13/04/2016
ADECUACIONES AL PROGRAMA HOY NO CIRCULA PARA EL AUTOTRANSPORTE DE CARGA EN LA CIUDAD DE MEXICO Y EN LOS 18 MUNICIPIOS CONURBADOS DEL ESTADO DE MEXICO:
Todos los vehículos de carga deberán restringir su acceso, de lunes a viernes, en un horario de 06:00 a 10:00 a.m., en las siguientes vialidades de ingreso a la Ciudad de México:
-Accesos carreteros procedentes de Querétaro.
-Accesos carreteros procedentes de Toluca.
-Accesos carreteros procedentes de Puebla
-Accesos carreteros procedentes de Cuernavaca.
-Accesos carreteros procedentes de Texcoco.
-Accesos carreteros procedentes de Pachuca.
Los vehículos de carga que hayan ingresado o se encuentren transitando dentro de la ZMVM antes de las 6:00 am, podrán circular hasta las 7:00 am y restringirán su circulación en su totalidad de lunes a viernes, en un horario de 7:00 a.m. a 10:00 a.m.
A los vehículos de autotransporte de carga que proporcionen los siguientes servicios, no se les restringirá la circulación:
--Transporte de materiales y residuos peligrosos.
--Transporte en unidades con sistemas de refrigeración.
--Transporte de productos perecederos (se considera a estos productos como aquellos que son de corta vida, y que no necesariamente requieren de refrigeración, tales como las hortalizas, flores, vegetales, frutas, huevo, leche y derivados, cárnicos, aves, peces, masa, tortilla, pan y pasteles, y, en general, alimentos que requieran entrega urgente, etc.). Todo otro producto que demuestre su carácter de perecedero, deberá gestionar su autorización.
--Unidades revolvedoras y bombas de concreto.
--Todos los vehículos que estén autorizados en el Programa de autorregulación de la CDMX y del Gobierno del Estado de México, registrados ante la CAMe.
--Vehículos eléctricos e híbridos, a Gas LP, a Gas Natural, registrados ante las autoridades ambientales y ante la CAMe.
--Los vehículos dentro del Programa de transporte Limpio de SEMARNAT registrados ante la CAMe. Los vehículos de --Transporte y Traslado de Valores, así como Mensajería y Paquetería en carga consolidada.
En los siguientes días daremos a conocer mayores detalles de los convenios suscritos con los Gobiernos del Estado de México y la Ciudad de México. Por lo pronto les recomendamos tomar nota de esta disposición que APLICA A PARTIR DEL DÍA 13 DE ABRIL, 2016.
Les recomendamos también, informar a sus clientes de esta nueva disposición a efecto de que adecuen sus horarios de carga y descarga.