27/08/2026
El Tribunal Supremo refuerza la deducibilidad de determinados gastos e IVA
En los últimos días se están difundiendo noticias que hablan de “nuevos gastos deducibles desde septiembre”.
Conviene hacer una precisión importante: no se ha aprobado una nueva deducción fiscal con efectos desde septiembre.
Lo que sí se ha producido son distintos pronunciamientos judiciales que refuerzan la posición de empresas, autónomos y profesionales frente a determinados criterios que venía aplicando la Administración Tributaria.
Entre los aspectos más destacados encontramos:
• Retribuciones de administradores: el Tribunal Supremo refuerza su deducibilidad cuando respondan a servicios reales, estén correctamente contabilizadas, imputadas y justificadas, sin que determinados defectos mercantiles supongan automáticamente la pérdida del gasto.
• IVA en actividades distintas del objeto social: una sociedad puede tener derecho a deducir el IVA soportado correspondiente a una actividad económica realmente desarrollada, aunque dicha actividad no figure expresamente dentro de su objeto social, siempre que exista vinculación entre el gasto y la actividad.
• Socios profesionales y RETA: el Tribunal Supremo también ha aclarado que, en determinados supuestos, la ausencia de alta formal en RETA no impide necesariamente que los rendimientos tengan la consideración fiscal de actividad económica. Esto no elimina las obligaciones que puedan existir frente a la Seguridad Social.
• Deducciones por I+D+i: recientes resoluciones judiciales también refuerzan el valor de los informes técnicos emitidos por los organismos competentes a la hora de acreditar determinados proyectos de investigación, desarrollo e innovación.
Por tanto, no estamos ante “nuevos gastos” creados por una reforma fiscal, sino ante criterios jurisprudenciales que interpretan la normativa vigente y que pueden resultar muy relevantes en determinadas comprobaciones, liquidaciones o solicitudes de rectificación.
Cada caso debe analizarse individualmente antes de aplicar estos criterios.
Agencia Ramos
Asesoramiento fiscal y contable