JCDF Asesoría contable y tributaria

JCDF Asesoría contable y tributaria Consultor contable y tributario, a Precio negociable.

08/08/2017

El Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría, es decir rentas de naturaleza empresarial o de negocio

08/08/2017

Desde el 24 de setiembre de 2014 los mineros informales que serán objeto del Registro de Saneamiento en virtud de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 029-2014-PCM, pueden sustentar sus establecimientos anexos con la fotocopia de la Declaración de Compromisos presentada al respectivo Gobierno Regional dentro de los plazos establecidos y con el sello de recepción correspondiente, la cual deberá aparecer vigente en el Registro Nacional de Declaraciones de Compromisos del Ministerio de Energía y Minas (MINEM).RS N° 290-2014/SUNAT.

08/08/2017

BAJA DE ESTABLECIMIENTOS ANEXOS

- Se comunica la baja dentro de los 5 días siguientes a producido el hecho que originó la baja.

- El presente trámite si se puede realizar por SUNAT Virtual.

- Dar de baja a los comprobantes asociados con el establecimiento anexo

- Dar de baja a cada una de las series de los comprobantes de pago asociadas al establecimiento anexo.

- Dar de baja al establecimiento anexo a través de SUNAT Virtual con su clave sol.

- Si el trámite lo efectúa un Tercero éste deberá de exhibir el original y presentar fotocopia de su documento de identidad o en su caso el poder especifico (mediante carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT) que le autoriza a realizar dicho trámite a además presentar el Formulario N° 2046 "Establecimientos Anexos".

08/08/2017

MODIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS ANEXOS

- Se comunica la modificación dentro de los 5 días siguientes a producido el hecho que originó el cambio.

- El presente trámite no se puede realizar por SUNAT Virtual.

- Presentar algunos de los documentos detallados en el Anexo N° 2 de la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT, modificado por la RS N° 290-2014/SUNAT.

- Si el trámite lo efectúa un Tercero éste deberá de exhibir el original y presentar fotocopia de su documento de identidad del titular o en su caso el poder especifico (mediante carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT) que le autoriza a realizar dicho trámite a además presentar el Formulario N° 2046 "Establecimientos Anexos".

08/08/2017

ALTA DE ESTABLECIMIENTOS ANEXOS

- Presentar cualquier documento privado o público en el que conste la dirección del domicilio fiscal que se declara

- El presente trámite no se puede realizar por SUNAT Virtual.

- Si el trámite lo efectúa un Tercero éste deberá de exhibir el original y presentar fotocopia del documento de identidad del titular, o en su caso el poder especifico (mediante carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT) que le autoriza a realizar dicho trámite, además presentar el Formulario N° 2046 "Establecimientos Anexos".

08/08/2017

SOBRE EL CAMBIO DE FECHA DE INICIO DE ACTIVIDADES

La fecha de inicio de actividades la podrá modificar una sola vez, dentro de los 5 días hábiles de producido el hecho. Para ello, debe tener en cuenta lo siguiente:

- Si inició actividades: Exhibir el original y fotocopia simple del primer comprobante de pago emitido o recibido.

- Si no inició actividades y tampoco solicitó autorización de impresión de comprobantes de pago: Presente únicamente el formulario N° 2127.

Dirección

Callao
LIMA01

Página web

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