15/03/2017
¿Cómo tributa la devolución de las cláusulas suelo?
El Real Decreto Ley 1/2017, de medidas urgentes de protección a consumidores establece medidas para facilitar la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito en aplicación de determinadas cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria.
Cláusula suelo es cualquier estipulación incluida en un contrato de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria a tipo variable, o para el tramo variable de otro tipo de préstamo, que limite a la baja la variabilidad del tipo de interés.
La devolución de intereses cobrados en concepto de cláusula suelo afectará fiscalmente de manera diferente a tu declaración del IRPF dependiendo de la forma de devolución.
¿Cómo te puede afectar en el IRPF?
Si la devolución se debe a una sentencia judicial o por acuerdo con el banco, no tienes que incluir los intereses de la devolución de la cláusula suelo en la declaración de la renta.
Si la devolución se produce con una reducción del capital de tu hipoteca, no podrás sumar ese importe a efectos de deducción por inversión en vivienda habitual.
Si en los últimos cuatro años fiscales te aplicaste deducción por adquisición por vivienda y estos intereses que te devuelven ahora afectaron al resultado de tus declaraciones anteriores, tendrás que devolver el beneficio que obtuviste, mediante una complementaria. La buena noticia es que no se aplicará recargo, sanción, ni intereses de demora.