05/07/2022
Deducir la renta de una casa habitación es posible, si se cumple con ciertos requisitos.
El tema de los impuestos suele ser engorroso para algunas personas, por eso este post te ayudará a saber cómo aplican cuando rentas un inmueble y sepas de qué forma cumplir tus obligaciones fiscales correctamente.
En materia fiscal, la Ley de ISR en el artículo 28 fracción XIII, menciona que:
“…Tratándose de pagos por el uso o goce temporal de casas habitación, sólo serán deducibles en los casos en que reúnan los requisitos que señale el Reglamento de esta Ley…”
Conforme al párrafo anterior, la regla fiscal 3.3.1.35, “Aviso para deducir pagos por el uso o goce temporal de casa habitación e inversiones en comedores, aviones y embarcaciones”.
Las personas morales que realicen pagos por el uso o goce temporal de casas habitación e inversiones en comedores, aviones y embarcaciones, serán deducibles sólo mediante la presentación de aviso y siempre que el contribuyente compruebe que se utilizan por necesidades especiales de la actividad. El aviso se presenta a más tardar el último día del ejercicio en que se pretenda aplicar la deducción por primera vez y cumpliendo los siguientes requisitos:
Tratándose de deducción de pagos por el uso o goce temporal de casa habitación:
Contrato de arrendamiento.
Estudio comparativo entre los gastos efectuados durante el último ejercicio por concepto de hospedaje y las erogaciones estimadas durante un ejercicio por el arrendamiento de todas las casas habitación.
La documentación que acredite la estancia de las personas que ocupan dicho inmueble, (copia simple del recibo de luz, teléfono, agua, etc., que sea reciente y se encuentre pagado).
Si se opta por aplicar esta alternativa, no debe entenderse con una prestación de previsión social u otro tipo de prestación para los trabajadores.
Asimismo, hay que tener en cuenta que se debe cumplir con los requisitos antes descritos. Si tienes alguna duda, no está de más realizar una consulta al SAT.