23/12/2020
El Real Decreto-ley 35/2020 de 22 de Diciembre recoge importantes novedades en aplazamiento de deudas y en la deducción por alquiler de locales.
Para los impuestos a pagar en el 1T de 2021, se establece un periodo de aplazamiento de 6 meses.
Por otro lado, las personas físicas que alquilen locales en los que se desarrollan actividades económicas vinculadas al sector turístico, la hostelería y el comercio y acuerden voluntariamente rebajas en alquiler correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo de 2021, podrán computar como gasto deducible para el cálculo del rendimiento del capital inmobiliario del IRPF la cuantía de la rebaja de la renta acordada durante tales meses.
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