31/12/2025
🔊 En relación con la nueva Ley del Seguro (Ley 5/2025 de 24 de julio) por la que se crea la obligación de asegurar todos los vehículos de movilidad personal y se insta a la DGT a regular el registro e inscripción previa como condición para el aseguramiento obligatorio a partir del 2 de enero de 2026, la DGT comunica que:
🛴 Aunque el desarrollo técnico para el registro de los VMP está ya concluido, actualmente se está tramitando el Real Decreto que dará cobertura jurídica a la inscripción de todas las categorías de VMP.
🛴 Mientras se tramita esa regulación, no será aplicable la obligación previa de inscribir los VMP hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo.
🛴 NO será exigible la obligación de aseguramiento de los considerados vehículos personales ligeros a efectos de la disposición adicional primera de la Ley 5/2025 hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo, y pueda realizarse su inscripción.
🛴 Según la Ley 5/2025, aquellos vehículos de movilidad personal con un peso superior a 25 kg y velocidad superior a 14 km/h, SÍ deberán estar asegurados sin necesidad de inscripción previa en el registro. El periodo transitorio para su aseguramiento finalizará el 26 de enero de 2026.
🛴 Una vez quede aprobado y entre en vigor el real decreto correspondiente, todos los VMP estarán obligados a inscribirse en el Registro de Vehículos que se habilitará para ello en la Sede Electrónica de la DGT (informaremos en su momento por nuestros canales sobre el proceso de inscripción).