10/12/2021
Si eres persona física, en tu Declaración Anual tienes derecho a presentar las siguientes deducciones personales. Y podrías obtener un saldo a favor.
*SALUD*
• Honorarios médicos, dentales, enfermeras y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
• Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
• Análisis, estudios clínicos.
• Prótesis y compra o alquiler de aparatos para rehabilitación del paciente.
• Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
• Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
*EDUCACIÓN*
• Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente
• Transporte escolar, sólo si es obligatorio.
*OTROS*
• Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, (este gasto podrás realizarlo con cualquier medio de pago).
• Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación.
• Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
• Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro, cómo AFORE o Planes Personales para el Retiro (PPR)
El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%
⚠️ El pago de estos gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo excepto en el caso de gastos funerarios.
⚠️⚠️Para hacer efectivas estás deducciones, requieres contar con el comprobante de pago correspondiente (factura).
⚠️⚠️⚠️ Infórmate sobre los gastos y montos que puedes deducir en tu declaración anual. Consulta las disposiciones fiscales aplicables al régimen que te corresponda, donde podrás checar específicamente los ordenamientos jurídicos de tu actividad.
⚠️⚠️⚠️⚠️ Recuerda que tu declaración anual la deberás presentar durante el mes de abril del año 2022, así que en este mes puedes realizar compras o inversiones que te ayuden a deducir.
Fuente: SAT
https://www.sat.gob.mx/consulta/23972/conoce-las-deducciones-personales