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Si un negocio te cobra comisión por pagar con tarjeta, es ilegal. 💳 ¿Qué dice la ley?El artículo 7 Bis de la Ley Federal...
07/07/2026

Si un negocio te cobra comisión por pagar con tarjeta, es ilegal.

💳 ¿Qué dice la ley?

El artículo 7 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor obliga a los comercios a respetar el precio final anunciado, sin cargos extra por la forma de pago. Ya está expresamente prohibido trasladar al cliente la comisión que el banco le cobra al negocio por usar la terminal.
¿De cuánto es la multa?

Los negocios que incumplan pueden recibir sanciones que van desde $733 pesos hasta más de $2.3 millones de pesos, e incluso la suspensión temporal del establecimiento.

También es ilegal:

Cobrarte un "recargo" del 3% al 5% por usar tarjeta.
Darte "descuento por pagar en efectivo" (es un cobro disfrazado).
Incluir la propina obligatoria en tu cuenta: la propina siempre es voluntaria.

¿Qué hacer si te cobran comisión?

Pide tu ticket o nota de compra (es tu derecho y tu evidencia).

Denuncia ante Profeco:
📞 55 5568 8722 o 800 468 8722
📧 [email protected]

También puedes reportarlo al banco dueño de la terminal, porque el comercio está violando su contrato.

Tu dinero vale. Pagar con tarjeta NO debe costarte más.

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25/03/2026

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Despacho Contable Fiscal México: servicios contables, fiscales, patrimoniales, administrativos y de gestoría.

 El SAT implementa el programa de Regularización Fiscal 2026 para fortalecer la cultura del cumplimiento y facilitar la ...
23/01/2026



El SAT implementa el programa de Regularización Fiscal 2026 para fortalecer la cultura del cumplimiento y facilitar la regularización de adeudos fiscales de:
• 👤 Personas
• 🏢 Empresas
Con ingresos de hasta 300 millones de pesos en el ejercicio fiscal 2024, conforme a la Ley de Ingresos de la Federación 2026.

Este programa permite:
✅ Disminuir hasta el 100% en multas, recargos y gastos de ejecución.
➡️ Acceder a reducciones en créditos fiscales firmes, según el supuesto aplicable.

Para más información se encuentra disponible el minisitio en:
sat.gob.mx/minisitio/Regu…

Con estas medidas, el SAT continúa impulsando una cultura de contribución voluntaria y de apoyo a las y los contribuyentes, con lo que se fortalece la recaudación en beneficio del desarrollo de la nación y de la población.

Agenda una cita con nosotros. 😎😎😎

El SAT recuerda a las y los contribuyentes que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio pa...
21/01/2026

El SAT recuerda a las y los contribuyentes que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para emitir facturas electrónicas (CFDI).

De igual forma, los empleadores no deben solicitar la CSF a las personas trabajadoras para el timbrado de nómina.

Para emitir una factura, únicamente se requieren los siguientes datos fiscales:
✅ RFC
👨🏻 Nombre o razón social
📍 Código postal
💼 Régimen fiscal

Felices fiestas 🎉. Y gracias por su permanencia.  Seguimos mejorando para ustedes este 2026.
24/12/2025

Felices fiestas 🎉. Y gracias por su permanencia.
Seguimos mejorando para ustedes este 2026.

04/05/2025

SALDO A FAVOR DE:

2020: se solicita en 2021.
2021: se solicita en 2022.
2022: se solicita en 2023.
2023: se solicita en 2024.
2024: se solicita en 2025.

La obligación de la autoridad fiscal de devolver saldos a favor o pagos de lo indebido prescribe luego de cinco años a partir de la fecha en que pudo ser legalmente exigida.

Si actualmente eres un contribuyente que tiene años atrasados pendientes de solicitar en devolución puedes hacerlo de 2020 hacia adelante.

21/01/2025

Próximo a vencer el plazo para optar por tributar en el RESICO en 2025

Las personas que van a iniciar actividades y reúnen los requisitos para tributar en Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), podrán presentar su aviso de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), dentro del mes siguiente al día de inicio de su actividad, lo cual podrá ser en cualquier momento del año.

Pero de acuerdo con un texto publicado por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), las personas físicas que en 2024 tributaron en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, o en el Régimen de Arrendamiento, y en este ejercicio fiscal 2025 quieren optar por tributar en el RESICO, deberán presentar un Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones a más tardar el 31 de enero de 2025.

Además, el texto indica que si la autoridad fiscal actualizó las obligaciones fiscales del contribuyente a un régimen fiscal distinto (por no presentar la declaración anual o no contar con e.firma) y desea tributar nuevamente en RESICO, en términos del artículo Décimo Quinto Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025, también deberá presentar un Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones a más tardar el 31 de enero de 2025.

Requisitos para tributar en el resico

La Prodecon explicó que en el RESICO pueden tributar las personas físicas que lleven a cabo cualquiera de las actividades siguientes:
Actividades empresariales, incluidas las actividades primarias (agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas).
Servicios profesionales (honorarios).

Otorguen el uso o goce temporal de bienes (arrendamiento).
Lo anterior es posible siempre que los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio inmediato anterior no excedan de 3.5 millones de pesos, o si va a iniciar actividades estime que no rebasará ese monto.

 El SAT informa a las y los contribuyentes que tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributari...
30/12/2024



El SAT informa a las y los contribuyentes que tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario. Incumplir con esta obligación fiscal después de esa fecha será motivo de infracción.

El Buzón Tributario es un canal de comunicación, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.

Para resolver dudas, habilitarlo por primera vez, actualizar los medios de contacto o conocer más información, se puede visitar el minisitio: http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html

✨❄️ ¡Feliz Navidad! ❄️✨En esta temporada de magia y alegría, queremos agradecerte por confiar en nosotros durante este a...
26/12/2024

✨❄️ ¡Feliz Navidad! ❄️✨

En esta temporada de magia y alegría, queremos agradecerte por confiar en nosotros durante este año. Al igual que cada copo de nieve es único, valoramos profundamente la singularidad de cada uno de ustedes, nuestros clientes.

Que esta Navidad esté llena de luz, amor y momentos inolvidables junto a tus seres queridos. Esperamos seguir siendo parte de tus proyectos y sueños en el próximo año.

¡De parte de todo nuestro equipo, te deseamos unas fiestas llenas de felicidad y prosperidad!

🎄 ¡Felices Fiestas! 🎄

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