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❗DUDAS SOBRE EL ESTADO DE ALARMA❗➡️¿Es un estado de alarma como el anterior?No. ➡️¿En qué se diferencia?Principalmente e...
26/10/2020

❗DUDAS SOBRE EL ESTADO DE ALARMA❗

➡️¿Es un estado de alarma como el anterior?

No.

➡️¿En qué se diferencia?

Principalmente en que no habrá confinamiento domiciliario de la población.

➡️¿Cuándo entra en vigor?

Esta tarde.

➡️¿Hasta cuándo se prolongará este estado de alarma?

Seguro que hasta el lunes 9 de noviembre, pero la idea inicial del gobierno es que el estado de alarma se prolongue durante seis meses, hasta el 9 de mayo. Tiene que aprobarse en el Congreso de los Diputados esta semana.

➡️¿Podría terminar antes del 9 de mayo?

Sí, pero no parece que vaya a suceder. Los seis meses que marca el Gobierno obedece a criterios científicos y técnicos. Según los expertos, este es el tiempo necesario para doblegar la curva y frenar el avance de la pandemia.

➡️¿Va a haber confinamiento general de la población?

Inicialmente no, pero las competencias las tienen los presidentes de cada comunidad autónoma. De manera que si los datos empeoran en una comunidad, podrían llegar a decretar confinamiento domiciliario.
En cualquier caso, la petición del gobierno es que la población se quede en casa lo máximo posible. A menos movilidad, menos contactos y menos posibilidades contagio.

➡️¿Vamos a poder salir libremente de casa?

No. Durante el día se podrá salir con cualquier fin, pero por la noche se limitan los movimientos.

➡️¿De qué hora a qué hora va el toque de queda?

En todo el territorio nacional, el toque de queda va de 23:00 horas a 06:00 horas.

➡️¿Todas las comunidades autónomas tienen el mismo horario?

No. Cada comunidad autónoma puede adelantar o atrasar la hora de inicio del toque de queda. Así podría empezar entre las 22:00 y 00:00 horas, y terminar entre las 5:00 y las 7:00 horas

➡️¿Hay excepciones al toque de queda?

Sí. Durante el toque de queda se puede estar en la calle por las siguientes causas justificadas. Estas serían algunas:

📌Adquirir medicamentos.

📌Volver del trabajo.

📌Regresar al domicilio.

📌Cuidar personas mayores.

➡️¿Puedo entonces sacar al perro a partir de las 23:00 horas o salir a correr?

En principio no, salvo que en tu comunidad autónoma concreta se establezca como hora de inicio del toque de queda las 00:00 horas.

➡️¿Qué va a pasar esta Navidad?

No se sabe, pero lo más seguro es que se tendrán que celebrar las fiestas de Nochebuena y Fin de Año con los convivientes. El gobierno pretende aprobar el estado de alarma hasta al 9 de mayo. Se prolongaría hasta esa fecha el toque de queda, de manera que a partir de las 23:00 horas no se podría estar en la calle.

➡️¿Hay alguna comunidad autónoma que no tendrá toque de queda?

Sí, las islas Canarias.

➡️¿Podremos movernos dentro de la comunidad autónoma?

Depende. Cada comunidad decidirá si hay libre circulación en su territorio o si se realizarán confinamientos perimetrales —de barrio, ciudad, distrito, provincia...— dentro de la propia comunidad.

➡️¿Habrá movimiento entre comunidades?

También depende. Cada comunidad decide si cierra su territorio a otras autonomías. En caso de que una comunidad cerrase sus fronteras, puede haber desplazamientos por motivos laborales, educativos o médicos.

➡️ ¿Cuántas personas pueden reunirse?

Las comunidades también podrán limitar las reuniones sociales, pero con un límite máximo de seis personas, salvo que sean convivientes.

¿Tributan las ayudas recibidas por el COVID?.La respuesta es afirmativa. Que nadie piense que se va a librar del pago a ...
30/09/2020

¿Tributan las ayudas recibidas por el COVID?.

La respuesta es afirmativa. Que nadie piense que se va a librar del pago a Hacienda

Por este motivo, les recomendamos que si han cobrado algún tipo de ayuda a raiz del COVID, planifique, antes de terminar el año, su declaración de RENTA 2020.

¿Sabes que en tu declaración de la Renta puedes aplicar la deducción por arrendamiento de vivienda habitual?Dicha deducc...
22/05/2020

¿Sabes que en tu declaración de la Renta puedes aplicar la deducción por arrendamiento de vivienda habitual?

Dicha deducción es del 15% de las cantidades pagadas durante el ejercicio 2019, con el limite de 550 euros. La deducción es del 20%, con el limite de 700 euros, si tienes una edad igual o inferior a 35 años.

¿Qué debes cumplir?

Tiene que ser tu vivienda habitual y el contrato debe tener una duración igual o superior a un año.

Debes haber presentado antes de la presentación de tu declaración de la Renta la autoliquidación de ITP y AJD derivado del contrato de arrendatario.

No puedes ser titular de otra vivienda que se encuentre a menos de 100 Km de la vivienda arrendada.

No debes tener derecho a alguna deducción por inversión en vivienda habitual.

Y tu base liquidable general y tu base liquidable del ahorro no debe ser superior a 30.000,00 euros en tributación individual o a 50.000,00 euros en tributación conjunta.

Os dejamos un articulo nuestro publicado en el periódico Información.
01/05/2020

Os dejamos un articulo nuestro publicado en el periódico Información.

Estimados clientes y amigos,Desde nuestro despacho esperamos que todos os encontréis en perfecto estado de salud, y podá...
26/03/2020

Estimados clientes y amigos,

Desde nuestro despacho esperamos que todos os encontréis en perfecto estado de salud, y podáis estar superando esta dura etapa en las mejores condiciones y siempre junto a vuestras familias.

Aprovechamos para informaros que todo el equipo seguimos trabajando duro para poder llevar a cabo las medidas implantadas por el gobierno a raíz de esta crisis sanitaria, así como para poder seguir atendiendo vuestras obligaciones ante la administración y otras necesidades extraordinarias que en estos momentos puedan surgir y estén dentro de nuestras competencias.

Os enviamos mucho ánimo y esperamos que pronto podamos retomar la normalidad en nuestra vidas y en nuestras empresas.

Un caluroso abrazo de todo el equipo de GARANTA.

18/03/2020
El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros de hoy que el periodo de cuarentena va a ser asimilado al accidente d...
10/03/2020

El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros de hoy que el periodo de cuarentena va a ser asimilado al accidente de trabajo, lo que da lugar a que desde el primer día de baja el 75% del salario del trabajador sea asumido por la entidad de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La empresa deberá seguir pagando la seguridad social y el complemento salarial si el convenio de aplicación así lo establece.

Trabajar duro por algo que amamos se llama pasión.¡Feliz día de la mujer trabajadora!
06/03/2020

Trabajar duro por algo que amamos se llama pasión.

¡Feliz día de la mujer trabajadora!

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