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Su ejemplo nos sigue acompañando
13/08/2026

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📌 Modificaciones de la Resolución 111/2023 del Banco Central de Cuba que entran en vigor este 1ro de agosto👇👇👇
01/08/2026

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26/07/2026

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18/07/2026

Banco Central de Cuba, anuncia nuevas acciones para incrementar los pagos digitales.
El Banco Central de Cuba presentó este viernes ante medios nacionales de prensa, nuevas acciones que se implementarán con el objetivo de incrementar los pagos digitales, para facilitar el acceso de la población a la compra de productos y servicios, así como ordenar el uso eficiente en la demanda del efectivo, entendiendo que en estos momentos es el principal medio de pago.
La esencia de las modificaciones se traduce en una evolución hacia la búsqueda de soluciones a las causas que inciden en la alta demanda de efectivo que sobrepasa las capacidades de nuestros bancos. Los citados cambios aparecen en el siguiente enlace a la norma legal:https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2026-ex81.pdf
Se modifica la Resolución 111/2023, eliminando el límite de 5 000 CUP para pagos en efectivo entre actores económicos, con la intención de aplicar un esquema flexible para que se puedan establecer acuerdos entre cada actor económico y su banco, en relación con la demanda de efectivo que requieren para su actividad.
En los contenidos de las modificaciones, se transparenta que la anunciada flexibilidad no será arbitraria, sino que se sustentará en los ingresos registrados en cuenta corriente o fiscal, principalmente por el uso del Pago en Línea y el servicio de Caja Extra. También estará relacionada con el tipo de actividad económica que realiza el actor, las características del territorio y la disponibilidad de efectivo en las oficinas bancarias.
El objetivo principal de las modificaciones es: asegurar que cada actor económico pueda gestionar su flujo de efectivo de acuerdo con sus necesidades reales, sin perder de vista el objetivo estratégico de incrementar los pagos digitales.
La modificación normativa viene acompañada de otro grupo de acciones complementarias que se implementaran en los bancos de forma gradual, entre las que destacan:
- La acreditación en tiempo real de las operaciones de Pago en Línea.
Los comercios que acepten pagos digitales recibirán los fondos de manera inmediata, una vez concluidos los ajustes tecnológicos. Proceso que se encuentra en su primera etapa, correspondiendo a las operaciones dentro del propio banco, lo cual estará operacional desde el 1ro de agosto. Esto elimina una de las principales objeciones al canal digital: la demora en la acreditación.
- Las comisiones que se aplican a la operatoria varían de la siguiente forma:
· Se reduce la comisión que se aplica a los comercios por el Pago en Línea de 1,5% a 0.8%.
· Se introduce comisión de 0.8% a las transferencias entre personas naturales y personas jurídicas, asumiendo la misma esta última que es quien recibe la operación.
· Por depósito de efectivo: Se elimina la comisión que actualmente se cobra. Esto incentiva la formalización y el depósito oportuno.
· Por extracción de efectivo: Se establece una comisión del 0,2%, reconociendo que el efectivo genera costos de producción, transporte, custodia y seguridad.
- Se ajustan las bonificaciones para equilibrar los incentivos para toda la cadena. Decisión también operacional a partir del 1ro de agosto.
· Para el consumidor: Implica la bonificación del 4% por operaciones de Pago en Línea, con un tope de 210 CUP para operaciones superiores a 5,250 CUP.
· Para el comercio: Corresponde una bonificación del 2% por operaciones recibidas mediante Pago en Línea, con tope de 105 CUP.
- Se modifican los umbrales por las transferencias entre personas naturales:
· Se elimina el umbral por operación, solo requiriendo aportar información del destino de los fondos cuando se supere el umbral mensual.
· El umbral mensual será de 2.5 MMCUP, a partir de lo cual en una primera etapa se limitarán las operaciones por las vías digitales, requiriendo la presencia física para declarar el destino de los fondos.
· Se trabaja para eliminar la limitación de operaciones por vías digitales, pasando a un proceso de notificación cuando se haya superado el umbral, para que pueda informar por vías digitales el destino de los fondos.
- Atención especializada para los actores económicos.
Se establecerán gradualmente sucursales, áreas o locales especializadas para atender las necesidades específicas de los actores económicos: gestión de efectivo, cuentas corrientes o fiscales, conciliaciones, financiamiento y acceso al mercado cambiario.
(Fuente: sitio web del Banco Central de Cuba)

Información de interés👇👇👇
03/06/2026

Información de interés👇👇👇

Con fecha 2 de junio se ha recibido comunicación del banco extranjero, procesador de las operaciones que se realizan en utilizando tarjetas VISA y MASTERCARD, de interrumpir su relación con FINCIMEX S.A.

A partir del 6 de junio, fecha en que entra en vigor la medida, Cuba se ve imposibilitada de recibir ingresos como resultado de la comercialización de bienes y servicios por intermedio de tarjetas internacionales de probado alcance tales como VISA y MASTERCARD.

Dicha interrupción se relaciona directamente con la Orden Ejecutiva No. 14404 del 1 de Mayo, emitida por el presidente de los Estados Unidos de América, Donald Trump.

Más detalles en https://www.bc.gob.cu/media/noticias/informacion-del-banco-central-de-cuba

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