Generali La Carolina

Generali La Carolina M.Carmen Quevedo del Fresno. Responsable de ofic. Méndez Núñez, 6
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04/12/2018

La hipoteca no puede llevar seguros vinculados

Hace algunos años cuando una persona solicitaba una hipoteca, la entidad financiera solía exigir la contratación de algún tipo de seguros (hogar, vida...) con el mismo banco. Tras varias reclamaciones presentadas tuvieron que rectificar.

La hipoteca no puede llevar seguros vinculadosPor esta razón, y hasta ahora, lo que hacían era vincular la contratación de los seguros con el interés que aplicaban, ofreciéndolos con una reducción si se contrataba con ellos. El asegurado tenía que renunciar muchas veces a seguros más económicos o con mejores garantías que los que ofrecían las entidades financieras.

Esta situación cambiará en un futuro próximo, ya que el Parlamento Europeo ha aprobado una Directiva que prohíbe vincular seguros a hipotecas. La primera Directiva Europea de Hipotecas nace con la finalidad de mejorar los derechos de las personas hipotecadas. Esta norma incluye, entre los seis pilares fundamentales, la obligación de que las entidades financieras no podrán obligar a los consumidores a contratar “paquetes cerrados”, vinculados a la hipoteca, que incluyan otros préstamos o servicios como, por ejemplo, los seguros.

La Directiva es una norma que vincula a los estados miembros de la Unión Europea, por lo que deberán, en este caso, incluirla en su legislación.

Con esta nueva norma, el banco podrá pedir la garantía de un seguro pero sin vincularlo con la hipoteca. La elección del mismo correrá a cargo del consumidor. Así, el cliente podrá elegir el que más se adapte a sus necesidades, teniendo en cuenta las coberturas que ofrece dicho seguro. Por tanto, se recomienda dirigirse a los profesionales del sector para recibir una información más completa y personalizada. La elección del seguro siempre es determinante, más aún cuando hay una hipoteca de por medio.

Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA

04/12/2018

Aseguradoras tradicionales

Se denomina aseguradora tradicional a aquella compañía que tiene desarrollada una estructura de oficinas y agentes repartidos por toda la geografía y donde puedes acudir para solicitar información o suscribir tus pólizas. Su negocio se basa precisamente en esa red, ya que a través de ella ofrece un trato personalizado basado en su experiencia y reputación. El hecho de que una aseguradora ponga a disposición de sus clientes oficinas, agencias o mediadores especializados hace que sus servicios se perciban como cercanos.

Este tipo de empresas de seguros son las que llevan más tiempo operando. Gracias a esa larga implantación en el mercado han logrado un incentivo de confianza en los usuarios que hace que un gran número de ellos las elijan y que en muchos casos permanezcan con ellas durante muchos años. Un ejemplo de aseguradoras tradicionales con las que puedes contratar tus seguros son Generali, Mapfre o Reale, entre otras.

23/02/2018
blogdelseguro.com/la-dgt-advierte-de-las-posibles-sanciones-a-los-propietarios-de-vehiculos-no-asegurados/?utm_source=fe...
26/04/2017

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15 La DGT advierte de las posibles sanciones a los propietarios de vehículos no asegurados Posted on enero 25, 2016 by Jfranco Según informa UNESPA, la Dirección General de Tráfico (DGT) lanzará durante los meses de febrero y marzo un proceso de comunicación a todos los propietarios de vehículos no…

26/04/2017

El infraseguro en el seguro de hogar

Publicada en 9 Marzo, 2017
El infraseguro en el seguro de hogar es un riesgo que no deberías asumir. Un infraseguro se produce cuando se contrata una póliza de seguro cuyo valor es inferior al valor real de los bienes. Los importes declarados como continente y contenido son los que las compañías utilizan para calcular la prima a pagar. Si es cierto que si los importes que declaramos para asegurar son mas bajos, la prima también sera mas barata. Pero vamos a explicar que ocurriría si sucede un siniestro y tienes un infraseguro.
El infraseguro en el seguro de hogar

El infraseguro una práctica perjudicial para el asegurado
Habitualmente suele ser el cliente el que determine cual es el valor de los bienes que quiere cubrir en su seguro. Esto puede llevar a valorar los bienes por debajo del valor real (infraseguro). Normalmente es para ahorrar dinero en la prima a pagar. Pero seguramente no sepa al perjuicio económico al que se enfrenta en caso de siniestro. La indemnización se define como la compensación económica por el menoscabo producido al perjudicado en caso de siniestro. En el caso del seguro de hogar, es la contraprestación que debe pagar el asegurador para compensar el pago de la prima que realiza el asegurado según el contrato de la póliza.

El fin ultimo de la indemnización es reponer económicamente el patrimonio del asegurado afectado por un siniestro. Esto se puede hacer mediante la sustitución de los objetos dañados o con la cantidad económica equivalente para restablecer dichos bienes. Todo esto teniendo en cuenta que el valor de reposición no puede exceder el precio del valor dañado inmediatamente antes de producirse el siniestro.

Por lo tanto, la indemnización nunca puede ser superior al capital asegurado en póliza. Y ademas tampoco puede exceder el precio del objeto dañado inmediatamente antes de producirse el siniestro. Si los capitales en póliza están bien ajustados no hay problemas para que la compañía asuma las indemnizaciones correspondientes.

Ejemplos prácticos de infraseguro
Como mejor podemos explicar el perjuicio económico del infraseguro es con un ejemplo practico. Si por ejemplo tiene una vivienda de 100 metros cuadrados y declara que es de 90 metros. O si tiene un valor real de la construcción de 100.000 euros y declara 80.000 euros. En el supuesto de producirse un incendio, imaginemos que el importe de la reparación supone 20.000 euros. Pues lo que haríamos es un calculo de proporcionalidad. Es decir, en lugar de recibir los 20.000 euros que seria el importe total del daño, percibiría 16.000 euros, que es la parte proporcional.

Otro ejemplo, imaginamos que tenemos un contenido real de 20.000 euros, pero el importe asegurado es de 15.000. En caso de sufrir un robo por valor de 1.000 euros, la cantidad a percibir seria 750 euros.

Como sabemos que calcular de manera exacta el valor de todos los bienes es complejo, le aconsejamos que no se arriesgue a poner los capitales al azar. Dejese asesorar por los mediadores de seguros. Son los profesionales que le van a aconsejar para que su patrimonio este protegido correctamente.

11/04/2017

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07/03/2015

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