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RESICO: la SCJN cerró la puerta a una mala práctica comúnLa Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que la regla...
30/04/2026

RESICO: la SCJN cerró la puerta a una mala práctica común

La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que la regla 3.13.33 es válida.

¿El impacto real?

Si excedes el límite de ingresos en RESICO:
Sales del régimen desde el mes siguiente, no hasta el siguiente año.

Muchos siguen operando mal:
Creen que pueden quedarse en RESICO todo el ejercicio…
Hoy eso ya es insostenible jurídicamente.

No es una nueva obligación:
Es la consecuencia directa del artículo 113-E de la LISR.

Fuente:
https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2032043

Si no estás revisando esto, ya estás en riesgo.

Escríbeme y lo analizamos antes de que lo haga el SAT.

Defender la justicia fiscal también es un acto de fe y vocación.

Sistematización de Tesis y Ejecutorias Publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de 1917 a la fecha. · Sistema de Precedentes en Controversias

21/04/2026

A sus órdenes

*Contabilidad Actividad Empresarial

*Contabilidad RESICO

*Contabilidad Plataformas

*Contabilidad Honorarios

*Contabilidad régimen de Arrendamiento

*Facturación

*Citas

*Declaraciónes

*Anuales

*Devoluciones

*Inscripción

*Tramite de Sellos

*Cambio de domicilio

Entre otros más

Puedes mandarme mensajito por privado o a mi WhatsApp 961 232 5921

01/04/2026

Declaración Anual: ¿Trámite de terror o salud financiera? te explico cómo.

Llegó abril, y con él, la cita que todo México tiene con el SAT. Para muchos, la Declaración Anual suena a dolor de cabeza, pero para quienes dominan la técnica, es el momento de poner orden y, por qué no, de recuperar lo que es suyo.

Hoy, te comparto 3 puntos clave que todo estudiante de contabilidad (y todo ciudadano) debe dominar:

1. ¿Por qué es vital cumplir?
No es solo por "ser buenos ciudadanos". Es para evitar que el algoritmo del SAT detecte discrepancia fiscal (gastar más de lo que declaras). Cumplir a tiempo te da una "constancia de situación fiscal" limpia, necesaria para cualquier contrato o crédito.

2. ¿Qué pasa si no lo haces?
El costo de la omisión es caro. Desde multas que pueden superar los $17,000 MXN por obligación no presentada, hasta el bloqueo de tus sellos digitales (si facturas). En el peor de los casos, una auditoría que te quite el sueño.

3. ¿Qué debes tener a la mano hoy mismo? Te R encomiendo no esperar al 30 de abril. Ten listo:

Tu e.firma (fiel) vigente o tu contraseña.

Tus CFDI de deducciones personales (honorarios médicos, colegiaturas, intereses de créditos hipotecarios). ¡Estos son tus aliados para el saldo a favor!

Tu estado de cuenta con la CLABE interbancaria correcta.

La Contabilidad no es solo llenar celdas en Excel...
Es entender las reglas del juego financiero para proteger tu patrimonio. En La Escuelita, las clases de contabilidad con Bernardo no son solo números; son estrategias reales, casos prácticos y visión profesional para que dejes de tenerle miedo al SAT y empieces a dominarlo.

¿Quieres aprender contabilidad de la mano de expertos que viven la profesión? ¡Ven con nosotros! No importa qué tan complejo sea el escenario fiscal, juntos hallamos la respuesta... y el saldo a favor.

27/02/2026

DEVOLUCION 2026

Puedes solicitar tu saldo a favor 2020,2021,2022,2023 y 2024.

Te solvento RECHAZOS y REQUERIMIENTOS.

Realizo queja a PRODECON si ya pasaron más de 40 días de tu devolución.

Llevo tu contabilidad general.
C.P. y Mtro. Bernardo Rincón Rovelo

Celular 961 44 735 39
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10/02/2026

CFDI CON PÚBLICO EN GENERAL: LO QUE SÍ PERMITE Y LO QUE YA NO TOLERA EL SAT

Durante años, el CFDI con público en general se utilizó como una figura “flexible”.
En 2026 esa lógica cambia.

Qué cambió en 2026?

Ya no basta con emitir un CFDI global.
El SAT deja claro que la facilidad solo aplica si existe control electrónico diario real, no solo el comprobante.

Ahora se exige contar con:

✔️ Sistemas electrónicos de registro contable
✔️ Dispositivos que acumulen el valor diario de las operaciones
✔️ Identificación diaria de impuestos trasladados
✔️ Emisión de comprobantes válidos
✔️ Registro contable automático al cierre del día
✔️ Reporte global diario
✔️ Acceso de la autoridad a la información

El CFDI global deja de ser una presunción y se convierte en un resultado auditable.

Qué NO cambia (pero hoy se vigila más)?

✔️ No se expide CFDI individual cuando:

El cliente no lo solicita
El importe es menor a $100 MXN

✔️ Estas operaciones pueden integrarse en CFDI global, pero:

Separando IVA e IEPS
Acumulando ingresos conforme a devengado o flujo de efectivo

📌 Restricciones
❌ No aplica para contribuyentes de la regla 2.6.1.2
❌ Estaciones de servicio con monederos electrónicos siguen reglas especiales

Plazo clave
El CFDI debe emitirse dentro de las 24 horas siguientes al cierre de operaciones.

Por qué el SAT hace esto?
• Eliminar CFDI globales sin respaldo real
• Evitar subdeclaración en ventas al público
• Cruzar ingresos vs IVA trasladado
• Forzar trazabilidad diaria
• Convertir el CFDI global en un mecanismo de control

2026
El CFDI con público en general sigue existiendo,
pero sin sistemas y control diario, se vuelve un riesgo fiscal.

Tu negocio solo emite CFDI global o sí cuenta con sistemas que respalden cada venta del día?

Si estos análisis te sirven, dale like

¿Haces o te involucras en tandas?El SAT lo sabe y debes protegerteJugar tandas no es un pecado, pero si puede parecer un...
27/01/2026

¿Haces o te involucras en tandas?
El SAT lo sabe y debes protegerte
Jugar tandas no es un pecado, pero si puede parecer uno, la mejor medicina es la prevención y lo puedes hacer de la siguiente forma,
1- Lo deposites más de 15mil pesos en efectivo a tu cuenta
Las instituciones financieras están obligadas a reportar al SAT los depósitos en EFECTIVO mayores a 15mil pesos por mes, y lo hacen cada 17 del siguiente mes. (LISR. Art. 55)
2- Los dos enemigos cuando se está informal: SAT y Banco
SAT: puede decir “estos depósitos son ingreso” si usted no prueba lo contrario. (LISR Art. 91)
Banco: Puede marcar movimientos como “inusuales” y activar revisiones o hasta congelar cuentas.
3- haz un contrato de tanda
Aunque sea sencillo, debe decir quiénes son, cuánto aportan, cuándo pagan, quién recibe primero y qué pasa si alguien falla.
Sin contrato, el día que haya bronca, para efectos prácticos “no existe” (Código Civil Federal Art. 1792 y 1832).
4- Regla de oro: una cuenta EXCLUSIVA para la tanda
No mezcle su dinero personal con el dinero de la tanda.
Porque así:
• Identifica quién pagó y quién falta
• Justifica que entra dinero de terceros
• Evita alertas bancarias por “mezcla rara” de movimientos
5- ¿Efectivo o transferencia?
• Transferencia = blindaje.
• Efectivo = riesgo.
¿Por qué? Porque la transferencia deja rastro, fecha, referencia y evidencia automática.
6- entrega el dinero con recibo firmado
El screenshot no es prueba fuerte, el recibo firmado sí cierra el ciclo y demuestra que el dinero se entregó correctamente. (CCF. Art. 1832, CFF Art. 28)
7- ¿Ganaste por organizar la tanda? Entonces es ingreso.
Si cobraste comisión o “te quedaste con algo”, ya no es tanda: es ganancia.
✅ Genera CFDI y declara ese ingreso.
Las tandas no son ilegales… lo peligroso es manejarlas sin orden.
Porque en lo fiscal, no basta con decir “no es ingreso”: hay que poder demostrarlo.
La prevención no es exageración, es inteligencia:
contrato, cuenta exclusiva, transferencias y recibos, eso es lo que convierte una tanda en ahorro… y no en un problema con el SAT o con el banco.

22/01/2026



El SAT le recuerda a las y los contribuyentes que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para emitir facturas electrónicas (CFDI).

De igual forma, los empleadores no deben solicitar la CSF a las personas trabajadoras para el timbrado de nómina.

Para emitir una factura únicamente se requieren los siguientes datos fiscales:
✅ RFC
👨🏻 Nombre o razón social
📍 Código postal
💼 Régimen fiscal

07/01/2026

La Secretaría de Economía informa que, a partir de 2026, el trámite de inscripción en el RFC y e.firma para Sociedades por Acciones Simplificadas se realizará conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

🔗 Consulta aquí:

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05/01/2026

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