Ferma Asesores

Ferma Asesores Asesoría Fiscal, Contable y Laboral. Realización de cualquier trámite ante Hacienda, Seguridad Social Asesoría fiscal, contable, administrativa y laboral

🧮🧑🏻‍💻Darse de alta como autónomo e iniciar un negocio implica algunos costes ineludibles, o gastos que cualquier autónom...
29/04/2022

🧮🧑🏻‍💻Darse de alta como autónomo e iniciar un negocio implica algunos costes ineludibles, o gastos que cualquier autónomo, independientemente de su sector, va a tener que pagar de manera periódica nada más darse de alta.

📌Cuota de la Seguridad social:

La cuota mínima en 2022 se eleva hasta los 293,94 € al mes y a 377,87 € para los autónomos societarios.

*Durante los primeros años de actividad, existe una tarifa plana reducida, a la que se puede acceder si se cumplen una serie de requisitos.

Ahora bien, la cuota mensual que tienen que pagar los autónomos es un gasto ineludible, pero no está fijado. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones señala que la base de cotización “será la elegida por el trabajador entre las bases mínima y máxima que le corresponda” siendo a partir del 1 de enero de 2022 una base mínima de 960,60 euros al mes y una base máxima de 4.139,40 euros al mes.

📌Pago trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Impuesto sobre el Valor Añadido e las facturas que ha cobrado, es decir, la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado de cada factura, lo que ingresa y lo que gasta en su actividad.

Este impuesto no lo tienen que pagar realmente el autónomo, ya que actúa como un intermediario entre Hacienda y sus clientes y se limita a hace de recaudador del IVA que abonan éstos últimos

📌Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Grava los beneficios -rendimientos netos- obtenidos por el autónomo a lo largo del año. Aunque lo habitual es que esta declaración se haga de forma anual, también existe la posibilidad de hacerla de forma trimestral mediante el sistema de estimación directa (130) o el sistema de estimación objetiva (131).


¿Cuáles son los gastos que suponen la compra-venta de una vivienda? 🏡1️⃣Notaría. Los gastos que se producen por el otorg...
28/04/2022

¿Cuáles son los gastos que suponen la compra-venta de una vivienda? 🏡

1️⃣Notaría.
Los gastos que se producen por el otorgamiento de escritura pública de compra-venta.
La cuantía del coste de una notaría está fijada por normativa y dependen del importe de mismo inmueble.

2️⃣Registro.
Son los gastos que se producen por inscribir la escritura de compra-venta en el registro de la propiedad.Los honorarios están fijados por normativa y dependen del precio de la propiedad.

3️⃣Impuestos.
a) Impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP): para viviendas de segunda mano
b) Impuesto sobre el valor añadido (IVA): para viviendas de obra nueva.
c) Impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD). Según el Decreto Ley aprobado en Noviembre de 2018, las entidades bancarias están obligadas a asumir el pago de dicho impuesto.

4️⃣Plusvalía municipal.
Es el impuesto que grava el valor de los terrenos de carácter urbano.

5️⃣Gestoría.
El gestor es una figura muy necesaria, que realiza todos los trámites necesarios, hasta la inscripción en el Registro de la Propiedad.

📌Según la ley, todos los gastos derivados de la compraventa de una vivienda irán a cargo de la parte compradora, a excepción de la plusvalía municipal, que irá a cargo de la parte vendedora.

💁🏻‍♂️Estamos en plena campaña de la renta. ¿Sabes si estás obligado a presentarla? Te explicamos los tips y consejos cla...
27/04/2022

💁🏻‍♂️Estamos en plena campaña de la renta. ¿Sabes si estás obligado a presentarla? Te explicamos los tips y consejos clave que debes tener en cuenta:

📌Fechas importantes:
-Plazo por internet: desde el 5/5/2022 hasta el 30/6/2022
-Plazo vía telefónica: desde el 1/6/2022 hasta el 30/6/2022
-Plazo presencial: desde el 1/6/2022 hasta el 30/6/2022

📌¿Quién está obligado a presentarla?
a)Trabajadores con ingresos mayores a 22000€ brutos/anuales
Un pagador
b) Trabajadores con ingresos mayores a 14000€ brutos/anuales
Varios pagadores. La suma del segundo pagador y el resto mayor de 1500€ brutos/ anuales
c) Trabajadores con ingreso mayores a 1600€/anuales
Procedentes de rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales.

📌¿Cómo solicitar un borrador?
El borrador sólo es una propuesta de declaración que los contribuyentes pueden solicitar a través de la web de la Agencia Tributaria con:

a)DNI o certificado electrónico
b)Número de referencia
c)Con Cl@ve y PIN

📌Novedades de este año respecto al anterior:
-Los trabajadores que hayan tenido ERTE en 2020 deben declarar las prestaciones como un pagador distinto.
-Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración de la renta.
-Deberá declararse la prestación extraordinaria por cese de actividad de los autónomos.

✨Algunos consejos clave:

-Recomendación de consultar el borrador aunque no se esté obligado a presentar la declaración.
-Comprobar siempre los datos que Hacienda te proporciona (estado civil, deducciones…)
-Incluir el alquiler, subvenciones e incrementos de patrimonio.
-Deducir los planes de pensiones.
-Desgravar los seguros vinculados a hipotecas, como el de vida o el de hogar.
-Acudir a un profesional o experto para que te ayude con la gestión.

Las plataformas como Bizum o PayPal están revolucionando la forma de pago de los últimos tiempos. 📲💰👉🏼¿Cuáles son las co...
26/04/2022

Las plataformas como Bizum o PayPal están revolucionando la forma de pago de los últimos tiempos. 📲💰

👉🏼¿Cuáles son las condiciones de uso de Bizum?

•Sólo puedes mandar/solicitar 60 Bizum al mes
•Importe mínimo por transferencia de 0,50€
•Importe máximo por transferencia diaria: 600€
•Puedes recibir 2.000€ diarios como máximo en Bizum

📌¿Tengo que declarar el bizum en la renta? La respuesta es sí

Un Bizum es una transferencia bancaria inmediata gratuita y se registra en tu banco como una transferencia tradicional por lo que funciona de la misma manera.
Para declarar las transferencias bancarias a la Agencia Tributaria tienes que presentar el modelo S1 de Hacienda. Si no se presentara el modelo cuando las cantidades de dinero superan los límites, las multas de Hacienda ascenderían como mínimo a 600€ y cuyo importe máximo podrá ascender hasta el 50% del valor de los medios de pago empleados. Y si además, tampoco justificaras el origen del dinero se podrían llegar a aplicar multas: las valoradas como leves (máximo hasta 60.000€) y las valoradas como muy graves (mínimo 150.000€).

¿Necesitas más información o ayuda para declarar este tipo de transaccioneis?

¿Sabes cuál es la cuantía mínima que te pueden embargar en la cuenta bancaria?Cuando hay deudas puede ocurrir el embargo...
22/04/2022

¿Sabes cuál es la cuantía mínima que te pueden embargar en la cuenta bancaria?

Cuando hay deudas puede ocurrir el embargo de sus cuentas o bienes de los cuales son propietarios con el objetivo de saldar la deuda que el usuario tiene pendiente.

El proceso comienza cuando la administración o el juez envía una orden al banco para bloquear la cantidad exacta que se debe. Para el banco será obligatorio informar al cliente de esta situación y después podrá proceder a retener el saldo indicado.

Si bien no existe una cuantía límite concreta, los implicados tendrán que poder quedarse en su cuenta bancaria con unos mínimos para hacer frente a los gastos diarios no pudiendo dejar la cuenta en “números rojos” .

Solo se podrá extraer las cantidades que superen al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que actualmente es de 1.000 euros.

Por lo que Según la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) el embargo de una cuenta estará asociado al saldo, por lo que dependiendo del tramo correspondiente podrán extraer más o menos.

Por ejemplo, si el saldo es dos veces el SMI, se aplicará un 30% de retención, y si lo triplica, se restará un 50%.

¿Conocías esta información?

La factura es el documento oficial que acredita que se ha llevado a cabo dicha transacción, tanto para el profesional qu...
19/04/2022

La factura es el documento oficial que acredita que se ha llevado a cabo dicha transacción, tanto para el profesional que la emite, como para el que la recibe. Es fundamental conocer los términos que marcan el funcionamiento de la facturación y que influirán de forma directa en la gestión fiscal de tu negocio

Conceptos básicos de las facturas:
1. Base imponible:
Importe sobre el que se aplican los impuestos. A la hora de calcular la cuantía del impuesto se ha de multiplicar la base imponible por el tipo de gravamen.
2.Tipo de gravamen o tipo impositivo
Porcentaje que se aplica a la base imponible para obtener la cuota tributaria. Este porcentaje representa la cantidad que hay que pagar a Hacienda en concepto de retención y de IVA ( 4%,10% y 21%).
3.Cuota de IVA repercutido:
Es el importe del impuesto que le corresponde pagar al cliente cuando le facturas. El autónomo se encarga de recaudarlo para luego abonárselo a Hacienda cada tres meses a través del modelo 303.
4.Cuota de IVA soportado
Este es el porcentaje de impuesto que pagas como autónomo al recibir una factura de tu proveedor. Como su propio nombre indica es el IVA que soportas en las compras que realizas para el desarrollo de tu actividad y que pueden ser deducibles.
5.Tipo de retención:
Las retenciones son anticipos que el autónomo profesional realiza a Hacienda en concepto de IRPF. De la misma manera que el IVA, la retención del IRPF, que puede ser del tipo general 15% o tipo reducido 7%, se aplica sobre la base imponible.

18/04/2022

Los autónomos cada vez invierten más en criptomonedas o las admiten, junto a las aplicaciones tipo Bizum, como medio de pago en sus negocios. La Agencia Tributaria explica cómo deberán tributar por ellas en la declaración de IRPF de este año.

Cumplir con obligaciones fiscales y contables en tiempo y forma tal y como requiere la normativa con la solvencia y segu...
08/04/2022

Cumplir con obligaciones fiscales y contables en tiempo y forma tal y como requiere la normativa con la solvencia y seguridad que puede ofrecer un experto en la materia suele ser la principal razón por la que una PYME decide externalizar la gestión de la fiscalidad y de los impuestos.

Si una empresa no cuenta ni con los recursos internos adecuados ni con un equipo propio que le ofrezca soluciones, lo normal es que la gestión de la fiscalidad y la llevanza de la contabilidad suponga un auténtico quebradero de cabeza.

Además, hay que tener en cuenta que cumplir con las obligaciones fiscales y contables supone invertir un tiempo considerable, además de un esfuerzo notable.

Contar con la figura de un asesor fiscal externo para empresas ahorraría tiempo, costes y evitaría los quebraderos de cabeza que supone el tener que cumplir con las obligaciones tributarias (que, normalmente, hay que hacerlo mensual o trimestralmente).

Tener las cuentas de la empresa en manos de un profesional especializado en asesoramiento y gestión contable es, en la mayoría de los casos, fundamental.

Contáctanos, nosotros te ayudamos.

Este año 2022 la Campaña correspondiente al ejercicio 2021 se iniciará, como de costumbre, en el mes de abril y acabará ...
05/04/2022

Este año 2022 la Campaña correspondiente al ejercicio 2021 se iniciará, como de costumbre, en el mes de abril y acabará en junio.

—>Fechas para la declaración de la renta:
* 6 de abril hasta el 30 de junio de 2022: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2021.
* 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2022: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2021 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).
* 1 a 30 de junio de 2022: es cuando la Agencia Tributaria puede confeccionar las declaraciones de Renta 2021 presencialmente en sus oficinas (se puede pedir cita desde el 26 de mayo hasta el 29 de junio).
* 27 de junio de 2022: acaba el plazo de las declaraciones con resultado a ingresar (domiciliación bancaria).

—>Novedades de la Campaña de la Renta 2021

-IRPF: aumento de dos puntos del tipo estatal que grava las rentas del trabajo de más de 300.000 euros, hasta el 47%, y tres puntos para las rentas de capital de más de 200.000 euros, hasta el 26%.
Además en 2021 se redujeron las desgravaciones de planes de pensiones privados individuales a 2.000 euros como aportación máxima, mientras que se elevó el límite conjunto de reducción (partícipe y empresa) de 8.000 a 10.000 euros en los planes de empresa.
Y en cuanto al Si Impuesto sobre el Patrimonio, destacar que el pasado año los PGE introdujeron un alza del 1% para patrimonios de más de 10 millones de euros, hasta un tipo del 3,5%.

Es posible que encuentres dificultades a la hora de rendir cuentas con Hacienda. Pide ayuda a un profesional. Contáctanos.

Nos preparamos para la primera carga impositiva importante del calendario fiscal de 2022.Llega el cierre del primer trim...
31/03/2022

Nos preparamos para la primera carga impositiva importante del calendario fiscal de 2022.

Llega el cierre del primer trimestre y tenemos que ajustar cuentas con Hacienda desde mañana, 1 de abril, hasta el día 20, ambos incluidos.

Comienza cuanto antes a poner en orden tu presentación de impuestos.

Recuerda que tener la contabilidad actualizada y organizada resulta crucial para tomar decisiones de acuerdo a las necesidades de cada empresa/autónomo.

¿Por qué esperar al último día? Anticípate y gana en tranquilidad y ahorro.

Contáctanos.

El programa Kit Digital está dirigido a digitalizar las empresas de entre 10 y 49 empleados y a los autónomos, a las que...
29/03/2022

El programa Kit Digital está dirigido a digitalizar las empresas de entre 10 y 49 empleados y a los autónomos, a las que ofrece bonos por valor de 12.000 euros.

Con ese "bono digital" las pymes podrán adquirir soluciones de digitalización para áreas clave como sitio web y presencia en internet, gestión de redes sociales, comercio electrónico; la gestión de clientes; servicios y herramientas de oficina virtual, inteligencia empresarial y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras y ciberseguridad.

¿Cuales son los requisitos?

1. Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
2. Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
3. Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
4. No tener consideración de empresa en crisis.
5. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
6. No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
7. No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
8. No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).

¿Cuáles son los plazos?

Se abrió el pasado 15 de marzo de 2022, y finalizará en un plazo máximo de seis meses o hasta que los fondos se acaben.

Necesitas ayuda con el trámite? Contáctanos

¿Cuáles son los puntos clave?1. CONTRATOS DE DURACIÓN DETERMINADA: > Desaparece el contrato por obra o servicio. Los con...
23/03/2022

¿Cuáles son los puntos clave?

1. CONTRATOS DE DURACIÓN DETERMINADA:
> Desaparece el contrato por obra o servicio. Los contratos se presumen concertados por tiempo indefinido. También para el sector de la construcción, donde la empresa tendrá que ofrecer una propuesta de recoclocación al trabajador en caso de que fuera posible, o en caso de rechazo, indemnizarlo al 7% según el convenio.
> Así, solo existirá un contrato de duración determinada, que podrá celebrarse por:
A) circunstancias de la producción: En caso de aumento ocasional y previsible del volumen de trabajo de la empresa los contratos no podrá durar más de 6 meses, ampliables a 1 año. y en caso imprevisible y ocasional, los contratos podrán utilizarse durante un total de 90 días y nunca de manera continuada.
B) Por sustitución de la persona trabajadora, para cubrir la jornada reducida por causa legal o convencional, así como para cubrir vacantes durante un proceso de selección (donde el contrato no podrá exceder de 3 meses)

2.CONTRATOS FIJO-DISCONTINUO:
Deberán concentrarse para trabajos de naturaleza estacional o actividades productivas de temporada. Siendo el colectivo preferente para las acciones formativas y pudiendo tener acceso a los subsidios por desempleo.

3.CONTRATOS FORMATIVOS:
Dividido en dos modalidades:
A) Formación en alternancia: con el objeto de compaginar la actividad laboral retribuida con la formación. Sin límite de edad y con una duración mínima de 3 meses y máxima de 3 años. Siendo a tiempo parcial y no pudiéndose realizar horas extras.
B) Obtención de la práctica profesional: destinado a personas con título profesional certificado. Con una duración mínima de 6 meses y máxima de 1 año y cuyo periodo de prueba no podrá superar el mes de duración.

Dirección

Av/Alejandro Rosselló Nº24 2º1ª
Palma De Mallorca
07002

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 17:00
Martes 09:00 - 17:00
Miércoles 09:00 - 17:00
Jueves 09:00 - 17:00
Viernes 09:00 - 17:00

Teléfono

+34871114169

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Ferma Asesores publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Ferma Asesores:

Compartir