Moriana. Gestión Integral

Moriana. Gestión Integral Asesoramiento y Gestión Integral. Contable, Fiscal, Laboral y Gestoría Administrativa NUEVAS EMPRESAS: Si tiene un nuevo proyecto nosotros somos Punto PAIT.

GESTORIA MORIANA fue fundada hace más de 70 años en la ciudad de Jaén y la unión de esta larga experiencia con nuestros principales valores nos convierten en un despacho de referencia. ASESORIA INTEGRAL: Asesoramiento de todos los trámites, problemas o asuntos que pueda tener con la Administración. SERVICIO PERSONALIZADO: Nos adaptamos a cualquier tipo de problema que usted pued

a tener con la Administración para estudiarlo y resolverlo. No podemos dedicarnos a dar por buenos documentos oficiales sin estudiarlos. FORMACIÓN: La disposición de bibliografía y la asistencia a los principales cursos de nivel nacional por parte del personal proporcionan la mejor cualificación para afrontar los problemas. NUESTROS SERVICIOS:

CONTABILIDAD Y FISCAL: Ponemos a su disposición la mejor formación y experiencia profesional para asesorarle en la contabilidad de su empresa y en la gestión de sus impuestos y modelos tributarios para que siempre esté al día de sus obligaciones fiscales y contables. LABORAL: Consiga la tranquilidad de que toda la gestión de su situación laboral está asesorada por los mejores profesionales. GESTORIA ADMINISTRATIVA: Nos encargamos de cualquier trámite con la Administración y con cualquier otro Organismo. Le asesoramos en su puesta en marcha y le gestionamos todos los trámites administrativos. OTROS SERVICIOS: Les ofrecemos todos los servicios correspondientes a la Asesoría Integral y la seguridad de estar perfectamente informado de las novedades en cualquier ámbito relacionado con la Administración. Asesoramiento JURIDICO, Seguros, Subvenciones y ayudas, Protección de datos, etc.

NOVEDAD IMPUESTO SOCIEDADES. ENTIDADES CON INGRESOS INFERIORES A 50.000 € NO DECLARARÁN POR SOCIEDADES.El Ministerio de ...
06/03/2015

NOVEDAD IMPUESTO SOCIEDADES. ENTIDADES CON INGRESOS INFERIORES A 50.000 € NO DECLARARÁN POR SOCIEDADES.

El Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas a través del R.D.L. 1/2015 de 27 de Febrero, ha aprobado una disposición normativa para excluir de la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades a colectivos de menor entidad (Hasta 50.000 €)

Podéis encontrar más información en nuestra página web.

http://www.gestoriamoriana.com/noticias/novedad3/

La convocatoria de esta ayuda es inminente:Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la creación d...
04/03/2015

La convocatoria de esta ayuda es inminente:

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la creación de empresas para jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y efectúa su convocatoria para 2015. (una vez publicada en BOJA).

Os adjuntamos el enlace al borrador.

http://www.upa-andalucia.es/wp-content/uploads/2015/02/BORRADOR-1%C2%AA-INSTALACION-2015_27_02_15.pdf

LOS PRIMEROS 500€ DE SALARIO DE LOS NUEVOS CONTRATOS INDEFINIDOS ESTARÁN EXENTOS DE COTIZACIÓN.Si el contrato es a tiemp...
04/03/2015

LOS PRIMEROS 500€ DE SALARIO DE LOS NUEVOS CONTRATOS INDEFINIDOS ESTARÁN EXENTOS DE COTIZACIÓN.

Si el contrato es a tiempo completo, estará exento en los primeros 500 € de la base por contingencias comunes de la empresa. Al resto de la base se le aplica el tipo de cotización vigente.
Si el contrato es a tiempo parcial, se aplicará el porcentaje de reducción de forma proporcional.

Este beneficio se aplicará durante 24 meses, con los contratos formalizados desde el 01 de marzo hasta el 31 de agosto de 2016. En el caso de empresas con menos de 10 trabajadores, podrán mantener la reducción 12 meses más, pero la exención en este periodo será de 250 €, o parte proporcional si es a tiempo parcial.

Requisitos:
- El contrato indefinido debe suponer un incremento, tanto del nivel de empleo indefinido, como total. Para ver que se produce dicho incremento, tendrán como referencia el promedio de trabajadores que hayan trabajado los 30 días previos al alta en la empresa.
- Mantener durante 36 meses el nivel de empleo indefinido y total. Se revisará el cumplimiento a los 12 meses, con el promedio de trabajadores indefinidos y totales del mes que corresponda.
- La empresa debe estar al corriente de pagos a Seguridad Social y Hacienda.
- No haber extinguido en los últimos 6 meses contratos de trabajo por causas objetivas o despidos disciplinarios.
- La empresa no debe haber sido excluida de la aplicación de los programas de empleo.

BOE.es

Buenos días, os dejamos esta noticia sobre las nuevas medidas aprobadas para Autónomos.
03/03/2015

Buenos días, os dejamos esta noticia sobre las nuevas medidas aprobadas para Autónomos.

Los autómos que se beneficien de la bonificación para dedicarse al cuidado de hijos o familiares dependientes deberán contratar a un sustituto por lo menos durante tres meses.

Venga, a por lo que queda de semana!!!!!
26/02/2015

Venga, a por lo que queda de semana!!!!!

EXENCIÓN EN RENTA POR EL PAGO ÚNICO.Iniciar una actividad económica como trabajador autónomo y solicitar la prestación d...
25/02/2015

EXENCIÓN EN RENTA POR EL PAGO ÚNICO.

Iniciar una actividad económica como trabajador autónomo y solicitar la prestación de desempleo en su modalidad de pago único para ese fin lleva aparejada la exención en la Declaración de la Renta de las prestaciones recibidas, con un límite de 15.500 euros.

Para poder beneficiarse de esta medida, es necesario cumplir con un requisito, mantener la actividad durante, al menos, cinco años.

La Dirección General de Tributos, en Consulta Vinculante de 5 de Septiembre de 2014, afirma que, en el supuesto de producirse el incumplimiento de este requisito, se perderá el derecho a la aplicación de la exención.

Se especifica que de producirse el cese de la actividad, la regularización de la situación tributaria por la pérdida del derecho a la exención, deberá realizarse en la autoliquidación del I.R.P.F. correspondiente al periodo impositivo en el que se produjo el incumplimiento del plazo de mantenimiento de la actividad económica.

Renta 2014: ¿me sale a pagar o a devolver?.Mientras comienzan los plazo, la Agencia Tributaria ha puesto a disposición d...
19/02/2015

Renta 2014: ¿me sale a pagar o a devolver?.

Mientras comienzan los plazo, la Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes una herramienta que facilita los cálculos y permite hacerse una idea del resultado de la declaración del IRPF.

Se trata de un simulador que calcula el resultado de la hipotética declaración, si bien se realiza con los datos que introduce el propio usuario. La herramienta es una ayuda pero "no tiene validez jurídica" puntualiza la agencia tributaria y los resultados "no son vinculantes".

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Historico/Simulador_IRPF_2014.shtml

Os dejamos en nuestra web, las novedades que se presentan para el modelo 347. El plazo para su presentación termina el 2...
17/02/2015

Os dejamos en nuestra web, las novedades que se presentan para el modelo 347. El plazo para su presentación termina el 2 de Marzo.

También recordar a las comunidades de bienes y de más sociedades civiles que también hay que presentar el Modelo 184.
En él se declaran una serie de rentas que la entidad ha obtenido en el año natural precedente, en este caso el 2014 y se indica el importe que se atribuye a cada miembro de la misma en proporción a su porcentaje de participación.

Las entidades en atribución de rentas mediante las que no se ejerzan actividades económicas y cuyas rentas no excedan de 3.000 euros anuales no tienen que presentar el modelo.
http://gestoriamoriana.com/noticias/novedad2/

El Modelo 347 es una declaración anual informativa de operaciones con terceras personas, que están obligados a presentar los empresarios y profesionales siempre que hayan realizado operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural, en este ejercicio presentamos la…

Declaración por IRPF correspondiente a 2014.
13/02/2015

Declaración por IRPF correspondiente a 2014.

Cuenta atrás para el inicio de la campaña de la declaración de la renta 2015, este año con novedades tras la aprobación de la reforma fiscal. El 7 de abril se abrirá el plazo de presentación.

MODELO 347.Os recordamos que antes del 2 de Marzo hay que presentar el Modelo 347 referente al ejercicio 2014.Comentaros...
11/02/2015

MODELO 347.

Os recordamos que antes del 2 de Marzo hay que presentar el Modelo 347 referente al ejercicio 2014.

Comentaros que el Modelo 347 es una declaración anual informativa de operaciones con terceras personas, que están obligados a presentar los empresarios y profesionales siempre que hayan realizado operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural, computando de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.

www.gestoriamoriana.com

Obligación de las Empresas de trasladar la reforma fiscal a las nóminas.
06/02/2015

Obligación de las Empresas de trasladar la reforma fiscal a las nóminas.

La nómina de enero de los trabajadores debería incluir una rebaja del tipo de retención, sin embargo, hay empresas que todavía aplican los tipos y tramos antiguos del IRPF.

Los nuevos Umbrales INTRASTAT 2015Se ha publicado recientemente  la Orden que regula anualmente los importes que obligan...
04/02/2015

Los nuevos Umbrales INTRASTAT 2015

Se ha publicado recientemente la Orden que regula anualmente los importes que obligan a declarar las operaciones intracomunitarias a través de declaraciones estadísticas, así como información relativa a los umbrales INTRASTAT 2015. Os adelantamos que los umbrales estadísticos han aumentado, a saber:

•Umbrales INTRASTAT 2015 en INTRODUCCIONES en España: 400.000 €
•Umbrales INTRASTAT 2015 en EXPEDICIONES en España: 400.000 €

No obstante existen otras características del operador que definen su obligación o no a presentar INTRASTAT en 2015.
Es importante conocerlas bien para no acabar recibiendo un requerimiento de la Agencia Tributaria (en el mejor de los casos) por el desconocimiento.

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