19/10/2024
¿QUIEN PAGA LOS DESTROZOS DE UN VEHÍCULO ROBADO?
Atención a lo que dice la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 29ª, en su Sentencia 43/2024 de 1 Feb. 2024, Rec. 49/2024.
El Consorcio de Compensación de Seguros actúa como fondo de garantía y está obligado a abonar las indemnizaciones por los daños causados por un vehículo robado a un tercero, pero no los daños en el propio vehículo (el robado).
Es la cuestión que ha resuelto la Audiencia Provincial de Madrid, en una sentencia, donde corrige el criterio del Juzgado de Instancia y explica que, en casos así, el seguro debe pagar por los daños a terceros, pero, en cambio y respecto a los daños sobre el propio vehículo robado dice que no debe abonarlos el seguro.
En concreto, el fallo libera al Consorcio eCompensación de Seguros de responder por los daños ocasionados en el vehículo robado. Si bien la ley establece que es obligación de este organismo responder por los daños a terceros, los magistrados especifican que, cuando el vehículo es robado, los daños que sufre daño la propia motocicleta deben quedar excluidos de esta norma.
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