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13/08/2023

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14/03/2022

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31/03/2021

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22/03/2021

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17/03/2021

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El ahorro voluntario se debe entender como los depósitos adicionales que realiza el trabajador, el patrón, Entidad o Dependencia a la Cuenta Individual administrada por la 𝐀𝐅𝐎𝐑𝐄.

https://www.gob.mx/consar/acciones-y-programas/todo-sobre-el-ahorro-voluntario

𝐄𝐱𝐢𝐬𝐭𝐞𝐧 𝟒 𝐭𝐢𝐩𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐚𝐡𝐨𝐫𝐫𝐨 𝐯𝐨𝐥𝐮𝐧𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨 donde el trabajador puede participar dependiendo el Sistema de Pensiones seleccionado.

(Trabajadores IMSS, ISSSTE, Independientes y Estatal y Municipal) estas se dividen en 2 rubros:

• 𝗔𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝘃𝗼𝗹𝘂𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮𝘀, las realiza el trabajador o su patrón de forma voluntaria en cualquier medio autorizado, con el objetivo de ahorrar a corto, mediano o largo plazo.
• 𝗔𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝘃𝗼𝗹𝘂𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗽𝗲𝗰𝘁𝗶𝘃𝗮 𝗱𝗲 𝗶𝗻𝘃𝗲𝗿𝘀𝗶ó𝗻 𝗮 𝗹𝗮𝗿𝗴𝗼 𝗽𝗹𝗮𝘇𝗼, son aquellas que cuentan con beneficio fiscal (deducibles de impuestos).

(Trabajadores IMSS, ISSSTE, Estatal y Municipal), son aquellas que puede realizar el trabajador o su patrón de forma voluntaria, con la finalidad de complementar el pago de la pensión.

(Trabajadores ISSSTE e Independientes), este tipo de aportaciones solo las pueden realizar los trabajadores ISSSTE que eligieron el Sistema de Capitalización Individual (AFORE), o bien, los trabajadores Independientes. El horizonte de inversión es por lo menos de 5 años.

(Trabajadores ISSSTE), únicamente lo pueden realizar los trabajadores que cotizan al ISSSTE y estén sujetos al Sistema de Capitalización Individual (AFORE).
Puedes realizar aportaciones a través de ventanilla, transferencia electrónica, descuento por nómina, empresas auxiliares, por domiciliación, aplicación móvil y otros que defina la AFORE.

RETIRO DEL AHORRO VOLUNTARIO

https://cutt.ly/ZlJQPYq

Dependiendo del tipo de aportación y la SIEFORE en que se están invirtiendo los recursos se podrán disponer de la siguiente forma:

Aportaciones Voluntarias a Corto Plazo (no deducibles)

• , se puede retirar parcial o totalmente (incluyendo rendimientos) cada 2 meses, contados a partir del primer depósito, o del último retiro.

• , se pueden retirar parcial o totalmente (incluyendo rendimientos) cada 6 meses, contados a partir del primer depósito, o del último retiro.

Al solicitar el retiro de las aportaciones voluntarias, la AFORE deberá entregarlos dentro de los siguientes 5 días hábiles.

𝗔𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗩𝗼𝗹𝘂𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗣𝗲𝗿𝘀𝗽𝗲𝗰𝘁𝗶𝘃𝗮 𝗱𝗲 𝗜𝗻𝘃𝗲𝗿𝘀𝗶ó𝗻 𝗮 𝗟𝗮𝗿𝗴𝗼 𝗣𝗹𝗮𝘇𝗼 (𝘀𝗶 𝗱𝗲𝗱𝘂𝗰𝗶𝗯𝗹𝗲𝘀).
Se pueden disponer de los recursos cuando se otorgue el derecho a una pensión o Negativa de Pensión, o al cumplir 65 años de edad. Estas aportaciones pueden retirarse de la Cuenta Individual antes de cumplir el plazo de permanencia, sin embargo, la AFORE aplicará el 20% de impuestos sobre el total de los recursos retirados.

𝗔𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗖𝗼𝗺𝗽𝗹𝗲𝗺𝗲𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗲𝗹 𝗿𝗲𝘁𝗶𝗿𝗼.
Solo podrán retirarse cuando el trabajador tenga derecho a disponer de las aportaciones obligatorias. Con estas aportaciones, el trabajador puede complementar el pago de su pensión, o bien, recibirlas en una sola exhibición.

𝗔𝗵𝗼𝗿𝗿𝗼 𝗮 𝗟𝗮𝗿𝗴𝗼 𝗣𝗹𝗮𝘇𝗼
El trabajador que haya hecho deducible de impuestos la aportación, podrá disponer de los recursos una vez transcurridos 5 años a partir del momento en que se haya realizado el depósito, con una retención de impuestos que será la menor entre la tasa impositiva del año que se hace el retiro y la misma tasa del año que se hizo el depósito. En caso de no ser deducible el trabajador podrá disponer del recurso de acuerdo al Prospecto de Información.

𝗔𝗵𝗼𝗿𝗿𝗼 𝗦𝗼𝗹𝗶𝗱𝗮𝗿𝗶𝗼
Está destinado a incrementar los recursos para la pensión y podrá disponerse de él, cumplidos los requisitos para el disfrute de una pensión, o bien, para recibirlos en una sola exhibición, en caso de Negativa de Pensión o tener un excedente de recursos.

En caso de fallecimiento del trabajador, los beneficiarios que el trabajador haya designado para tal efecto tendrán derecho a disponer de los recursos de sus aportaciones de Ahorro Voluntario de la Cuenta Individual.

Las aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias para el retiro son inembargables hasta 7,400 UMA ($663,188) y se pueden deducir de impuestos hasta el 10% del ingreso acumulable sin que exceda el equivalente al valor de 5 veces el valor de la UMA $89.62 elevados al año ($653,864), así mismo el Ahorro voluntario dependiendo el Sistema de Pensiones seleccionado tendrás la opción de ocuparlo para incrementar tu pensión, dejarlo en tu Cuenta Individual si es tu elección o retirarlo.

16/03/2021

𝗧𝗲 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗮𝗿𝘁𝗼 𝟭𝟬 𝗽𝘂𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗮 𝗱𝗲𝘀𝘁𝗮𝗰𝗮𝗿 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝘂𝗻𝗮 𝗺𝗲𝗷𝗼𝗿 𝗲𝗹𝗲𝗰𝗰𝗶ó𝗻 𝗱𝗲 𝗔𝗙𝗢𝗥𝗘. 💲💰😃

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1. Existen las radiografías financieras de las AFORES donde podrás consultar los detalles del fondo, inversiones, desempeño y medidas de sensibilidad del riesgo en la que invierten las AFORES a través de las SIEFORE generacionales, existen 10 AFORES con sus respectivas 10 SIEFORES generacionales.

http://www.consar.gob.mx/gobmx/Aplicativo/Factsheets/

2. Todas las SIEFORE generacionales cuentan con su respectivo Prospectos de información y Folletos explicativos autorizados por CONSAR donde viene el detalle en qué se invertirán los recursos de tu cuenta individual.
http://www.consar.gob.mx/gobmx/Aplicativo/sif/

3. Dentro de tu AFORE puedes transferir tu ahorro de una sociedad de inversión (SIEFORE) a otra una vez cada 3 años, sin importar el año de nacimiento, o bien, elegir que tus recursos permanezcan en la SIEFORE que te encuentras actualmente.

Por ejemplo, puedes decidir que tus recursos estén invertidos en la Básica 85-89, a pesar de que por edad te correspondiera la Básica 75-79 y viceversa.
https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar/public/sieforeInicio.do

4. Te puedes cambiar de AFORE una vez al año y en una segunda ocasión en ese mismo año, solo si te cambias a una AFORE con mayor índice de rendimiento neto (IRN).

https://www.gob.mx/consar/articulos/como-me-cambio-de-afore

5. El índice de rendimiento neto (IRN) es el índice de desempeño que viene en tu estado de cuenta cuatrimestral y el cual en la mayoría de las veces es el único dato que consideramos para elegir AFORE, este se calcula utilizando el promedio móvil de los últimos 6 meses a fin de tener un rendimiento más estable que permita disminuir el impacto de la volatilidad y también incluye la deducción de las comisiones aplicables, cabe aclarar que este IRN es muy distinto al rendimiento real de la AFORE el cual pongo ejemplo de su cálculo.

https://www.gob.mx/.../arti.../indicador-de-rendimiento-neto

Saldo anterior ($241,288.86) + Aportaciones ($3,215.88) esto es igual a $244,504.74, después divides los rendimientos ($36,541.37) entre ($244,504.74) esto es igual a 0.149450559 esta cantidad la multiplicas por cien y el resultado es 14.9450559 obteniendo el rendimiento real de tu SIEFORE generacional en la que te encuentras actualmente.

6. El año pasado la CONSAR autorizo a las AFORE enviar un estado de cuenta ANUAL (ocupe de ejemplo en el párrafo anterior) esto con el fin de ocultar las minusvalías que tuvieron las AFORE en su último cuatrimestre así que en vez de enviarte un estado de cuenta de solo el último cuatrimestre nos enviaron lo de todo el año.

Aquí cabe hacer una observación solo la AFORE de Inbursa no tuvo minusvalías esto debido a su estrategia de inversión y también fue la mejor ranqueada por la CONDUSEF en cuanto a servicio.

7. Todas las AFORE te permiten disponer parcialmente de tus recursos por ayuda de Desempleo y por ayuda de Matrimonio.

Ayuda por desempleo https://cutt.ly/PlO958z

Modalidad A: 30 días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 Unidades de Medida de Actualización.

Modalidad B: Lo que resulte menor entre 90 días del Salario Base de Cotización del Trabajador en las últimas 250 semanas o las que tuviere y el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).

Ayuda por matrimonio https://cutt.ly/AlO3Ouq

Esta ayuda es la prestación en dinero equivalente a 30 UMAS, proveniente de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a la Cuenta Individual, la cual se puede retirar cuando el trabajador contrae matrimonio civil.

La ayuda por desempleo te resta semanas de cotización las cuales podrás reponer regresando los recursos prestados a la AFORE esto lo puedes hacer por parcialidades y la ayuda por matrimonio solo te resta recursos de tu Cuenta Individual.

8. Existen 5 maneras de pensionarte a través de tu AFORE (Ley 97)

https://cutt.ly/rlPkf5e

: Esta la contratas con una aseguradora de tu elección (no todas las aseguradoras cuentan con este servicio) si cuentas con los recursos suficientes para la misma en tu Cuenta Individual así mismo contratas un seguro de sobrevivencia para tus beneficiarios en caso de fallecimiento del pensionado los beneficiarios continuaran recibiendo la renta vitalicia y demás prestaciones que hayas adquirido con la aseguradora.

: Esta la contratas si cuentas con los recursos suficientes en tu Cuenta Individual con la AFORE donde al momento de pensionarte se encuentren tus recursos, agotados los recursos se termina el pago de la pensión.

: Los trabajadores pueden pensionarse antes de cumplir las edades establecidas, siempre y cuando la pensión que se le calcule sea superior en más del 30% de la Pensión Mínima Garantizada

: Esta se da cuando cumples los requisitos de pensión mínimos que son 750 semanas de cotización reconocidas por el IMSS y tengas entre 60 y 65 años de edad, el otro requisito es que tus recursos que tienes en tu Cuenta Individual no sean suficientes para contratar una renta vitalicia o retiro programado, esta PMG es financiada con los recursos de la Cuenta Individual, cuya cantidad se actualiza anualmente conforme al INPC, agotados los recursos la pensión será pagada por el Gobierno Federal.

El monto a recibir por PMG es de entre $2,622 hasta $8,241 y este se calcula en base a tres factores tu último salario base de cotización el cual puede ser desde 1 SM a 5.0 UMAS o más, la edad de retiro la cual puede ser entre 60 y 65 años y las semanas de cotización reconocidas por el IMSS que pueden ser entre 750 y 1,250 en adelante.

: Se otorga al trabajador que no cumpla con las semanas cotizadas para obtener una pensión, el trabajador tendrá derecho a disponer de los recursos acumulados en el Seguro de RCV, así como el saldo de vivienda 97 de su Cuenta Individual.
Los recursos del SAR: Retiro y Vivienda 92-97 solo podrá retirarlos al cumplir los 65 años de edad.

9. Existe la aplicación AFORE móvil la cual ofrece varios servicios como lo son conectarte con tu AFORE, aperturar tu AFORE, aportaciones voluntarias en línea, consulta de saldos y movimientos, envío de estados de cuenta, calculadora de pensión, así como muchos otros servicios, en esta APP no participan Afore Coppel y Azteca.

https://www.gob.mx/aforemovil

10. Una de las páginas más importantes en el tema de AFORES es la de e-sar la cual ofrece un sinfín de servicios valiosos.

https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar/public/index.do

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¿Sabias que si eres trabajador bajo el amparo de la 𝐋𝐄𝐘 𝐈𝐌𝐒𝐒 𝟕𝟑 (cotizaste antes del 01 de Julio de 1997) podrías obtene...
14/03/2021

¿Sabias que si eres trabajador bajo el amparo de la 𝐋𝐄𝐘 𝐈𝐌𝐒𝐒 𝟕𝟑 (cotizaste antes del 01 de Julio de 1997) podrías obtener una pensión de hasta 𝟓𝟎 𝐦𝐢𝐥 𝐩𝐞𝐬𝐨𝐬 con Ley del IMSS? 💲💲💲💲💲

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14/03/2021

𝐂𝐨𝐧𝐨𝐜𝐞𝐬 𝐝𝐨𝐧𝐝𝐞 𝐬𝐞 𝐞𝐧𝐜𝐮𝐞𝐧𝐭𝐫𝐚 🕵️‍♀️ 𝐭𝐮 𝐀𝐅𝐎𝐑𝐄? 💲💰

Te asesoro de manera 𝐆𝐑𝐀𝐓𝐔𝐈𝐓𝐀 😀 para que conozcas el estatus de tu 𝐀𝐅𝐎𝐑𝐄 así como a realizar la actualización de tu 𝑬𝒙𝒑𝒆𝒅𝒊𝒆𝒏𝒕𝒆 𝒅𝒆 𝑰𝒅𝒆𝒏𝒕𝒊𝒇𝒊𝒄𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒅𝒆𝒍 𝑻𝒓𝒂𝒃𝒂𝒋𝒂𝒅𝒐𝒓 📑, el cual se requiere tener actualizado en caso de solicitar la ayuda por desempleo 😥 o matrimonio 👩‍❤️‍👨 así como recuperar el dinero de tu 𝐀𝐅𝐎𝐑𝐄 por parte de tus de tus beneficiarios en caso de fallecimiento ✝️.

💢𝗖𝗼𝗻𝘁á𝗰𝘁𝗮𝗺𝗲 𝘃í𝗮 𝗶𝗻𝗯𝗼𝘅 𝗼 𝗪𝗵𝗮𝘁𝘀𝗔𝗽𝗽 📱 𝟳𝟴𝟮 𝟭𝟬𝟱 𝟳𝟳𝟬𝟯 𝘆 𝗰𝗼𝗻 𝗴𝘂𝘀𝘁𝗼 👨‍💼 𝘁𝗲 𝗮𝘀𝗲𝘀𝗼𝗿𝗼💢

Dirección

Avenida Miguel Hidalgo 3205, Col. Guadalupe
Tampico
89120

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