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¿Estas preparado para requerimientos de SAT?Los contribuyentes calificados por la ley como agentes de retención del Impu...
05/12/2023

¿Estas preparado para requerimientos de SAT?

Los contribuyentes calificados por la ley como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado y los contribuyentes especiales, deberán presentar adjunto a la declaración y recibo de pago anual de ISR, Estados Financieros Auditados (EFA), por Contador Público y Auditor, independiente.

De conformidad con el Decreto No. 10-2012 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Actualización Tributaria y sus reformas, así:

Artículo 39. Obligación de determinar y pagar el impuesto en el Régimen Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas. Los contribuyentes que obtengan rentas por cualquier monto, deben presentar ante la Administración Tributaria, dentro de los primeros tres (3) meses del año calendario, la determinación de la renta obtenida durante el año anterior, mediante declaración jurada anual. También están obligados a presentar la declaración jurada los contribuyentes que obtengan rentas parcial o totalmente exentas, o cuando excepcionalmente no hayan desarrollado actividades lucrativas durante el período de liquidación definitiva anual.

Artículo 40. Documentación de respaldo a la declaración jurada de renta. Los contribuyentes deben tener a disposición de la Administración Tributaria lo siguiente:
1. Los obligados a llevar contabilidad completa, el balance general, estado de resultados, estado de flujo de efectivo y estado de costo de producción, cuando corresponda.
2. Los contribuyentes calificados por la ley como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado y los contribuyentes especiales, deben presentar a la Administración Tributaria, por los medios que ésta disponga, adjunto a la declaración jurada anual, los estados financieros debidamente auditados por Contador Público y Auditor independiente, con su respectivo dictamen e informe, firmado y sellado por el profesional que lo emitió.

Méndez & Asociados expertos tributarios con gusto podemos brindarle asesoría en defensa fiscal, contabilidad, auditoría, asesoría legal, comercio exterior, capacitación, sector gubernamental e impuestos.

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Sabías qué ...Hoy fue publicado en el Diario de Centroámerica por parte de la SAT, Acuerdos del Directorio No. 13 y 14-2...
30/11/2023

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Hoy fue publicado en el Diario de Centroámerica por parte de la SAT, Acuerdos del Directorio No. 13 y 14-2023, por medio del cual se aprueba la Tabla de Valores Imponibles del Impuesto al Valor Agregado para la Importación de Vehículos Usados y, Tabla de Valores Imponibles del Impuesto Especifico a la Primera Matrícula de Vehículos Usados; que regirá para el año 2024.

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30/11/2023

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Hoy fue publicado en el Diario de Centroámerica por parte de la SAT, Acuerdos de Directorio No. 11 y 12-2023, por medio del cual se aprueba la Tabla de Valores Imponibles para el Impuesto de Circulación de Vehículos y, Tabla de Valores Imponibles del Impuesto al Valor Agregado por la enajenación de vehículos del año actual, del siguiente y anterior al año actual; ambas para el año 2024.

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Sabías qué ...Hoy fue publicado en el Diario de Centroámerica Resolución Acuerdo Ministerial No. 486-2023, del Ministeri...
24/11/2023

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Hoy fue publicado en el Diario de Centroámerica Resolución Acuerdo Ministerial No. 486-2023, del Ministerio de Trabajo y Previsón Social, por medio del cual se acuerda aprobar el Reglamento de para la Constitución, Organización y Funcionamiento de los Comités Bipartito de Salud y Seguridad Ocupacional.

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16/11/2023

🗓️⚠️ del 15 al 30 de noviembre de 2023 el portal web estará habilitado para la inscripción de la persona designada para presentar la Caja Fiscal.

Es un proceso fácil, ágil y seguro.

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13/11/2023

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Hoy fue publicado en el Diario de Centroámerica Resolución A-085-2023, por medio del cual la Contraloría General de Cuentas, aprueba la Sistematización de la entrega mensual de la Caja Fiscal de forma electrónica.

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⚠️

La Contraloría General de Cuentas publicó en el Diario De Centro América el Acuerdo Número A-085-2023. Aprobación de la sistematización de entrega mensual de Caja Fiscal de forma electrónica.

🔗📄 https://www.contraloria.gob.gt/index.php/acuerdos-internos-2023-2026/

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10/11/2023

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✅ Si eres Contribuyente Exento o con Beneficio Fiscal inscrito en el Régimen sobre Utilidades de Actividades Lucrativas, esta información es para ti ⬇

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06/11/2023

¿Estas preparado para requerimientos de SAT?

Los contribuyentes calificados por la ley como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado y los contribuyentes especiales, deberán presentar adjunto a la declaración y recibo de pago anual de ISR, Estados Financieros Auditados (EFA), por Contador Público y Auditor, independiente.

De conformidad con el Decreto No. 10-2012 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Actualización Tributaria y sus reformas, así:
Artículo 39. Obligación de determinar y pagar el impuesto en el Régimen Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas. Los contribuyentes que obtengan rentas por cualquier monto, deben presentar ante la Administración Tributaria, dentro de los primeros tres (3) meses del año calendario, la determinación de la renta obtenida durante el año anterior, mediante declaración jurada anual. También están obligados a presentar la declaración jurada los contribuyentes que obtengan rentas parcial o totalmente exentas, o cuando excepcionalmente no hayan desarrollado actividades lucrativas durante el período de liquidación definitiva anual.
Artículo 40. Documentación de respaldo a la declaración jurada de renta. Los contribuyentes deben tener a disposición de la Administración Tributaria lo siguiente:
1. Los obligados a llevar contabilidad completa, el balance general, estado de resultados, estado de flujo de efectivo y estado de costo de producción, cuando corresponda.
2. Los contribuyentes calificados por la ley como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado y los contribuyentes especiales, deben presentar a la Administración Tributaria, por los medios que ésta disponga, adjunto a la declaración jurada anual, los estados financieros debidamente auditados por Contador Público y Auditor independiente, con su respectivo dictamen e informe, firmado y sellado por el profesional que lo emitió.

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03/11/2023

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30/10/2023

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25/10/2023

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