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31/07/2018

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16/11/2017

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¿Sabías que tus CFDIs podrían ser no deducibles? Si éstos no cuentan con los complementos adecuados o si tu proveedor es...
21/09/2016

¿Sabías que tus CFDIs podrían ser no deducibles?

Si éstos no cuentan con los complementos adecuados o si tu proveedor está en la lista del SAT del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Ante tantos requisitos por parte de la autoridad fiscal, es necesario tener un conocimiento amplio en esta materia, desarrollar procesos de revisión y contar con las herramientas tecnológicas adecuadas para ser eficiente.

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20/05/2016

Controla la operación completa de tu despacho contable desde un sólo sistema en línea. Solicita más información y nos pondremos en contacto.

BeneficiosAumenta tu cartera de clientes al hacer más eficiente tu operación.Actualizaciones gratuitas conforme a los ca...
13/05/2016

Beneficios
Aumenta tu cartera de clientes al hacer más eficiente tu operación.

Actualizaciones gratuitas conforme a los cambios en las disposiciones fiscales del SAT.

Consulta la información de tus clientes desde cualquier dispositivo con internet las 24 horas del día, en un ambiente totalmente seguro.

Información contable de tus clientes al día, lo que facilita la asesoría y toma de decisiones.

Ahorro de tiempo en captura de pólizas, debido a que el sistema las genera de manera automática con la operación del negocio.
Minimiza tiempo y gastos de traslado al no tener que ir con tu cliente por la información.

Integrar al control de tu despacho contable un sistema como AUDITALO te permite obtener información útil para minimizar los gastos de operación y generar las ganancias esperadas mientras cumples exitosamente con tus clientes.

07/05/2016
29/04/2016

CONTABILIDAD ELECTRÓNICA

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29/04/2016

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Disminuye el Costo de Personal en tu Oficina yMejora tu Utilidad de Operación
28/04/2016

Disminuye el Costo de Personal en tu Oficina y
Mejora tu Utilidad de Operación

04/02/2016

ENERO 28, 2016 FISCAL
Proyecta SAT emisión de CFDI por cada pago recibido
FISCALIA - C.I.F.
Además del CFDI princial, deberá emitirse un comprobante por cada pago recibido.

El 18 de diciembre de 2015 Fiscalia dio a conocer el proyecto de la nueva factura electrónica, el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)versión 3.3. Esto, a través de la nota “A prepararse para una nueva Factura Electrónica”, publicada en la sección Actualidades > Fiscal.

Relacionado con este punto el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha trabajado en un esquema de comprobación que implicaría que el contribuyente emita un comprobante, con complemento de pago, por cada pago recibido.

Lo anterior significa que el contribuyente tendría que expedir el CFDI por el total de la operación y, además, un CFDI por cada pago que reciba correspondiente a este CFDI, independientemente de que la operación sea pagada en una sola exhibición o en parcialidades.

Esto es, el contribuyente realiza una venta. Expide el CFDI por el total de la operación. Al recibir el pago, expide un CFDI con el complemento del pago. Si el contribuyente realiza una venta pagada a plazos o en parcialidades, entonces expide el CFDI por el total de la operación y, posteriormente, conforme reciba cada pago, expedirá un CFDI con complemento de pago por cada uno de los pagos recibidos.

Como puede observarse, se estaría comprobando (emitiendo comprobantes) tanto la realización de la operación, como el flujo de efectivo.

Los datos que contendrá este complemento son:

1 Información del nodo: Pagos
a) Versión
b) NumParcialidad
c) Subtotal
d) TotalImpuestosTrasladados
e) Total
f) TotalImpuestosRetenidos

2 Información del nodo: Pago
a) FechaPago
b) FormaPago
c) TipoCambio
d) ImporteSaldoAnterior
e) ImporteSaldoInsoluto
f) NumOperacion
g) CuentaOrigen
h) CuentaDestino
i) BancoEmisor
j) BancoReceptor
k) BenefCheque
l) IdentEmisorMedioDePago

3 Información del nodo: Traslados
a) TipoFactor
b) TasaOCuota
c) Importe
d) Impuesto

4 Información del nodo: Traslados
a) TipoFactor
b) TasaOCuota
c) Importe
d) Impuesto

La nuevas reglas para la expedición de comprobantes, tanto el de la operación original, como el de los pagos recibidos, consisten en los siguiente:

El comprobante original debe indicar el método de pago, en cualquiera de las tres opciones:

Pago en una sola exhibición
Pago en parcialidades o diferido
Pago inicial y parcialidades
Cuando se generen comprobantes por pago en parcialidades, el comprobante con el importe total y los comprobantes de pago deben utilizar el mismo método de pago, la misma moneda y el mismo tipo de cambio.

La suma de los importes de los pagos relacionados con el comprobante inicial, no debe ser mayor que el importe total.

En lo que respecta al CFDI que se emitirá en cada pago, se debe observar lo siguiente:

Cuando en el atributo Método de Pago se seleccione el valor “Pago en una sola exhibición”:

El atributo DiferirFechaAcumulacion no debe existir.
Si existen complementos de pago, la suma de los importes de pago debe ser igual al total del comprobante.
En el caso de que el método de pago sea “Pago en parcialidades o diferido”:

Si el importe total es mayor que cero (comprobante inicial), no debe existir el complemento de pago.
Si el importe total es cero (el pago corresponde a una parcialidad), debe agregar el o los complementos de pago donde se relacione la información correspondiente e identifique el comprobante origen.
En el caso de que el método de pago sea “Pago inicial y parcialidades”:

Si el importe total es mayor que cero (comprobante inicial), debe existir al menos un complemento de pago.
Si el importe total es cero (el pago corresponde a una parcialidad), debe agregar el o los complementos de pago donde se relacione la información correspondiente e identifique el comprobante origen mediante el UUID.
Este proyecto aún no ha sido oficializado por el SAT, por lo que primeramente deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, conteniendo el nuevo estándar del CFDI 3.3, de forma que pueda darse pie a la divulgación del nuevo complemento de pagos.

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Teléfono

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