibles
➡️ Resultado: Incremento artificial de la renta y reparos.

4️⃣ Ingresos por tarjetas NO declarados
SUNAT detectó S/ 377,827 por ventas con tarjeta no reflejadas en la DJ.
➡️ Reparos automáticos por omisión de ingresos.

5️⃣ Errores contables básicos
Cuentas mal usadas (6431, 6611, 4111, etc.)
SUNAT repone el impuesto + multa + intereses.

🧠 🟢 Cómo lo solucionaría un BUEN contador (como nosotros):
✔️ 1. Conciliación tributaria mensual
Se revisa antes de declarar que el Registro de Compras/Ventas coincida con la DJ.
➡️ Cero riesgo de pérdida del crédito fiscal.
✔️ 2. Cruce de información con bancos, POS, detracciones, tarjetas
Así evitamos que SUNAT detecte ingresos omitidos.
➡️ Declaraciones limpias y sin reparos.
✔️ 3. Control de gastos deducibles
Clasificación correcta + sustento válido (contratos, valorizaciones, medios de pago, guías, etc.)
➡️ Gastos aceptados y menor impuesto.
✔️ 4. Auditoría preventiva mensual
Revisión del Libro Mayor, auxiliares y declaraciones antes de que SUNAT lo repare.
➡️ Prevenimos fiscalizaciones.
✔️ 5. Uso correcto del Plan Contable y NIIF
Evita observaciones como las del Tribunal Fiscal por mal uso de cuentas contables.
➡️ Contabilidad impecable.

🚨 Un error tributario NO lo pagas solo con una multa.
Lo pagas con:
💸 reparos
💸 pérdida del crédito fiscal
💸 doble pago de IGV
💸 intereses
💸 riesgo penal si SUNAT presume evasión

📢 ¿Quieres evitar lo que le pasó a esta empresa?

Nosotros te ayudamos a:
✅ ordenar tu contabilidad
✅ presentar tus DJ sin riesgos
✅ blindarte ante SUNAT
✅ recuperar tu tranquilidad tributaria

📲 Escríbeme: Envíanos un mensaje AHORA para un diagnóstico de tu riesgo tributario actual.
Celular: 932 735 595

➡️ ¡No dejes que los errores del pasado definan tu futuro!






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14/11/2025
12/11/2025

🔍 ¿Ya declaraste al beneficiario final de tu empresa?
La SUNAT está fiscalizando este tema con fuerza y las sanciones pueden ser severas.

📌 Algunas de las infracciones que generan multa:
✅ Presentar la declaración fuera de plazo o con errores.
✅ No sustentar el procedimiento de debida diligencia.
✅ No conservar documentos o sistemas por 5 años.
✅ No exhibir la información cuando SUNAT la solicita.

💸 Las multas pueden llegar hasta 50 UIT dependiendo de la falta. Un simple descuido puede costar miles.

👉 Si tienes empresa, es tu obligación estar al día. Revisa ahora y evita sanciones innecesarias.

Dirección

Calle Cajamarca 275 (al Frente De La Iglesia Jesús Maria)
Ica

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 18:00
Martes 09:00 - 18:00
Miércoles 09:00 - 18:00
Jueves 09:00 - 18:00
Viernes 09:00 - 18:00
Sábado 09:00 - 18:00

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Asesoría Contable Tributaria J&G"Shalom" publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

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