AENA Auditores y Consultores

AENA Auditores y Consultores AENA Auditores y Consultores Cía. fue constituida en Quito, el 1 de octubre de 1990, por el CPA Wilson Silva Mantilla.

Somos una firma seria que contribuye en su
empresa con Auditorias transparentes, que se
realizan con la mayor seriedad y competencia,
tomando en cuenta todas y cada una de las
necesidades de nuestro cliente.

¡BUENA NOTICIA PARA ECUADOR! 🇪🇨 El riesgo país cae a su nivel más bajo en 8 añosEl 10 de abril de 2026, el índice de rie...
20/04/2026

¡BUENA NOTICIA PARA ECUADOR! 🇪🇨 El riesgo país cae a su nivel más bajo en 8 años

El 10 de abril de 2026, el índice de riesgo país de Ecuador (medido por JP Morgan) se ubicó en 436 puntos básicos, la cifra más baja desde mayo de 2018. Esto representa una reducción acumulada de 1.472 puntos en los últimos doce meses, ya que en abril de 2025 superaba los 1.900 puntos.

¿Por qué es importante?
Un riesgo país bajo significa que los inversores confían en la economía ecuatoriana. Esto se traduce en créditos más baratos para el Estado y las empresas, más inversión extranjera y, potencialmente, más empleo.

¿Qué factores explican este histórico descenso?

Acuerdo con el FMI – Ecuador cumple las metas fiscales y de reservas, generando previsibilidad.

Manejo de deuda récord – En enero de 2026 se emitieron USD 4.000 millones en eurobonos y se recompraron USD 3.000 millones, ahorrando USD 698 millones en servicio de deuda este año.

Crecimiento del 3,7% en 2025 – El PIB revirtió la caída de 2024, impulsado por exportaciones no petroleras (camarón, banano, cacao, minería) y consumo interno.

Reservas internacionales en máximos históricos – Alcanzaron USD 11.940 millones al 13 de marzo de 2026, fortaleciendo la dolarización.

Impacto en tu bolsillo
Menor riesgo país → tasas de interés más competitivas → empresas pueden financiarse mejor → más inversión y empleo. Además, el Estado gasta menos en pagar intereses de la deuda, liberando recursos para salud, educación y subsidios.

Perspectivas
El Gobierno espera mantener el riesgo país por debajo de 500 puntos durante 2026, siempre que se mantenga la disciplina fiscal y no haya choques externos severos (como el conflicto en Medio Oriente o una desaceleración de China).

¿Crees que esta mejora se sentirá en la economía diaria? Te leo en comentarios.
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🚨 ATENCIÓN: Ecuador amaneció con el aumento más fuerte en el precio de los combustibles en dos añosDesde el 12 de abril ...
20/04/2026

🚨 ATENCIÓN: Ecuador amaneció con el aumento más fuerte en el precio de los combustibles en dos años

Desde el 12 de abril de 2026, los ecuatorianos pagan más de USD 3 por galón de gasolina regular por primera vez en la historia. La gasolina Extra y Ecopaís subieron a USD 3,024 por galón, un incremento del 4,64% respecto al mes anterior.

Pero el golpe más fuerte en términos absolutos lo recibió la gasolina Súper Premium 95, que aumentó 95 centavos por galón, llegando a USD 4,57 (+26,2%).

¿Por qué ocurrió esta alza?
El conflicto bélico en Medio Oriente (guerra de Estados Unidos e Israel contra Irán) ha interrumpido el suministro de crudo en el estrecho de Ormuz, elevando el precio del petróleo ecuatoriano por encima de los USD 80 e incluso superando los USD 100 por barril.

¿Podría haber sido peor?
Sí. El sistema de bandas impide que la gasolina Extra, Ecopaís y el diésel suban más del 5% mensual. Sin este mecanismo, el precio real de la Extra sería USD 3,41 por galón. El Estado sigue subsidiando: USD 0,39 por galón de Extra, USD 0,46 por galón de Ecopaís y USD 1,60 por galón de diésel Premium.

Impacto en tu bolsillo

Un vehículo familiar (60 galones/mes) pagará USD 8,10 más al mes.

Un taxista (100 galones/mes) gastará USD 13,50 adicionales.

Para evitar que el alza se traslade a las tarifas, el Gobierno destinó USD 197 millones para compensar a más de 23.300 transportistas (buses y taxis).

📅 La próxima revisión será el 12 de mayo de 2026.

¿Ya sentiste el impacto en tu economía? Cuéntanos en los comentarios.
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Ecuador: Reforma a la devolución del ISD para exportadores habituales – Resolución CPT-RES-2026-001El Comité de Política...
13/04/2026

Ecuador: Reforma a la devolución del ISD para exportadores habituales – Resolución CPT-RES-2026-001

El Comité de Política Tributaria publicó el 2 de abril de 2026 la Resolución CPT-RES-2026-001, que modifica las condiciones para la devolución del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) a exportadores habituales de bienes. La norma entró en vigencia el 6 de abril de 2026.

Puntos clave para el sector empresarial:

• Actualización dinámica de subpartidas: El listado de materias primas e insumos será emitido por el Ministerio de Producción, permitiendo una respuesta ágil a los cambios del mercado.
• Certidumbre fiscal: La devolución procede incluso si se supera el límite fiscal anual fijado por el Ministerio de Economía.
• Tarifas diferenciadas 2026 (Decreto Ejecutivo 272): 2,5% para sectores productivos estratégicos y 0% para el sector farmacéutico.
• Antecedente legal: La reforma compensa la eliminación del crédito tributario del ISD declarado inconstitucional en la Sentencia 58-11-IN/22 de la Corte Constitucional.

Impacto esperado: Mayor competitividad para los exportadores, ordenamiento del gasto tributario y fortalecimiento de la cadena productiva nacional.

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📢 Atención, contribuyentes en Ecuador:El SRI acaba de publicar la Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000015 que cambia las r...
10/04/2026

📢 Atención, contribuyentes en Ecuador:
El SRI acaba de publicar la Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000015 que cambia las reglas para el uso de notas de crédito desmaterializadas a partir de abril y mayo de 2026.

🔍 Los 4 cambios clave que debes conocer:

1️⃣ Estado de cuenta centralizado – Ahora podrás ver tu saldo disponible en una sola cuenta dentro del SRI en Línea, como si fuera una cuenta bancaria.

2️⃣ Nuevo límite del 60% (desde el 1 de mayo) – Solo podrás compensar hasta el 60% del valor a pagar en tus declaraciones tributarias. El 40% restante deberá cancelarse con medios ordinarios (transferencias, débito, efectivo).

3️⃣ Excepción para notas de crédito del ISD – El límite del 60% NO aplica para saldos provenientes del Impuesto a la Salida de Divisas.

4️⃣ Adiós al uso aduanero – Desde el 1 de abril de 2026 ya no se pueden usar notas de crédito del SRI para garantizar obligaciones en el SENAE.

📅 Fechas clave:
✅ 1 de abril: vigencia general y eliminación de garantía aduanera.
✅ 1 de mayo: límite del 60% y reforma al pago de impuestos.

💰 Impacto en tu liquidez:
Si estabas acostumbrado a pagar el 100% de tus impuestos con notas de crédito, a partir de mayo necesitarás tener el 40% en efectivo o transferencia.

🔁 Recomendaciones:
✔️ Revisa tu saldo actual en el SRI en Línea.
✔️ Planifica tu flujo de caja para cubrir el 40% restante.
✔️ Si usaste notas de crédito como garantía aduanera, contacta al SENAE para reemplazarlas.

📌 Fuente: Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000015 – Registro Oficial No. 256.
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📢 Comunicado OficialInformamos a nuestra comunidad sobre una actualización en nuestro equipo de consultoría. ✅Reafirmamo...
06/04/2026

📢 Comunicado Oficial

Informamos a nuestra comunidad sobre una actualización en nuestro equipo de consultoría. ✅

Reafirmamos nuestro compromiso de seguir brindando servicios de calidad, con el profesionalismo y la confianza que nos caracterizan. 🤝🔍

📄 ECUADOR: MINISTERIO DEL TRABAJO REGULA EL SALARIO DIGNO Y COMPENSACIÓN ECONÓMICA 2025El Ministerio del Trabajo emitió ...
01/04/2026

📄 ECUADOR: MINISTERIO DEL TRABAJO REGULA EL SALARIO DIGNO Y COMPENSACIÓN ECONÓMICA 2025

El Ministerio del Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2026-087, publicado el 31 de marzo de 2026 en el Registro Oficial. Esta normativa establece el Salario Digno correspondiente al año fiscal 2025 y regula el procedimiento para el pago de la compensación económica a los trabajadores que no alcanzaron este umbral de ingresos.

💰 ¿Qué es el Salario Digno?
Es un concepto distinto al Salario Básico Unificado (SBU). Mientras que el SBU para 2026 es de USD 482,00, el Salario Digno para 2025 se fijó en USD 506,99 mensuales. Este monto representa el ingreso mínimo necesario para que un trabajador cubra las necesidades básicas de su hogar, calculado con base en la canasta básica familiar (USD 811,19) y un promedio de 1,60 perceptores de ingresos por hogar, según datos del INEC.

⚖️ Base legal
El acuerdo se sustenta en la Constitución y el Código del Trabajo, que garantizan una remuneración justa que cubra al menos las necesidades básicas del trabajador y su familia.

📊 Cálculo de la compensación
Los empleadores deben evaluar los ingresos anuales de cada trabajador considerando:

Sueldo o salario base

Décima tercera y décima cuarta remuneración

Fondos de reserva

Comisiones variables

Participación de utilidades

Beneficios adicionales en dinero

⚠️ No se incluyen horas suplementarias ni extraordinarias.

Si la suma total de ingresos percibidos durante 2025 no alcanza el equivalente mensual de USD 506,99, corresponde pagar una compensación por la diferencia.

👥 ¿Quiénes deben pagar?
La obligación recae sobre empleadores del sector privado que:

Hayan generado utilidades en el ejercicio fiscal 2025, o

Hayan registrado un anticipo al impuesto a la renta inferior a las utilidades generadas.

📅 Plazo
La compensación debió ser pagada hasta el 31 de marzo de 2026. El plazo ya venció, por lo que los empleadores deben verificar su cumplimiento para evitar sanciones.

🖥️ Procedimiento
El Ministerio del Trabajo puso a disposición la «Calculadora de Salario Digno» en su sitio web, donde los empleadores ingresan los ingresos de cada trabajador. Posteriormente, deben presentar la documentación en las Delegaciones Provinciales según el cronograma por noveno dígito del RUC.

🔍 Implicaciones para los trabajadores
Este mecanismo protege a los trabajadores con ingresos variables o jornadas parciales, asegurando que sus ingresos anuales se acerquen a un nivel considerado digno. Quienes no alcanzaron el umbral tienen derecho a la compensación correspondiente.

📌 Recomendación para empleadores: revisar si cumplieron con la obligación antes del 31 de marzo y, de no haberlo hecho, regularizar cuanto antes ante el Ministerio del Trabajo para evitar multas y procesos administrativos.

🔗 Fuente: Acuerdo Ministerial MDT-2026-087; Ministerio del Trabajo, Ecuador.
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📊 ECUADOR: BCE CONFIRMA CRECIMIENTO DEL 3,7% EN 2025 Y CIERRE DE LA RECESIÓN ECONÓMICAEl Banco Central del Ecuador prese...
01/04/2026

📊 ECUADOR: BCE CONFIRMA CRECIMIENTO DEL 3,7% EN 2025 Y CIERRE DE LA RECESIÓN ECONÓMICA

El Banco Central del Ecuador presentó el 26 de marzo de 2026 los resultados definitivos de las Cuentas Nacionales 2025. El Producto Interno Bruto (PIB) creció un 3,7%, revirtiendo la contracción registrada en 2024 y consolidando una recuperación impulsada por el consumo interno, la inversión extranjera y el desempeño de sectores estratégicos.

📌 ¿Qué impulsó el crecimiento?

Consumo de los hogares: principal motor, respaldado por mejora en empleo formal y aumento de remesas.

Crédito: mayor disponibilidad de financiamiento privado dinamizó el gasto agregado.

Sectores exportadores: estabilización en petrolero, bananero y acuícola.

Inversión extranjera directa: repunte que superó expectativas de organismos multilaterales.

El resultado superó las proyecciones iniciales del FMI y el Banco Mundial, y permitió al Estado ajustar metas fiscales con mayor previsibilidad.

🏛️ Finanzas públicas y entorno regulatorio
La recuperación se dio en el marco de reformas tributarias orientadas a incentivar la producción y el empleo formal. El cumplimiento de las reglas fiscales del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas mantuvo el déficit dentro de los márgenes previstos, generando certidumbre para inversionistas y actores del sector corporativo.

📈 Perspectivas para 2026
Las autoridades monetarias proyectan estabilización en los primeros meses del año, aunque advierten que el ritmo dependerá de factores externos: precios del petróleo, materias primas y la política monetaria de EE. UU., dada la dolarización. La inflación cerró 2025 en niveles controlados.

El informe de cuentas nacionales se convierte en insumo técnico clave para la planificación del sector privado y la actualización de estrategias empresariales.
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🔗 Fuente: Banco Central del Ecuador (2026). Cuentas Nacionales Trimestrales – Resultados 2025.

🚨 NUEVO MARCO NORMATIVO EN ECUADOR: SPDP PRESENTA LA GUÍA DE GESTIÓN DE RIESGOS VERSIÓN 2La Superintendencia de Protecci...
01/04/2026

🚨 NUEVO MARCO NORMATIVO EN ECUADOR: SPDP PRESENTA LA GUÍA DE GESTIÓN DE RIESGOS VERSIÓN 2

La Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) publicó en marzo de 2026 la segunda versión de la Guía de Gestión de Riesgos y Evaluación de Impacto, documento que redefine los estándares de cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP).

📌 ¿Qué cambia?
Se abandona el enfoque tradicional basado en listas de verificación documentales. Ahora se exige:

Desarrollo de modelos precisos de riesgo.

Métricas cuantificables para medir vulnerabilidades.

Calibración de dictámenes de expertos, integrando criterios técnicos y jurídicos.

“El cumplimiento de la ley exige prescindir de listas de verificación documentales para dar paso al desarrollo de modelos precisos, construcción de métricas y calibración de dictámenes de expertos, con el objetivo de reducir la incertidumbre epistemológica frente a escenarios de amenaza.”

🤖 Tecnología aplicada a la privacidad (LegalTech)
Se integran áreas jurídicas, seguridad TI y delegados de protección de datos usando tecnologías de vanguardia:

Machine learning para identificar patrones de riesgo.

Analítica predictiva legal para anticipar incidentes.

Jurimetría (estudio cuantitativo del derecho).

Procesamiento de lenguaje natural (NLP) para analizar consentimientos.

Esto permite un monitoreo continuo de incidentes de confidencialidad, integridad y disponibilidad de los registros.

🛡️ Grupos vulnerables y auditorías permanentes
Ante cualquier conflicto, prevalece la protección de los titulares. Se exige identificar grupos vulnerables y ejecutar auditorías jurídicas, técnicas y organizacionales permanentes para certificar:

Consentimiento inequívoco.

Transparencia corporativa.

Principio de minimización en la recolección de datos.

📅 Próximos pasos para las organizaciones
Entidades públicas y privadas deberán incorporar estas exigencias en sus políticas de gobernanza, utilizando estándares internacionales (ISO 31000, NIST, FAIR) para fundamentar escenarios de vulnerabilidad y asegurar la resiliencia técnica y la privacidad efectiva.

🔗 Fuente: SPDP (2026). Guía de Gestión de Riesgos (Versión 2). Ecuador.

Esta segunda versión alinea al país con las mejores prácticas internacionales y eleva el estándar técnico para responsables y encargados del tratamiento de datos personales.
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💬 ¿Tu organización ya está trabajando en este nuevo enfoque? Cuéntanos en los comentarios.

📌 ATENCIÓN EMPRESARIOS Y CONTADORES: Nueva resolución para las contribuciones 2026La Superintendencia de Compañías, Valo...
25/03/2026

📌 ATENCIÓN EMPRESARIOS Y CONTADORES: Nueva resolución para las contribuciones 2026

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) emitió la Resolución No. SCVS-INAF-2026-00002608, que fija el valor de las contribuciones que deben pagar las compañías en 2026.

📄 ¿Cómo se calcula?
Se aplica sobre los activos reales de cada empresa, con un tope máximo del 1 por mil (0.1%), tal como lo establece el artículo 449 de la Ley de Compañías.

🚨 Importante: Existe un documento no oficial llamado "Boletín N° 141" que está circulando con información errónea (menciona Bogotá, artículos inexistentes, etc.). Este boletín NO es válido. La única fuente oficial es la resolución de la SCVS.

💡 Recuerda que el incumplimiento en el pago puede generar multas e intereses. Mantente informado a través de los canales oficiales y espera la publicación en el Registro Oficial.

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Comparte esta información para mantener a tu red al tanto. 📢

📢 ATENCIÓN INVERSIONISTAS: SRI SUBE AL 3% LA RETENCIÓN A RENDIMIENTOS FINANCIEROS 🇪🇨💰Desde el 1 de marzo de 2026, rige u...
13/03/2026

📢 ATENCIÓN INVERSIONISTAS: SRI SUBE AL 3% LA RETENCIÓN A RENDIMIENTOS FINANCIEROS 🇪🇨💰

Desde el 1 de marzo de 2026, rige un cambio importante que afecta tus ahorros e inversiones en bancos y cooperativas. El SRI incrementó del 2% al 3% la retención en la fuente sobre los intereses que generan tus depósitos.

🔴 ¿Qué dice la norma?
La Resolución NAC-DGERCGC26-00000009 (publicada el 27 febrero 2026) actualizó los porcentajes de retención para varios conceptos, incluyendo los rendimientos financieros.

💡 ¿A quiénes afecta?
• Cuentas corrientes y de ahorros
• Certificados financieros
• Pólizas de acumulación
• Depósitos a plazo fijo
• Avales y fianzas

✅ IMPORTANTE: ¡HAY EXENCIONES!
Están exentas de esta retención las inversiones con plazo IGUAL O SUPERIOR a 180 días (6 meses). El 3% aplica SOLO para colocaciones con plazo MENOR a 6 meses.

📊 EJEMPLO PRÁCTICO:
Inviertes USD 5.000 en una póliza a 4 meses (tasa 4,75% anual)
• Rendimiento bruto: USD 80,50
• Con 2% (antes): retención USD 1,61 → neto: USD 78,89
• Con 3% (ahora): retención USD 2,41 → neto: USD 78,09
➡️ Ganas USD 0,32 menos por cada USD 5.000 invertidos.

⚠️ DATO CLAVE:
No es un nuevo impuesto, es un anticipo. Si al declarar tu Impuesto a la Renta en 2027 el impuesto causado es menor a lo retenido, ¡puedes solicitar devolución! Especialmente si tus ingresos anuales no superan los USD 12.208.

📈 Contexto: Los depósitos a plazo representan el 42,2% de las captaciones de la banca privada y hasta el 72,4% en cooperativas. La tasa promedio actual es 5,54% anual.

¿Tienes inversiones a corto plazo? Revisa tus estados de cuenta y calcula el impacto. 👇
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11/03/2026

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Facebook¡Atención contribuyentes! SRI actualiza porcentajes de retención en la fuente desde el 1 de marzo 🇪🇨💰🧾El Servici...
05/03/2026

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¡Atención contribuyentes! SRI actualiza porcentajes de retención en la fuente desde el 1 de marzo 🇪🇨💰🧾

El Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución NAC-DGERCGC26-00000009 que modifica las tablas de retención del Impuesto a la Renta. Estos son los cambios clave que debes conocer:

📊 NUEVOS PORCENTAJES:

🔹 0% - Intereses a bancos, compras a RIMPE negocios populares, personas privadas de libertad en reinserción

🔹 1% - Transporte (pasajeros/carga), compras directas al productor agropecuario, RIMPE emprendedores

🔹 1,75% - Productos agropecuarios comprados a comercializadores (no productores)

🔹 2% - Bienes muebles, construcción, energía eléctrica, seguros, arrendamiento mercantil, pagos de tarjetas de crédito/débito, ¡y ahora también agregadores de pago!

🔹 3% - ⚠️ NUEVA TARIFA GENERAL ⚠️ Reemplaza al antiguo 2,75%. Aplica a servicios con predominio de mano de obra, medios de comunicación, publicidad, rendimientos financieros y TODO lo que no tenga porcentaje específico

🔹 5% - 🆕 TARIFA NUEVA - Servicios profesionales prestados por SOCIEDADES residentes y comisiones a sociedades

🔹 10% - Servicios intelectuales de personas naturales, docencia, notarios, regalías, arriendo de inmuebles, artistas, deportistas e influencers

⏳ PERÍODO DE GRACIA: Los comprobantes de retención de operaciones realizadas entre el 1 y 15 de marzo podrán emitirse hasta el 31 de marzo SIN SANCIONES

📌 IMPORTANTE: Si un comprobante incluye varios conceptos con diferentes porcentajes, ¡aplícalos por separado! Si no están desglosados, se aplica el porcentaje más alto [según texto del usuario]

¿Ya actualizaste tus sistemas contables? Revisa bien los nuevos porcentajes para evitar multas! 👇

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Avenida 12 De Octubre N24-528 Y Luis Cordero, Edif. World Trade Center Torre B Piso 2
Quito
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Martes 08:00 - 18:00
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