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La Agencia Tributaria, entre otras cosas, se encarga de luchar contra el fraude fiscal, y para ello ha creado una herram...
06/08/2021

La Agencia Tributaria, entre otras cosas, se encarga de luchar contra el fraude fiscal, y para ello ha creado una herramienta basada en inteligencia artificial que permite identificar a las personas que emiten facturas irregulares. En esta lucha contra el fraude deben colaborar los bancos que, por normativa, tienen que comunicar a Hacienda ciertas operaciones realizadas en sus entidades:
Operaciones realizadas con billetes de 500€: de acuerdo con dos sentencias del Tribunal Supremo, los bancos deben informar de las operaciones en las que se utilicen uno o más billetes de 500 €. La pretensión de la Administración tributaria es conocer con detalle las operaciones realizadas con billetes de 500€ pues se refiere a datos y operaciones de cuantía significativa y de clara relevancia no solo por la cuantía, sino por los billetes con los que se llevan a cabo, de notoria significación en transacciones al margen de la legalidad.
Créditos y préstamos concedidos por el banco por un importe superior a 6.000€: según el Real Decreto 1065/2007, las entidades de crédito deben declarar el saldo de los créditos y préstamos de importe superior a 6.000€, así como el nombre y apellidos o razón social y el número de identificación fiscal del acreditario o prestatario.

-Ingresos en metálico de importe superior a 3.000€: el citado real decreto establece que las entidades de crédito han de declarar las imposiciones, disposiciones de fondos y los cobros de cualquier otro documento que se realicen en moneda metálica o billetes de banco cuando su importe sea superior a 3.000€, independientemente del medio físico o electrónico utilizado.

- Ingresos recurrentes, independientemente de cual sea la cuantía de los mismos: la entidad debe notificar a Hacienda si una persona recibe, por ejemplo, 2.000€ cada lunes. Por ello se recomienda que, en lugar de que los ingresos se hagan en efectivo, los pagos se realicen mediante transferencia bancaria, ya que así Hacienda puede conocer quién es el pagador.

- Operaciones que superen los 10.000 euros, incluidas las transferencias bancarias.

Autónomos: estás son las sanciones que tendrán que pagar si reciben o pagan más de 1.000€ en efectivo.El pasado 11 de ju...
06/08/2021

Autónomos: estás son las sanciones que tendrán que pagar si reciben o pagan más de 1.000€ en efectivo.

El pasado 11 de julio entró en vigor la ley antifraude, que rebaja el límite legal de pagos en efectivo de 2.500€ a 1000€ para operaciones entre profesionales y particulares. Es decir, que un comercio, restaurante, hotel o cualquier otra empresa o autónomo no podrá aceptar pagos de sus clientes en efectivo que superen esa cantidad, ni tampoco podrán realizar operaciones superiores a los 1.000 euros en metálico al comprar o vender a otros empresarios. El objetivo de esta medida es poner coto a la economía sumergida y luchar contra el fraude fiscal. El cumplimiento de esta barrera está en el punto de mira de Hacienda y sobrepasar los límites puede salir muy caro. El Plan General de Control Tributario para 2021 vigilará los sectores en los que los pagos en “B” son especialmente comunes y en caso de detectar pagos en efectivo que superen los 1.000 euros la “Ley antifraude” aplicará las siguientes sanciones.La ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal establece que, en caso de incumplimiento, se impondrá una multa del 25% de la base de la sanción. Esto implica que cuando se realice un pago o cobro superior a 1.000 euros, la cuantía de la multa será el 25% de esa cantidad. Por lo tanto, si como profesional acepta un pago de 5.000 euros en efectivo, deberá asumir una sanción de 1.250 euros.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que el límite de pagos en efectivo “será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional”, puntualiza la ley. Es decir, que un autónomo sí puede aceptar pagos de turistas 10 veces superiores al límite de los residentes en España. O sea que la sanción no será aplicable hasta que se produzca un pago irregular que supero los 10.000 euros.reducción de las sanciones derivadas de las actas con acuerdo del 50% al 65%. Asimismo, se eleva la reducción de las sanciones en caso de pronto pago al 40%. La reducción por conformidad se mantiene en el 30%.

Andalucía reduce el impuesto de transmisiones patrimoniales al 7 % en la primera de sus "bajadas masivas"El Gobierno and...
29/04/2021

Andalucía reduce el impuesto de transmisiones patrimoniales al 7 % en la primera de sus "bajadas masivas"

El Gobierno andaluz ha aprobado un decreto ley que rebaja el tipo general del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), con objeto de impulsar la reactivación económica de Andalucía. El decreto ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

La medida consiste en la reducción del tipo de gravamen general aplicable a la transmisión de inmuebles (Transmisiones Patrimoniales Onerosas) y a la constitución y cesión de derechos reales sobre los mismos, excepto los de garantía, pasando de los tipos actuales del 8%, 9% y 10% a un único tipo general del 7%. De igual modo, se reduce el tipo de gravamen general para los documentos notariales (Actos Jurídicos Documentados) del 1,5% al 1,2%.
Así, en el supuesto de una transmisión de un inmueble valorado en 180.000 euros entre dos particulares, con la normativa existente antes de la entrada en vigor de este decreto ley, la base imponible se multiplicaba por el tipo del 8% del primer tramo de la tarifa (que aplica hasta 400.000 euros), con el resultado de una cuota tributaria de 14.400 euros. A partir de la publicación del decreto ley, la cuota tributaria resultante es de 12.600 euros tras aplicar un tipo general del 7%. El ahorro que se produce es, por tanto, de 1.800 euros.

En el caso de una transmisión entre particulares de una plaza de garaje por valor de 24.000 euros, hasta ahora la cuota tributaria a pagar era de 1.920 euros (tipo del 8%), si bien, con el nuevo tipo del 7%, la cuota resultante es de 1.680 euros, con lo que el ahorro se sitúa en 240 euros.

Por otro lado, la escritura pública mediante la que se formaliza la transmisión de una vivienda nueva valorada en 200.000 euros por parte de una empresa promotora tributaría con la normativa en vigor (Decreto legislativo 1/2018) a un tipo general del 1,5%, lo que daría como resultado una cuota tributaria de 3.000 euros. Con la rebaja a un tipo general del 1,2%, la cuota tributaria es de 2.400 euros, lo que representa un ahorro de 600 euros.

Cómo deberán tributar los autónomos y pymes las ayudas directas,el cese de actividad y los créditos y los créditos ICOLo...
25/03/2021

Cómo deberán tributar los autónomos y pymes las ayudas directas,el cese de actividad y los créditos y los créditos ICO

Los autónomos y empresas que hayan recibido ayudas de la administración por la crisis de la pandemia del Covid-19 deberán tributarlas salvo que la prestación establezca explícitamente que está exenta de pago. Además, cada tipo de ayuda tiene su propia normativa y forma de declararse, aunque la administración haya señalado que es pronto para concretar cómo va a ser en el caso concreto de las ayudas directas.

La prestación por cese de actividad es considerada rendimiento del trabajo

Los autónomos que hayan recibido la prestación por cese de actividad, también llamada 'paro del autónomo', o la prestación extraordinaria por cese de actividad -incluida en el Real Decreto-ley 8/2020- deberán declararla a través de la Renta. Esto se debe a que es una prestación de desempleo similar al paro de un trabajador por cuenta ajena y, por tanto, será considerada como un rendimiento del trabajo.

La Agencia Tributaria explica que esta prestación, aunque su origen esté en la actividad económica del autónomo, no se trata de un ingreso inherente a la misma y por tanto no puede calificarse como un rendimiento de actividades económicas. Consecuentemente, debe incluirse en la declaración de la renta , en el apartado de rendimientos del trabajo. Los primeros 2.000 euros están exentos de impuestos, pero aún así, es obligatorio incluirlos.

Las ayudas directas y subvenciones de las CCAA se consideran rendimientos de su actividad

Las ayudas directas que ha establecido el Gobierno se canalizarán a través de las Comunidades Autónomas y tienen como objetivo paliar los efectos económicos de la pandemia. Por ello, tienen la calificación de actividades económicas y, previsiblemente, el autónomo las tendría que declarar como rendimientos de su actividad, a no ser que esta ayuda está exenta de tributar.
Créditos ICO: los intereses se deducen como gastos
Los créditos ICO son una ayuda que hay que devolver.Los intereses se podrán deducir como gastos, así como el resto de gastos de apertura y Constitución del préstamo que se hayan realizado.

Lo primero que te recomendamos es revisar todos los datos del borrador y en especial si ha estado amparados bajo la situ...
23/03/2021

Lo primero que te recomendamos es revisar todos los datos del borrador y en especial si ha estado amparados bajo la situación de ERTE.

Si has estado sujeto a ERTE ,los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) son prestaciones entregadas por el SEPE, con lo cual, si has estado en esta situación, durante el ejercicio 2020 has tenido dos pagadores (la empresa y el SEPE). El umbral de obligación de presentar la declaración de la renta desciende si se trata de dos pagadores.

La normativa aplica que deberán presentar la declaración de IRPF aquellos trabajadores con rentas de al menos 22.000 euros anuales, en caso de recibirlas de un sólo pagador. Si se recibe de más de un pagador (dos empresas o la empresa y el SEPE), la cuantía desciende a
14.000€ (salvo que los abonos de todos los pagadores a partir del segundo no alcancen los 1.500 euros ).

A ello añadimos que el SEPE no aplicará ninguna retención o una  por un importe mínimo , por lo que tendrás que pagar impuestos por ello.
Si has estado en esta situación y necesitas asesoramiento consultanos .
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05/03/2021

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21/11/2019

PUBLICACION IMPORTANTE,
nuevo formato de las hojas de reclamaciones que hay que tener en el establecimiento a disposición del público a partir del 2 de Diciembre de 2019.Se pueden adquirir en librería Pandora y en estanco Serrano.
Si quiere una información mas ampliada de la nueva normativa pincha en el siguiente enlace👉🤓👉
https://www.juntadeandalucia.es/temas/vivienda-consumo/consumo/reclamaciones.html

Enclavada entre dos mares y dos continentes, la singularidad geográfica de Andalucía le otorga una identidad abierta y multicultural

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06/11/2019

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06/11/2019

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