19/05/2025
¿Tu aseguradora ha rechazado una indemnización o siniestro? Conoce tus derechos.
Cuando ocurre un siniestro, la compañía aseguradora dispone de un plazo máximo de 3 meses desde que se le notifica el hecho para indemnizar, reparar o rechazar el siniestro. Si optan por rechazarlo, están obligados a comunicarlo por escrito y con justificación clara de los motivos del rechazo.
Sin embargo, en la práctica muchos asegurados reciben respuestas genéricas como: “el daño no está cubierto”, sin más detalles. Esto no cumple con la ley.
📌 ¿Qué hacer si no estás de acuerdo con el rechazo?
Pide por escrito la motivación del rechazo, citando el art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro.
Revisa tu póliza para confirmar si realmente el daño está excluido.
Presenta una reclamación escrita al defensor del asegurado o al servicio de atención al cliente.
Si en 2 meses no obtienes respuesta, acude a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).
Y si aún no se resuelve, puedes optar por la vía judicial o arbitral.
📢 Muchos rechazos no están debidamente justificados. Conocer tus derechos, plazos y procedimientos te protege frente a decisiones incorrectas o abusivas.
¿Te ha pasado algo parecido? ¿Te han rechazado un siniestro sin explicaciones claras? Cuéntamelo en los comentarios.
✅ 2. Verificación legal (según la Ley de Contrato de Seguro):
El contenido es correcto y ajustado a la normativa vigente, en especial al Artículo 20 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, que establece:
La aseguradora tiene 40 días para pagar el importe mínimo del siniestro desde que recibe la declaración.
En máximo 3 meses, debe indemnizar o rechazar por escrito.
Si no lo hace, puede incurrir en intereses de demora (hasta el 20% anual).
También se ajusta al procedimiento de reclamaciones ante la aseguradora, defensor del cliente y la Dirección General de Seguros, recogido en la Ley 20/2015 y el Real Decreto 1060/2015, que regulan la supervisión y distribución de seguros en España.
Mejor llama a Mario 647 05 93 54
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