23/05/2021
Qué requisitos pide un seguro por impago de alquiler?
El primer requisito para solicitarlo es que la aseguradora haga un estudio de solvencia al inquilino al que se pretende alquilar el hogar. La aseguradora le pedirá al inquilino diferentes documentos, como sus últimas nóminas o su contrato laboral, para analizar si hay riesgo de que no pague el alquiler. Por norma general, un inquilino no pasará esta prueba si la mensualidad es equivalente o mayor al 40% o 45% de sus ingresos mensuales. También tiene un peso importante en la decisión el historial crediticio del candidato a arrendatario.
¿Qué documentos pide la aseguradora?
Para los inquilinos que sean trabajadores por cuenta ajena los documentos a aportar serán: las dos o tres últimas nóminas, contrato laboral (preferiblemente que sea indefinido), últimos movimientos bancarios (no es lo normal, ya que es un requisito abusivo), vida laboral (de nuevo, no es lo normal) y últimas declaraciones de la renta (tampoco habitual).
Para aquellos que son autónomos lo normal es pedir las dos últimas reclamaciones trimestrales del IVA y la declaración de la renta, así como a veces se puede llegar a pedir que enseñen sus facturas. Como los autónomos no tienen asegurado el trabajo de por vida las aseguradoras suelen ponerles más trabas que a los trabajadores -a no ser que sean autónomos con ingresos altos-.
Si se da el caso de que se le va a alquilar a un jubilado la aseguradora querrá conocer esa pensión para analizar si puede cubrir el alquiler. De nuevo, el pensionista no pasará esta prueba si la mensualidad es equivalente o mayor al 40% o 45% de sus ingresos mensuales.
El segundo requisito sin el cuál no se otorga el seguro es que el inquilino no aparezca en ninguna de las listas de morosos de España.
Y el tercer requisito es que el contrato laboral del inquilino, aunque sea indefinido, debe tener más de un año de duración.
Con todas estas casillas marcadas la aseguradora no dudará en concederte la póliza. Además, esto no solo te beneficia a ti, sino también al inquilino, que no tendrá la necesidad de dar ningún aval si demuestra su solvencia económica.