16/03/2021
Ayudas a autonomos y empresas del Gobierno de España
Este sábado se publicó el BOE que contiene el RDL 5/2021, con líneas de ayudas del Gobierno de España para autónomos y empresas. Estas ayudas serán gestionadas por cada Comunidad, teniendo estas la potestad de establecer los importes de ayuda (dentro de los márgenes que da el Gobierno) y forma de distribuirla. Se cree que todo estará en marcha dentro de 40 días, por tanto hoy por hoy no se conoce con exactitud qué instrucciones dará cada Comunidad ni como pedirlas.
En resumen las ayudas descritas son:
AYUDAS DIRECTAS (a fondo perdido):
Destinadas a un amplio abanico de actividades (restauración, hostelería, transporte, comercio minorista y mayorista, artes gráficas, turismo, cultura y actividades deportivas, etc.) son ayudas para cubrir deudas con proveedores o gastos fijos como alquileres, nominas, o suministros. Se pueden beneficiar aquellos que:
• Sean autónomos y empresas cuyos ingresos en la declaración de IVA del 2020 hayan bajado más de un 30% respecto los del 2019.
• Tengan su domicilio fiscal en España.
• Estén al corriente con AEAT o Seguridad Social.
• Se comprometan a mantener su actividad hasta el 30 de junio de 2022.
• No hayan tenido resultados negativos en 2019.
• Se comprometan a no repartir dividendos ni aumentar los salarios de su equipo directivo durante un periodo de dos años.
Cuantía de las ayudas:
1. Para quienes vayan por Estimación Objetiva (módulos), un máximo de 3.000€.
2. Para autónomos que van por Estimación Directa y empresas de máximo 10 trabajadores: cuantía equivalente al 40% de la caída de ingresos en el año 2020 respecto del año 2019 que supere la caída exigida del 30%. Importe mínimo será de 4.000€ y máximo 200.000€.
3. Para empresas de más de 10 trabajadores: cuantía equivalente al 20% de la caída de ingresos en el año 2020 respecto del año 2019 que supere la caída exigida del 30%. Mínimo 4.000€ y máximo 200.000€.
Ejemplo: autónomo que tributa por Estimación Directa:
Ingresos en 2019: 140.000€
Ingresos en 2020: 80.000€
Bajada de facturación: 60.000€
Esta bajada es un 42,85% de los ingresos del 2019, por tanto supera el 30% y cumple requisitos.
Para calcular la ayuda: el 30% de los ingresos del 2019 son 42.000€; la caída sufrida es de 60.000€. La ayuda equivale al 40% de la caída que supere el 30%, esto es: 60.000-42.000= 18.000. Así, 18.000€ x 40% = 7.200€ de ayuda.
FLEXIBILIZACION DE PRESTAMOS CON AVAL PUBLICO:
Quienes hayan solicitado prestamos con aval público, y tengan dificultades económicas, tienen tres niveles de actuación a negociar con el banco:
1. Un primer nivel supone la extensión del plazo de vencimiento de los préstamos, adicional a la prolongación aprobada el pasado noviembre.
2. En un segundo nivel, se podrían convertir estos préstamos en préstamos participativos, manteniendo la cobertura del aval público.
3. En el tercer nivel, excepcional y de último recurso, se permitiría realizar transferencias directas a autónomos y pymes para la reducción del principal de la financiación avalada contraída durante la pandemia.