30/10/2014
Para los clientes y amigos que tienen dudas y me preguntan sobre las "ventas atadas" de seguros...
A partir del 10 de Abril de este año con la Reforma Financiera quedan prohibidas las ventas atadas en la contratación de algún producto o servicio financiero, practicas como las siguientes:
Créditos al consumo. En el caso de los Créditos de Nómina, se prohíbe la condicionante de contratar un seguro determinado de vida y/o de desempleo para solicitar este tipo de créditos con determinada aseguradora, es decir, el cliente podrá presentar el que más le convenga.
Crédito automotriz. Ya no se podrá obligar al cliente a contratar el seguro de vida con incapacidad total y permanente, así como el aseguramiento del vehículo con el mismo grupo financiero o la aseguradora que tiene convenio con la institución otorgante del crédito. Es decir, el cliente podrá hacerlo con la institución que más le convenga.
Créditos garantizados a la vivienda. Al adquirir una vivienda, ya no te podrán obligar a contratar una cuenta de cheques para realizar los depósitos de los pagos, la contratación de seguros de vida con incapacidad total o permanente, así como seguros de daños sólo con la aseguradora perteneciente al grupo financiero. Es decir, el cliente podrá hacerlo con la institución que más le convenga.
Con esto, nosotros los Asesores en Seguros tenemos mayor apertura en el mercado, se estimula la competencia con mejores servicios y costos, y en muchos casos ofreciendo productos mucho mas útiles para nuestro cliente como para las empresas que otorgan el crédito.