09/06/2026
📢 Importante novedad para autónomos y empresas
El Tribunal Supremo ha vuelto a corregir el criterio de Hacienda y ha establecido que el IVA de determinados gastos puede ser deducible aunque no esté vinculado de forma directa e inmediata a una operación concreta de la actividad, siempre que contribuya al desarrollo del negocio.
🔍 ¿Qué implica esto en la práctica? Hasta ahora Hacienda solía rechazar con frecuencia el IVA de gastos como patrocinios deportivos, eventos promocionales, acciones de marketing, actividades de relaciones públicas o determinados gastos de representación, alegando que no estaban directamente relacionados con la actividad principal. Con esta nueva doctrina, la deducción podría ser posible si se acredita que dichos gastos persiguen fines empresariales o profesionales.
⚖️ No significa que todo sea deducible, pero sí que los autónomos y empresas disponen de más argumentos para defender gastos que Hacienda venía cuestionando de forma habitual.
📋 Si tienes gastos cuyo IVA no has deducido por miedo a una comprobación, o si Hacienda te ha rechazado alguna deducción, en FINAQ Legal y Empresarial podemos revisar tu caso.
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