Servipyme Asesores

Servipyme Asesores Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Servipyme Asesores, Corredor de seguros, Paseo Científico Gabriel Císcar 14, Murcia.

17/04/2024

Este fenómeno astronómico es visible desde el hemisferio norte entre el 16 y el 25 de abril

12/01/2024

Echa un vistazo al video de 🅙🅐🅥🅘🅔🅡.

12/01/2024

1857 likes, 30 comments. “❄️🤍 La nieve ha comenzado a caer en uno de los ‘Pueblos Más Bonitos de España’.”

29/03/2016

Calendario fiscal 2016 abreviado para pymes y autónomos, con las principales fechas e impuestos a tener en cuenta a lo largo del año

04/03/2016

Las empresas que incorporen a sus plantillas a menores de 30 años dispondrán de distintas ayudas

14/12/2015

La mayoría de los partidos ha prometido a los autónomos que cambiarán su sistema de cotización a la Seguridad Social para que paguen según sus ingresos. Pero el colectivo tiene otras demandas.

13/12/2015

Alcanza los 691,5 euros, un 23,7 % más que en 2008, por debajo de los aumentos del resto, basados en el IPC

09/12/2015

Análisis de las oportunidades y amenazas para PYMES según un estudio realizado a miles de personas.

09/12/2015

Conoce todas las novedades de la reforma de las bajas laborales que desde el 1 de diciembre se aplican de forma distinta.

14/10/2015

Oficina de Servicios:
Correduria de Seguros.
Asesoria Laboral y Fiscal.
Gestoria.
Abogados

12/12/2014

RETENCIONES – NUEVOS TIPOS 2015
Cambios. Está previsto que a partir del 1 de enero de 2015 se modifiquen determinados tipos de retención en el IRPF. En este sentido:
• Respecto a los rendimientos del trabajo, se reducen los tipos aplicables y el número de tramos de la tabla de retenciones (que pasan de siete a cinco).
• La retención aplicable a los administradores pasará del 42% actual al 37% en 2015, y al 35% a partir de 2016 . No obstante, si la cifra de negocios de su empresa es inferior a 100.000 euros, la retención será del 20% y del 19% respectivamente.
• En general, la retención aplicable a los rendimientos de actividades profesionales, a los del capital mobiliario e inmobiliario y a las ganancias patrimoniales será del 20% en 2015 y del 19% a partir de 2016 (frente al 21% actual).
Sin errores. Estos cambios en los porcentajes de retención pueden provocar errores respecto a las rentas generadas en 2014 que se paguen en 2015. Vea cómo proceder en estos casos.
Retenga cuando pague
Regla general. En general, la obligación de retener nace en el momento en que se pagan las rentas correspondientes. Por ejemplo:
• Si en 2015 satisface una factura por servicios profesionales emitida en 2014, practique la retención vigente en el momento del pago (2015), es decir, el 20% .
• Si ocupa una nave en alquiler y paga la renta correspondiente al mes de diciembre de 2014 en el mes de enero de 2015, retenga también un 20%

Dirección

Paseo Científico Gabriel Císcar 14
Murcia
30007

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Lunes 09:00 - 20:00
Martes 09:00 - 20:00
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