Agtecse Mediadores CS, SL

Agtecse Mediadores CS, SL SEGUROS ENTRE PERSONAS

24/11/2017

En 1987 el Estado crea los Planes de Pensiones con el objetivo de complementar la pensión pública, para lo cual los dota de una fiscalidad igual a la seguridad social, las aportaciones realizadas se descuentan de los ingresos, para luego cuando se cobran sumarse a la pensión pública y tributándose por ambas.

Para mí, este es el motivo de la existencia de los Planes de Pensiones, que cuando nos jubilemos no nos llevemos la desagradable sorpresa de que no nos podemos permitir el chocolate con churros de la merienda, en el mejor de los casos.

Por este motivo estoy en total desacuerdo con el argumento de los detractores de los Planes de Pensiones que alegan que “son un timo porque cuando los cobras, Hacienda te pega el palo”. Su espíritu es el de complementar la pensión pública, por lo que no están pensados para cobrarlos de una sola vez, aunque se pueda hacer. De hecho, hoy en día existen Planes de Pensiones en los que sus partícipes se han jubilados y que no los cobran ni en forma de renta, ya que les provocarían una subida de tramo fiscal, con la consiguiente disminución de sus ingresos.
Los Planes de Pensiones son muy necesarios, y más para los que nacimos en la “generación del baby-boom”, de hecho, pienso que la información nos ha llegado tarde, porque, aunque se crearon en 1987, no se nos dio una información clara del cómo y el porqué de su existencia.

28/09/2016

¿Qué es un mediador de seguros?
Según Wikipedia:
Mediación, es un mecanismo de resolución de conflictos, en cual un tercero imparcial busca facilitar la comunicación para que las partes sean capaces de resolver un conflicto.
Y el mediador es la persona, física o jurídica, que ejecuta este mecanismo.
Pues bien, dejando los tecnicismos a un lado, hasta que en 2006 se publicó la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, en este país nuestro llamado España, podía hacer de mediador de seguros quien le diera la gana, no era necesario para ejercer ni siquiera el haberse leído el condicionado general del seguro de su coche. Aunque existía el título de Corredor de Seguros expedido por Hacienda a través de la Dirección General de Seguros, cualquiera “vendía” seguros (cuantos porteros de fincas no se habrán sacado un sobresueldo de esta manera).
Es desde la publicación de la citada Ley hasta la fecha cuando el mediador de seguros tomo consciencia y orgullo de sí mismo, dejo de ser un cualquiera.
Para empezar, ya tenía estudios:
- Titulación del grupo A para el director técnico. Para presentarse a las pruebas para la obtención del título hay que tener aprobado como mínimo el acceso a la universidad y luego hacer el curso de un año académico con sus correspondientes exámenes.
- Titulación del grupo B para los auxiliares asesores, los que asesoran al cliente supervisados por el director técnico. Tienen que pasar sus exámenes.
- Titulación del grupo C para la administración y gestión, en pocas palabras, para el personal de oficina. Tienen que pasar sus exámenes.
También tenían y tienen sus obligaciones:
- Ha de ser veraz en su asesoramiento.
- Debe responder por el dinero que le entreguen sus clientes para el pago de las primas o las aseguradoras para el pago de indemnizaciones.
- Deben estar inscritos en el registro especial que indica la Ley.
Aunque no todos los mediadores son iguales:
- Agentes de Seguros: Dependientes de las aseguradoras, pudiendo ser:
• Exclusivos: Dependen de una aseguradora.
• Vinculado: Dependen de varias aseguradoras.
- Operadoras de Banca-Seguros: En MI OPINION, es una figura creada para que los bancos puedan “colocarnos” seguros y hacer caja. Son como los Agentes de Seguros, pero para bancos.
- Corredor de Seguros: Somos aquellas personas, físicas o jurídicas, totalmente independientes de las entidades aseguradoras, y que, a mi entender (o convicción) la Ley nos exige velar por intereses nuestros clientes, exigiéndonos para ello unos lógicos requisitos mayores que al resto de mediadores.
- Corredor de reaseguros: Para grandes riesgos. Es el que, sin que el cliente tenga porque saberlo, “coloca” participaciones de un mismo riesgo entre varias aseguradoras.

P.D. Aunque la comisión que cobramos los mediadores sale de la prima paga por un seguro, esta última no varía en función del tipo de mediador, o dicho de otro modo, por tener un tipo de mediador no se va a pagar ni más ni menos.

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