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ASOCIACION DESTIDA A PROPORCIONAR SERVICIOS PROFESIONALES CONTABLES FISCALES ADMINISTRATIVAS Y DE COMERCIO EXTERIOR

PROMOCIÓN ABRIL 2017 *Devolución de Impuestos, Sueldos y Salarios 2016* Whatsapp Tel.8182039093
28/03/2017

PROMOCIÓN ABRIL 2017 *Devolución de Impuestos, Sueldos y Salarios 2016* Whatsapp Tel.8182039093

15/02/2017

SAT > INFORMACIÓN FISCAL > CALENDARIO FISCAL > A MÁS TARDAR EL 17 DE FEBRERO
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A MÁS TARDAR EL 17 DE FEBRERO
Pagos provisionales y definitivos

Obligación a cumplir
Personas obligadas
Forma de presentación
Fundamento legal
Pago provisional del ISR, IVA, IEPS y entero de retenciones.
Personas morales


Con el Servicio de Declaraciones y Pagos .
Pago con línea de captura en los Bancos autorizados.


Artículos 10, 12, 14, 71, 72, 74, 75, 84, 87, 96 y 106 de la LISR.
Artículos 1-A y 5-D de la LIVA. Regla 2.8.5.1 de la RMF 2017.
Pago provisional o definitivo del ISR, IVA, IEPS y entero de retenciones, en su caso.
Personas físicas:

Actividades Empresariales y Servicios Profesionales
Arrendamiento de bienes inmuebles
Salarios, en su caso, sólo ISR.
Con el Servicio de Declaraciones y Pagos .
Pago con línea de captura en los Bancos autorizados.
Artículos 90, 94, 96, 97, 106, 114 y 116 de la LISR; 1-A y 5-F de la LIVA; Regla 2.8.5.1 de la RMF 2017.


Entero de retenciones específicas
Obligación a cumplir
Personas obligadas
Forma de presentación
Fundamento legal
Entero de la retención por ingresos devengados que obtengan las personas físicas propietarias de los certificados de fideicomisos accionarios a que se refiere la regla 3.2.13.
Intermediarios financieros.
Servicio de Declaraciones y Pagos.

Entero de retención: a través de los Bancos autorizados con la línea de captura.
Regla 3.2.10. de la RMF 2017.
Entero de la retención que se efectúe de pagos por intereses.
Las instituciones que componen el sistema financiero.
Servicio de Declaraciones y Pagos en el caso de las personas obligadas, a utilizar este servicio.

Entero de retención: a través de los Bancos autorizados con la línea de captura.
Artículo 54 de la LISR.

Declaraciones informativas

Información a presentar
Personas obligadas
Forma de presentación
Fundamento legal
Información de las contraprestaciones o donativos recibidos en el mes inmediato anterior, en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000 pesos.

Contribuyentes que perciban contraprestaciones o donativos en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000 pesos.
Declaración Informativa del Formulario 35.
Dé clic aquí para obtener el programa electrónico para elaborar su declaración.
Artículos 76, fracción XV, 82 fracción VII, 110, fracción VII, 118 fracción V y 128 de la LISR. Ficha de trámite 1/ISR del Anexo 1-A de la RMF 2017.
Precio de enajenación de cada producto (tabacos labrados), valor y volumen de los mismos, así como el peso total de tabacos labrados enajenados o, en su caso, total de ci****os enajenados.
Productores e importadores de tabacos labrados.
Esta información se presenta a través de la Declaración Informativa Múltiple del IEPS (MULTI-IEPS) y su Anexo 2.
Artículo 19, fracción IX de la LIEPS. Reglas 5.2.1. y 5.2.16. de la RMF 2017.
Información relativa a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes en el mes inmediato anterior.
Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que realicen operaciones con partes relacionadas o donantes.
En el portal de internet del SAT con el programa electrónico Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
Artículo 82 fracción VIII de la LISR. Regla 3.10.12 de la RMF 2017. Ficha de trámite 20/ISR del Anexo 1-A de la RMF 2017.
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Última modificación:
01 de febrero de 2017 a las 08:10
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09/02/2017

Acumulación de ingresos personas Morales

09/02/2017

MI CONTABILIDAD

Opción de acumulación de ingresos por Personas Morales

Para facilitar el cumplimiento a los micro, pequeños y medianos empresarios, el SAT pone a disposición, a partir de febrero, una herramienta informática que permite clasificar las facturas electrónicas de ingresos y gastos, para determinar en forma automática los pagos provisionales de ISR y definitivos de IVA y cumplir con la contabilidad de sus negocios, con un esquema simplificado de cumplimiento fiscal.

La opción de acumulación de ingresos es un régimen mediante el cual las personas morales constituidas únicamente por personas físicas que no tengan ingresos superiores a cinco millones de pesos, pueden optar por pagar el impuesto sobre la renta mediante flujo de efectivo, es decir, acumulando sus ingresos efectivamente percibidos y sus deducciones autorizadas efectivamente erogadas, correspondientes al periodo de que se trate, o bien, podrán aplicar el coeficiente de utilidad a los ingresos efectivamente percibidos.

La opción elegida no podrá modificarse durante el ejercicio y, en ambos supuestos, podrán aplicar la deducción inmediata de inversiones.

Esta medida beneficia a personas morales con ingresos menores a cinco millones de pesos; es decir, casi 300 mil contribuyentes.

Para optar por este beneficio los contribuyentes, entre otros, deben:

• Para las personas morales que se encuentren constituidas y registradas en el RFC hasta el 31 de diciembre de 2016, presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones

No haber excedido la cantidad de 5,000,000 de pesos en la declaración anual del ejercicio fiscal 2016. Para el caso de las personas morales que inicien operaciones o reanuden actividades a partir del ejercicio fiscal de 2017, presentar la opción de tributación dentro del mes siguiente a aquel en que presenten los mencionados avisos.

Quienes utilicen la opción de acumulación de flujo de efectivo, quedarán relevados de cumplir, entre otras, con las siguientes obligaciones:

• Enviar la contabilidad electrónica e ingresar de forma mensual la información contable.
• Presentar la Información de Operaciones con Terceros (DIOT).

De esta forma, todos los pequeños negocios podrán declarar muy rápido y muy fácil.

​​​Aplicación.

Mi contabilidad, Opción de acumulación de ingresos por Personas Morales

14/11/2016

Características del servicio gratuito ofrecido por el SAT de generación de factura electrónica

El servicio de generación de Factura Electrónica permite capturar y certificar un comprobante a la vez. Para utilizar este servicio es indispensable contar con Firma Electrónica Avanzada (Fiel) y tramitar al menos un certificado de sello digital.

Entre las funcionalidades y características con las que cuenta están:

Compatible con diversas plataformas y navegadores
Contempla todo el ciclo de generación de una factura electrónica (captura, sellado y certificación digital).
El proceso de certificación del SAT a la Factura Electrónica es en línea.
Permite capturar los requisitos de las Facturas Electrónicas de acuerdo con lo que establecen las disposiciones fiscales, así como la integración de “leyendas fiscales” y del Comprobante Electrónico de Pago (CEP), vinculado con el Sistema de Pago Electrónico Interbancario "SPEI".
Genera el comprobante en su formato electrónico (XML) y la representación impresa.
Permite consultar y recuperar las Facturas Electrónicas (CFDI).
Almacena comprobantes en captura hasta por 72 horas.

El servicio no administra catálogos de clientes o productos, ni integra addendas comerciales, por lo que debido al volumen de operaciones de algunos contribuyentes o quienes requieran la incorporación de complementos adicionales o addendas, deberán utilizar los servicios prestados por los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) para la certificación de sus comprobantes. El servicio tampoco realiza cálculos de impuestos ni certifica Facturas Electrónicas (CFDI) generadas por otros sistemas.

Dirección

Avenida GONZALITOS 3003 L-8 PTA ALTA
Monterrey
64360

Horario de Apertura

Lunes 9am - 5pm
Martes 9am - 5pm
Miércoles 9am - 5pm
Jueves 9am - 5pm
Viernes 9am - 5pm

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