Confya_Asesoria

Confya_Asesoria Asesoría Administrativa, Operativa y Capacitación para Gobiernos Municipales o Sector Empresarial.

En 2026, documentar no solo será una buena práctica, será un mecanismo de supervivencia, para el contribuyente.Cuando la...
02/12/2025

En 2026, documentar no solo será una buena práctica, será un mecanismo de supervivencia, para el contribuyente.

Cuando la autoridad fiscal cuestiona la materialidad de las operaciones realizadas por el contribuyente, en el fondo está buscando descartar una Simulación de Actos.

Si no puedes probar que el servicio se prestó, que hubo entregables y que hubo una razón de negocios, la autoridad asume que el acto fue simulado para erosionar la base gravable, que repercute en el incremento del importe a pagar.

La carga de la prueba ya no es de la autoridad, corresponde al contribuyente, demostrar la legitimidad de sus operaciones.

Se debe demostrar la realización de las operaciones que indican en la factura y que estos actos de comercio realmente ocurrieron.

Una recomendación sería mediante fotos de la entrega o recepción de los productos con fecha y de preferencia acompañada del repartidor de la empresa debidamente uniformado, CFDI y estado de cuenta bancaria donde aparezcan los datos del proveedor (cuenta, clave o datos para el seguimiento de la transferencia)

Eso si, la autoridad no puede exigir pruebas desmedidas o ajenas a la naturaleza del servicio; incluso indicios y pruebas indirectas, valorados en conjunto, pueden ser suficientes para demostrar la materialidad de una operación. Ver Tesis aislada de la SCJN (Registro 2027497, I.18o.A.10 A, 11a. Época).

Sistematización de Tesis y Ejecutorias Publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de 1917 a la fecha. · Sistema de Precedentes en Controversias

📌 La Suprema Corte resolvió un tema clave sobre devoluciones de saldo a favor.La Segunda Sala determinó que, cuando el S...
18/11/2025

📌 La Suprema Corte resolvió un tema clave sobre devoluciones de saldo a favor.

La Segunda Sala determinó que, cuando el SAT niega una devolución por cuestiones formales y el contribuyente no impugna esa resolución, no es posible presentar una nueva solicitud corrigiendo los errores o aportando documentos adicionales.

Conforme al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, la única vía para revertir esa negativa es mediante recurso administrativo o juicio contencioso. Si el contribuyente deja firmar la resolución, ya no puede volver a intentar la devolución, pues la autoridad emitió un pronunciamiento definitivo.

La Corte aclaró que permitir solicitudes repetidas afectaría la seguridad jurídica y convertiría el procedimiento en un mecanismo de “correcciones sucesivas” sin límite.

https://sjfsemanal.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2030763

Aquí recae la importancia de preparar los papeles de trabajo y los soportes documentales correspondientes.

Confyasesoria
DC&Asociados
LCYF Daniel Dzul Caamal.

Sistema de consulta de Tesis, Precedentes (Sentencias) y otros documentos publicados semanalmente del Semanario Judicial de la Federación.

El SAT informa que intensificó su campaña de información y orientación dirigida a sujetos obligados que realizan Activid...
29/10/2025

El SAT informa que intensificó su campaña de información y orientación dirigida a sujetos obligados que realizan Actividades Vulnerables.

De esta manera, la autoridad fiscal continúa fortaleciendo las acciones de combate y prevención del lavado de dinero, además de cumplir con los estándares internacionales establecidos en el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Revisa la lista de actividades consideradas vulnerables, podrías tener nuevas obligaciones en relación a reportar actividades con clientes, proveedores o ingresos.

LCYF. Daniel Dzul Caamal
DC&Asociados.

Es importante observar en este proyecto, la consideración de su propósito principal;Disminuir gradualmente el uso del ef...
29/10/2025

Es importante observar en este proyecto, la consideración de su propósito principal;

Disminuir gradualmente el uso del efectivo para que con los medios electrónicos de pago se pueda fiscalizar de forma más eficiente, determinando en menor tiempo las discrepancias fiscales, es decir, revisar que los ingresos obtenidos y reportados sean congruentes con los gastos realizados en uno o mas periodos de tiempo.

Estamos en rumbo hacia la fiscalización profunda, continúa y de amplia aplicación en la sociedad en general.

Daniel Dzul Caamal
Lic. en Contabilidad y Finanzas.
DC&Asociados.

PRODECON confirmó que la falta de reglas del SAT no cancela tu derecho a compensar saldos a favor contra contribuciones ...
21/10/2025

PRODECON confirmó que la falta de reglas del SAT no cancela tu derecho a compensar saldos a favor contra contribuciones omitidas durante una revisión (Articulo 23 CFF, párrafos 6–18).

La Ley define el procedimiento, en caso de que no exista formato oficial, aplica el art. 18, cuarto párrafo del CFF: la promoción es válida si cumple los requisitos generales.

Claves para empresas y despachos:

• Seguridad jurídica: la ausencia de reglas administrativas no puede coartar derechos reconocidos por la Ley.

• Autocorrección inteligente: compensar a tiempo reduce créditos, recargos y multas.

• Estrategia documental: presenta saldo a favor declarado, papeles de trabajo y registre el nexo con lo observado en acta/oficio.

Contribuyente: utilize su derecho y documente bien; la autoridad debe analizar y resolver, no desechar por “falta de reglas”.

Estimad@ cliente:Debido a que La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en una jurisprudencia emitida en el Sema...
17/10/2025

Estimad@ cliente:

Debido a que La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en una jurisprudencia emitida en el Semanario Judicial de la Federación en Julio de 2025 resolvió lo siguiente:

«no es viable presentar una nueva solicitud de devolución de saldo a favor, cuando la autoridad fiscal negó total o parcialmente la primera por cuestiones formales, y esa determinación no fue impugnada»

Fundamento Legal:
https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2030763

Y de acuerdo al Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación que indica lo siguiente:

El contribuyente tiene un plazo máximo de veinte días, para cumplir con el envío de información y documentos probatorios del saldo a favor solicitado por el SAT en caso de rechazo; al vencimiento del plazo mencionado, se le tendrá por desistido de la solicitud de devolución correspondiente.

Estamos convencidos de que la autoridad, como sucedió en el año 2024, estara negando nuevamente los saldos a favor en 2025, esperando a que el contribuyente no impugne el rechazo y/o incumpla con el plazo establecido, por consiguiente, pierda el derecho sobre su saldo a favor y no disponga de otra oportunidad para solicitarlo.

Por lo anterior, le solicitamos estar atento a la solicitud de documentacion que le estaremos solicitando.

Agradeciendo su atención, quedamos a la espera de su información.

Sin más, quedó a sus distinguidas órdenes.

LCyF Daniel Dzul Caamal
DC Asociados.
WhatsApp 985 105 0029
[email protected]

Sistematización de Tesis y Ejecutorias Publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de 1917 a la fecha. · Sistema de Precedentes en Controversias

09/09/2025

¿Quién dijo que ser asesor contable es solo presentar declaraciones?

Hoy en día, los clientes esperan orientación estratégica para navegar el SAT con éxito.

Se requieren:

• Herramientas prácticas para brindar asesoría especializada.
• Contar con actualización de alto nivel.

Y claro,

¡Atención personalizada!

Solicita tu asesoría y transforma tu situación fiscal ¿Estás listo?

En mi opinión:El crecimiento en acciones de vigilancia profunda por parte del SAT, se debe a la modernización tecnológic...
06/09/2025

En mi opinión:

El crecimiento en acciones de vigilancia profunda por parte del SAT, se debe a la modernización tecnológica y a la obligatoriedad de activar el buzón tributario; registrando un número de teléfono y correo electrónico.

De acuerdo a los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes que no habiliten el Buzón Tributario del SAT recibirán una multa que va de los $3,850.00 a los $11,540.00 pesos. Esta infracción también aplica si no mantienes tu información de contacto actualizada.

Los contribuyentes personas físicas que se inscriban en el RFC, reanuden actividades o actualicen sus actividades económicas y obligaciones en el RFC para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, tienen como fecha límite el 31 de diciembre de 2025, para activar su buzón tributario.

Esto explica por qué en 2012 había decenas de miles de actos, mientras que en 2024–2025 se cuentan por decenas de millones.

Has recibido la invitación del SAT México.

24/07/2025

Si eres Persona física y ante la vigilancia profunda emprendida por el SAT, te recomendamos lo siguiente:

Para evitar problemas respecto a tus movimientos bancarios, utiliza 2 cuentas:

a) Laboral o empresarial: Depósitos únicamente de operaciones correspondientes a tu actividad económica.

b) Personal: Para operaciones exclusivas y cotidianas. Importante que en esta cuenta, únicamente ingresen recursos de transferencias de la cuenta a) o depósitos familiares esporádicos; de preferencia que se pueda identificar su procedencia.

Para todo lo demás, usa de preferencia efectivo.

Falso que la Constancia de Situación Fiscal sera eliminada, tengan cuidado con la información que se difunde en redes so...
23/07/2025

Falso que la Constancia de Situación Fiscal sera eliminada, tengan cuidado con la información que se difunde en redes sociales, se recomienda confirmar con las instancias o asesor de Confya_Asesoria.

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