Estudio contable J&M consultores

Estudio contable J&M consultores Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Estudio contable J&M consultores, Servicios financieros, Avenida Universitaria MZ. A Lt. 6-Jesus Nazareno, Ayacucho.

15/10/2024

👩‍💻 🔴 Cuando se termina la el debe cumplir con estas obligaciones:
👉 Liquidación de
👉
👉 Carta de cese para retiro de la
Todo ello en un plazo de 48 horas de haberse hecho efectivo el cese

🔴🌟𝑽𝒊𝒗𝒆 𝒍𝒂 𝒆𝒙𝒑𝒆𝒓𝒊𝒆𝒏𝒄𝒊𝒂 𝒆𝒏 𝑽𝒊𝒗𝒐 𝒄𝒐𝒏 𝒆𝒍 𝑫𝒓. 𝑽𝒆𝒓𝒐𝒏𝒂 𝒆𝒏 𝑸𝒖𝒆 𝑩𝒖𝒆𝒏𝒂 𝑷𝒓𝒆𝒈𝒖𝒏𝒕𝒂.
𝑫𝒆𝒔𝒂𝒓𝒓𝒐𝒍𝒍𝒂 𝒕𝒖𝒔 𝒉𝒂𝒃𝒊𝒍𝒊𝒅𝒂𝒅𝒆𝒔 𝒆𝒎𝒑𝒓𝒆𝒔𝒂𝒓𝒊𝒂𝒍𝒆𝒔 𝒄𝒐𝒏 𝒄𝒂𝒔𝒐𝒔 𝒑𝒓𝒂𝒄𝒕𝒊𝒄𝒐𝒔 𝒅𝒆 𝒄𝒐𝒎𝒐 𝒈𝒂𝒏𝒂𝒓𝒍𝒆 𝒂 𝑺𝑼𝑵𝑨𝑻 , 𝑺𝑼𝑵𝑨𝑭𝑰𝑳, 𝑨𝑫𝑼𝑨𝑵𝑨𝑺 𝒚 𝑺𝑼𝑵𝑨𝑹𝑷.🌍✨
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Dios te Bendiga 🙏

15/10/2024

👩‍💻𝗖𝗢𝗠𝗣𝗥𝗢𝗕𝗔𝗡𝗧𝗘𝗦 𝗗𝗘 𝗣𝗔𝗚𝗢 📝📣

¿Para qué sirven los Comprobantes de Pago?
🏬 A las les sirve para:
👉 Sustentar la posesión de su mercadería.
👉 Contabilizar sus adquisiciones en el Registro de Compras.
👉 Sustentar su costo o gasto para efecto tributario.
👉 Realizar un adecuado seguimiento de las ventas, es decir, tener trazabilidad de los clientes y controlar óptimamente el negocio.

🔴🌟𝑽𝒊𝒗𝒆 𝒍𝒂 𝒆𝒙𝒑𝒆𝒓𝒊𝒆𝒏𝒄𝒊𝒂 𝒆𝒏 𝑽𝒊𝒗𝒐 𝒄𝒐𝒏 𝒆𝒍 𝑫𝒓. 𝑽𝒆𝒓𝒐𝒏𝒂 𝒆𝒏 𝑸𝒖𝒆 𝑩𝒖𝒆𝒏𝒂 𝑷𝒓𝒆𝒈𝒖𝒏𝒕𝒂.
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Dios te Bendiga 🙏

15/10/2024

👩‍💻🧑‍💼 Si entre tus se encuentra crear o hacer crecer tu , tal vez tener un puede ayudarte a lograrlo, por ello te compartimos algunos que te ayudarán a encontrarlo.

🕵 Antes de escoger un socio, es importante que te preguntes: ¿Qué es lo que hace a un buen socio comercial? ¿Qué debes buscar en él?

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🔴PREOCUPADO POR TU DECLARACION DE RENTA ANUAL 2022?✅RENTA ANUAL-PERSONA NATURALSi emitiste recibos por honorarios, estuv...
24/03/2023

🔴PREOCUPADO POR TU DECLARACION DE RENTA ANUAL 2022?
✅RENTA ANUAL-PERSONA NATURAL
Si emitiste recibos por honorarios, estuviste en planilla o generaste ingresos por arrendamientos o dividendos debes de presentar tu DECLARACION DE RENTA ANUAL 2022.👨‍🏫👩‍💻👷‍♂️👨‍🔧👩‍🍳
En el caso existiera saldo a favor de los pagos a cuenta, solicitaremos la devolución de tu renta.
✅RENTA ANUAL- PERSONA NATURAL CON NEGOCIO Y EMPRESAS JURÍDICAS
Evaluamos tu situación tributaria y resolvemos tus problemas tributarios🤝
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estamos listos para presentar tus declaraciones anuales de persona natural y jurídica 🤓

PORCENTAJES PARA EL REGIMEN DE DETRACCIONES(SPOT) 🤓
02/09/2022

PORCENTAJES PARA EL REGIMEN DE DETRACCIONES(SPOT) 🤓

✅ Sistema de del
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02/09/2022

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VACACIONES TRUNCAS: ¿CÓMO CALCULARLAS?

Se consideran cuando el ha sin haber cumplido con el requisito de un año de servicios y el respectivo récord vacacional para generar derecho a vacaciones
En este caso, se abona como vacaciones truncas tantos dozavos de la vacacional como meses efectivos haya , además, las fracciones de mes (días) se calcularán por treintavos. Estas deben ser pagadas en dinero en la de a cada trabajador, 48 horas después de producido el cese.

Tener en cuenta: Para que proceda el abono del récord trunco vacacional el trabajador debe acreditar por lo menos un mes de servicios a su .

✅ CURSOS ESPECIALIZADOS:

Asistente de Recursos Humanos
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📲 Celular: 931864587
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hoy digito 8!! 🚨
15/06/2022

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ATENCION! RETIRO DE AFP🤓
13/06/2022

ATENCION! RETIRO DE AFP🤓

Estimados afiliados, los invitamos a leer nuestro comunicado sobre la web para el registro de solicitudes de retiro.

Para ingresar a la web, les recomendamos digitar en su navegador la siguiente dirección: https://www.consultaretiroafp.pe/

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06/06/2022

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RETIRO AFP 🤔REGISTRAMOS TU SOLICITUD DE RETIRO AFP QUE TANTO ESTUVISTE ESPERANDO🤓CONSULTAS AL WHATSAPP 📲966163746 y 9996...
04/06/2022

RETIRO AFP 🤔
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18/03/2022

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👩‍💻 Boletas de venta vs facturas
¿Sabías qué?
Tanto las boletas de venta como las facturas son comprobantes de pago usados por pequeñas, medianas y grandes empresas, pero existe una variedad de entre ellas.

👉 La entrega de estos documentos por operaciones comerciales dependerá del tipo de que sea la empresa que lo emite.
👉 De acuerdo a Las facturas se tratan de que se emiten en las operaciones entre empresas o personas que necesitan acreditar o para efectos de su actividad, sustentar el pago del Impuesto General a las Ventas ( ) por la operación efectuada y poder ejercer, de esta manera, el derecho al (beneficios como reducción de impuestos).
👉 La entrega de boletas no permitirá al empresario ejercer el derecho al crédito fiscal (posibilidad para reducir impuestos) ni podrán sustentar gastos o costos para efectos tributarios, salvo en los casos que la ley lo permita.

🔴 Observa toda la información en la gráfica

MODIFICACIONES CON EL MONTO DE LA BANCARIZACION🧐
03/03/2022

MODIFICACIONES CON EL MONTO DE LA BANCARIZACION🧐

𝗔𝗿𝘁𝗶́𝗰𝘂𝗹𝗼 𝟭. 𝗗𝗲𝗳𝗶𝗻𝗶𝗰𝗶𝗼́𝗻
Para efecto de lo dispuesto en la presente ley, se entiende por Ley al Texto Único Ordenado de la Ley N° 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, aprobado por el Decreto Supremo N° 150-2007-EF.

𝗔𝗿𝘁𝗶́𝗰𝘂𝗹𝗼 𝟮. 𝗠𝗼𝗱𝗶𝗳𝗶𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗮𝗿𝘁𝗶́𝗰𝘂𝗹𝗼 𝟯, 𝗱𝗲𝗹 𝗲𝗽𝗶́𝗴𝗿𝗮𝗳𝗲 𝗱𝗲𝗹 𝗮𝗿𝘁𝗶́𝗰𝘂𝗹𝗼 𝟯-𝗔 𝘆 𝗱𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿 𝗽𝗮́𝗿𝗿𝗮𝗳𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝗮𝗿𝘁𝗶́𝗰𝘂𝗹𝗼 𝟰 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗟𝗲𝘆
Modifícase el artículo 3, el epígrafe del artículo 3-A, el primer párrafo del artículo 4 de la Ley, conforme a los siguientes textos:

“𝗔𝗿𝘁𝗶́𝗰𝘂𝗹𝗼 𝟯. 𝗦𝘂𝗽𝘂𝗲𝘀𝘁𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗹𝗼𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝘀𝗲 𝘂𝘁𝗶𝗹𝗶𝘇𝗮𝗿𝗮́𝗻 𝗠𝗲𝗱𝗶𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗣𝗮𝗴𝗼
Las obligaciones que se cumplan mediante el pago de sumas de dinero cuyo importe es superior al monto a que se refiere el artículo 4 se deben pagar utilizando los Medios de Pago a que se refiere el artículo 5, aun cuando se cancelen mediante pagos parciales menores a dichos montos.

También se utilizan los Medios de Pago cuando se entregue o devuelva montos de dinero por concepto de mutuos de dinero, sea cual fuera el monto del referido contrato.

El pago de sumas de dinero de las siguientes operaciones, por importes iguales o superiores a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), inclusive cuando se realice parcialmente, solo puede ser efectuado utilizando los Medios de Pago previstos en esta ley:
a) La constitución o transferencia de derechos reales sobre bienes inmuebles;
b) la transferencia de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres; y,
c) la adquisición, aumento y reducción de participación en el capital social de una persona jurídica

“𝗔𝗿𝘁𝗶́𝗰𝘂𝗹𝗼 𝟰.- 𝗠𝗼𝗻𝘁𝗼 𝗮 𝗽𝗮𝗿𝘁𝗶𝗿 𝗱𝗲𝗹 𝗰𝘂𝗮𝗹 𝘀𝗲 𝘂𝘁𝗶𝗹𝗶𝘇𝗮𝗿𝗮́ 𝗠𝗲𝗱𝗶𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗣𝗮𝗴𝗼
El monto a partir del cual se deberá utilizar Medios de Pago es de dos mil soles (S/ 2 000) o quinientos dólares americanos (US$ 500).(…).”

“𝗔𝗿𝘁𝗶́𝗰𝘂𝗹𝗼 𝟱-𝗔.- 𝗨𝘀𝗼 𝗱𝗲 𝗠𝗲𝗱𝗶𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗣𝗮𝗴𝗼
El uso de Medios de Pago establecido en esta Ley se tiene por cumplido solo si el pago se efectúa directamente al acreedor, proveedor del bien y/o prestador del servicio, o cuando dicho pago se realice a un tercero designado por aquel, siempre que tal designación se comunique a la SUNAT con anterioridad al pago, en la forma y condiciones que esta señale mediante resolución de superintendencia.”

𝗗𝗜𝗦𝗣𝗢𝗦𝗜𝗖𝗜𝗢𝗡𝗘𝗦 𝗖𝗢𝗠𝗣𝗟𝗘𝗠𝗘𝗡𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗦 𝗙𝗜𝗡𝗔𝗟𝗘𝗦

𝗣𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿𝗮. 𝗩𝗶𝗴𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮
La presente ley entra en vigencia a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación, salvo lo previsto en la segunda y tercera disposiciones complementarias finales de esta ley que entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la norma que reglamente el artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1499 y del 1 de enero de 2023, respectivamente.

𝗦𝗲𝗴𝘂𝗻𝗱𝗮. 𝗥𝗲𝗺𝘂𝗻𝗲𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝘆 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝘀𝗼𝗰𝗶𝗮𝗹𝗲𝘀
El monto a partir del cual se debe utilizar Medios de Pago previsto en el artículo 4 de la Ley no es de aplicación cuando exista la obligación de realizar el pago de remuneraciones y beneficios sociales a través de las entidades del Sistema Financiero a que se refiere el artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1499, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo y sus normas reglamentarias.

𝗧𝗲𝗿𝗰𝗲𝗿𝗮. 𝗨𝘀𝗼 𝗱𝗲 𝗺𝗲𝗱𝗶𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗮 𝘁𝗿𝗮𝘃𝗲́𝘀 𝗱𝗲 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮𝘀 𝗯𝗮𝗻𝗰𝗮𝗿𝗶𝗮𝘀 𝗼 𝗳𝗶𝗻𝗮𝗻𝗰𝗶𝗲𝗿𝗮𝘀 𝗻𝗼 𝗱𝗼𝗺𝗶𝗰𝗶𝗹𝗶𝗮𝗱𝗮𝘀
En ningún caso se considera cumplida la obligación de utilizar Medios de Pago a que se refiere la Ley, cuando los pagos se canalicen a través de empresas bancarias o financieras que sean residentes de países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición o establecimientos permanentes situados o establecidos en tales países o territorios.
Para tal efecto, se considera que son países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición los señalados en el Anexo 1 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, que no tengan
vigente con el Perú un Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria o Convenio para Evitar la Doble Imposición que incluya una cláusula de intercambio de información, de acuerdo a lo que se señale mediante decreto supremo.

Dirección

Avenida Universitaria MZ. A Lt. 6-Jesus Nazareno
Ayacucho
066

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 18:00
Martes 09:00 - 18:00
Miércoles 09:00 - 18:00
Jueves 09:00 - 18:00
Viernes 09:00 - 18:00
Sábado 09:00 - 13:00

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