26/07/2025
🚨 ¿Tienes deudas con la DIAN y sientes que te ahogan?
Las obligaciones tributarias (IVA, retenciones, renta) sí entran en un proceso de insolvencia, pero con reglas especiales:
1️⃣ Prioridad absoluta: el Estado cobra antes que los bancos. Por eso tu plan de pagos debe reservar un flujo fijo para la DIAN.
2️⃣ Sin condonación de capital: la ley no permite “perdonar” impuestos; se negocian plazos y reducción de intereses.
3️⃣ Beneficio clave: al estar admitido en insolvencia, se suspenden los cobros coactivos y embargos mientras presentas tu propuesta.
4️⃣ Intereses y sanciones: se congelan durante la negociación, siempre que cumplas los hitos fijados por el juez.
5️⃣ Ventana de acuerdos: la DIAN suele aceptar cuotas hasta 5 años y exonerar parte de la sanción si demuestras viabilidad real.
🎯 Moraleja: cuanto antes incluyas a la DIAN en tu cronograma, mayor será tu margen para salvar el negocio sin perder liquidez.
💬 En ATRIA Abogados diseñamos planes que cumplen el Estatuto Tributario y la Ley 2445/2025, evitando embargos y manteniendo tu operación viva.