26/01/2022
Proyección de gastos personales aplicable para el año 2022, que deberá ser presentado por los trabajadores en relación de dependencia a sus empleadores dentro del mes de enero.
Recordamos que la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID 19 crea un nuevo esquema de rebaja del Impuesto a la Renta causado por gastos personales (sustentados en comprobantes de venta) para personas naturales, aplicable antes de imputar créditos tributarios a los que haya lugar de conformidad con la Ley.
La fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta para el período fiscal 2022 es de USD 11.310,00, y serán deducibles los gastos realizados en el país sustentados en comprobantes de venta por concepto de:
Arriendo o pago de intereses por créditos para adquisición de una sola vivienda.
Alimentación.
Pensiones alimenticias.
Vestimenta.
Turismo nacional en establecimientos registrados y con LUAE La Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas).
Salud.
Educación (incluye los gastos efectuados en arte y cultura).