11/09/2026
Les compartimos el análisis técnico que tuve la oportunidad preparado para el Consejo Técnico Departamental del Colegio de Contadores de La Paz, referido a la R.A. UIF/075/2026 y sus implicaciones para el ejercicio profesional del contador.
Muchas veces, frente a una nueva disposición, podemos dejarnos llevar por la preocupación o por el impacto inicial de la noticia. Sin embargo, como profesionales, considero que nuestro primer paso debería ser siempre volver a la norma, analizarla técnicamente y determinar con precisión su alcance, sus efectos y, particularmente, si realmente resulta aplicable a nuestra situación profesional.
El documento no pretende constituirse en una verdad absoluta ni agotar la discusión. Todo lo contrario. Busca poner sobre la mesa algunos elementos de análisis y reflexión que permitan comprender mejor la normativa emitida por la UIF y generar un debate profesional informado.
Entre otras cuestiones, considero importante diferenciar que no todos los contadores realizamos las mismas actividades, no todos enfrentamos los mismos riesgos y, por tanto, no todos necesariamente estamos alcanzados de la misma manera.
Asimismo, para quienes hayan sido identificados dentro del universo considerado por la UIF, resulta fundamental revisar oportunamente su situación y determinar si corresponde confirmar su condición o tramitar la excepción prevista por la propia regulación.
También debemos cuidar la imagen y dignidad de nuestra profesión. Reconocer que existen riesgos asociados a determinadas actividades profesionales no significa asumir que la labor ordinaria del contador está orientada a “maquillar” estados financieros, ocultar operaciones o facilitar actividades ilícitas. La gran mayoría de los profesionales contribuimos precisamente a lo contrario: transparencia, control, cumplimiento y generación de información confiable para la toma de decisiones.
Todos los comentarios, observaciones y criterios serán muy bien recibidos. Estoy convencido de que el análisis técnico mejora cuando existe participación, contraste de ideas y disposición para escuchar distintas posiciones.
Las obligaciones regulatorias seguirán evolucionando y seguramente aparecerán nuevos desafíos para nuestra profesión. Lo importante será enfrentarlos con conocimiento, responsabilidad, serenidad y, sobre todo, fortaleciendo nuestros espacios de discusión profesional.
Porque una profesión sólida no se construye desde el temor ni desde la improvisación, sino desde el conocimiento, la ética, el criterio profesional y la participación de todos.
JUNTOS LO HACEMOS POSIBLE.
📥 Invitamos a nuestros asociados, profesionales contables, auditores y comunidad empresarial a leer el artículo completo:
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📘 BOLETÍN TÉCNICO | R.A. UIF/075/2026 Y EL EJERCICIO PROFESIONAL DEL CONTADOR
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El Consejo Técnico Departamental de Contabilidad y Auditoría del Colegio de Contadores de La Paz – CONTEDELP pone a consideración de la comunidad profesional el Boletín Técnico Nº 1, dedicado al análisis de la R.A. UIF/075/2026 🇧🇴 y sus efectos sobre el ejercicio profesional del contador.
La nueva normativa ha generado preocupación y diversas interpretaciones. Por ello, consideramos necesario promover un análisis técnico, sereno y responsable, evitando tanto minimizar sus efectos como asumir que todos los contadores hemos quedado automáticamente sometidos a las mismas obligaciones, riesgos y responsabilidades.
Entre los principales aspectos desarrollados en el artículo destacamos:
🔹 No todos los contadores tienen necesariamente la misma condición. Ser contador, haber sido identificado por la UIF o incluso encontrarse inicialmente registrado en CARONTE no determina, por sí solo, la condición definitiva de Sujeto Obligado Activo.
🔹 La actividad efectivamente desarrollada es fundamental. Los profesionales identificados que no realizan las actividades comprendidas en el ámbito regulado pueden tramitar su excepción y obtener el correspondiente certificado. Por ello, cada situación debe analizarse individualmente.
🔹 Atención al plazo. El Reglamento establece un plazo de 90 días calendario para confirmar el registro como Sujeto Obligado Activo o, cuando corresponda, tramitar la excepción. Si no se realiza ninguna actuación dentro de dicho plazo, se prevé el registro automático como Sujeto Obligado Activo.
🔹 No toda operación realizada por un contador es automáticamente reportable. Debe diferenciarse entre estar comprendido dentro de un régimen preventivo, desarrollar determinadas actividades profesionales y encontrarse frente a una operación que genere efectivamente una obligación de reporte.
🔹 Y un aspecto que como profesión debemos reivindicar: no todos los contadores “maquillan” estados financieros, ocultan operaciones o facilitan actividades ilícitas. La profesión contable cumple una función esencial en la transparencia, el control, la información financiera y el cumplimiento empresarial. La existencia de riesgos debe ser reconocida y gestionada, pero no puede convertirse en una presunción general de ilicitud sobre todo un colectivo profesional.
La prevención de la legitimación de ganancias ilícitas y otros delitos constituye un objetivo que debemos respaldar. Sin embargo, su adecuada implementación exige precisión, proporcionalidad y análisis individual de las circunstancias. No se trata de evitar obligaciones que legítimamente correspondan, pero tampoco de asumir responsabilidades que la propia normativa no impone.
🚫Antes de asumir que tenemos un problema, primero debemos determinar técnicamente si realmente estamos alcanzados y en qué medida.
INFORMACIÓN – ANÁLISIS – ORIENTACIÓN
Por una profesión más fuerte.
Consejo Técnico Departamental de Contabilidad y Auditoría – CONTEDELP
Colegio de Contadores de La Paz