17/03/2021
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El ahorro voluntario se debe entender como los depósitos adicionales que realiza el trabajador, el patrón, Entidad o Dependencia a la Cuenta Individual administrada por la 𝐀𝐅𝐎𝐑𝐄.
https://www.gob.mx/consar/acciones-y-programas/todo-sobre-el-ahorro-voluntario
𝐄𝐱𝐢𝐬𝐭𝐞𝐧 𝟒 𝐭𝐢𝐩𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐚𝐡𝐨𝐫𝐫𝐨 𝐯𝐨𝐥𝐮𝐧𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨 donde el trabajador puede participar dependiendo el Sistema de Pensiones seleccionado.
(Trabajadores IMSS, ISSSTE, Independientes y Estatal y Municipal) estas se dividen en 2 rubros:
• 𝗔𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝘃𝗼𝗹𝘂𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮𝘀, las realiza el trabajador o su patrón de forma voluntaria en cualquier medio autorizado, con el objetivo de ahorrar a corto, mediano o largo plazo.
• 𝗔𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝘃𝗼𝗹𝘂𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗽𝗲𝗰𝘁𝗶𝘃𝗮 𝗱𝗲 𝗶𝗻𝘃𝗲𝗿𝘀𝗶ó𝗻 𝗮 𝗹𝗮𝗿𝗴𝗼 𝗽𝗹𝗮𝘇𝗼, son aquellas que cuentan con beneficio fiscal (deducibles de impuestos).
(Trabajadores IMSS, ISSSTE, Estatal y Municipal), son aquellas que puede realizar el trabajador o su patrón de forma voluntaria, con la finalidad de complementar el pago de la pensión.
(Trabajadores ISSSTE e Independientes), este tipo de aportaciones solo las pueden realizar los trabajadores ISSSTE que eligieron el Sistema de Capitalización Individual (AFORE), o bien, los trabajadores Independientes. El horizonte de inversión es por lo menos de 5 años.
(Trabajadores ISSSTE), únicamente lo pueden realizar los trabajadores que cotizan al ISSSTE y estén sujetos al Sistema de Capitalización Individual (AFORE).
Puedes realizar aportaciones a través de ventanilla, transferencia electrónica, descuento por nómina, empresas auxiliares, por domiciliación, aplicación móvil y otros que defina la AFORE.
RETIRO DEL AHORRO VOLUNTARIO
https://cutt.ly/ZlJQPYq
Dependiendo del tipo de aportación y la SIEFORE en que se están invirtiendo los recursos se podrán disponer de la siguiente forma:
Aportaciones Voluntarias a Corto Plazo (no deducibles)
• , se puede retirar parcial o totalmente (incluyendo rendimientos) cada 2 meses, contados a partir del primer depósito, o del último retiro.
• , se pueden retirar parcial o totalmente (incluyendo rendimientos) cada 6 meses, contados a partir del primer depósito, o del último retiro.
Al solicitar el retiro de las aportaciones voluntarias, la AFORE deberá entregarlos dentro de los siguientes 5 días hábiles.
𝗔𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗩𝗼𝗹𝘂𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗣𝗲𝗿𝘀𝗽𝗲𝗰𝘁𝗶𝘃𝗮 𝗱𝗲 𝗜𝗻𝘃𝗲𝗿𝘀𝗶ó𝗻 𝗮 𝗟𝗮𝗿𝗴𝗼 𝗣𝗹𝗮𝘇𝗼 (𝘀𝗶 𝗱𝗲𝗱𝘂𝗰𝗶𝗯𝗹𝗲𝘀).
Se pueden disponer de los recursos cuando se otorgue el derecho a una pensión o Negativa de Pensión, o al cumplir 65 años de edad. Estas aportaciones pueden retirarse de la Cuenta Individual antes de cumplir el plazo de permanencia, sin embargo, la AFORE aplicará el 20% de impuestos sobre el total de los recursos retirados.
𝗔𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗖𝗼𝗺𝗽𝗹𝗲𝗺𝗲𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗲𝗹 𝗿𝗲𝘁𝗶𝗿𝗼.
Solo podrán retirarse cuando el trabajador tenga derecho a disponer de las aportaciones obligatorias. Con estas aportaciones, el trabajador puede complementar el pago de su pensión, o bien, recibirlas en una sola exhibición.
𝗔𝗵𝗼𝗿𝗿𝗼 𝗮 𝗟𝗮𝗿𝗴𝗼 𝗣𝗹𝗮𝘇𝗼
El trabajador que haya hecho deducible de impuestos la aportación, podrá disponer de los recursos una vez transcurridos 5 años a partir del momento en que se haya realizado el depósito, con una retención de impuestos que será la menor entre la tasa impositiva del año que se hace el retiro y la misma tasa del año que se hizo el depósito. En caso de no ser deducible el trabajador podrá disponer del recurso de acuerdo al Prospecto de Información.
𝗔𝗵𝗼𝗿𝗿𝗼 𝗦𝗼𝗹𝗶𝗱𝗮𝗿𝗶𝗼
Está destinado a incrementar los recursos para la pensión y podrá disponerse de él, cumplidos los requisitos para el disfrute de una pensión, o bien, para recibirlos en una sola exhibición, en caso de Negativa de Pensión o tener un excedente de recursos.
En caso de fallecimiento del trabajador, los beneficiarios que el trabajador haya designado para tal efecto tendrán derecho a disponer de los recursos de sus aportaciones de Ahorro Voluntario de la Cuenta Individual.
Las aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias para el retiro son inembargables hasta 7,400 UMA ($663,188) y se pueden deducir de impuestos hasta el 10% del ingreso acumulable sin que exceda el equivalente al valor de 5 veces el valor de la UMA $89.62 elevados al año ($653,864), así mismo el Ahorro voluntario dependiendo el Sistema de Pensiones seleccionado tendrás la opción de ocuparlo para incrementar tu pensión, dejarlo en tu Cuenta Individual si es tu elección o retirarlo.