07/01/2026
A inicios de noviembre pasado, el Congreso, violando el principio de no retroactividad de las leyes, así como tratados comerciales internacionales, decidió que México sea el único país del mundo que no permita a las aseguradoras acreditar el IVA que pagan a sus proveedores (hospitales, farmacéuticas, talleres de mecánica, laminación y pintura, refaccionarías, etc.).
La inexistencia de medios de defensa y los nuevos miembros de la SCJN impidieron frenar este atropello.
Dado que, por ley, las aseguradoras no pueden tener pérdidas que pongan en riesgo la solvencia de sus contratos, esta medida fiscal traerá como consecuencia un incremento extraordinario en los seguros de gastos médicos y de daños (autos, casas, negocios, etc.).
Como esto aplicará al ejercicio fiscal 2025, apenas concluido, las compañías aseguradoras todavía no han terminado de cuantificar el impacto, por lo que anunciarán sus incrementos en los próximos días (del 16/01 al 16/04). Por ello, aún no podemos saber o estimar cuánto repercutirá en nuestros asegurados.
De hecho, este desfase hará que, dependiendo de la compañía, el ramo y el plan, haya asegurados en los que el incremento se refleje hasta abril de 2027, y no en este año que apenas inicia.
Quince días antes de la fecha de renovación, es decir, 45 días antes de la fecha límite de pago, podremos contar con la información específica.
Nuestro compromiso ante esto es que la asesoría que brindemos cumpla el objetivo de ofrecer la mejor relación entre cobertura, prima y servicio.