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VIVÍ TRANQUILO
10/08/2015

VIVÍ TRANQUILO

10/08/2015

Aclaran sobre el seguro obligatorio para motos

|El titular de la Dirección municipal de tránsito, Gustavo Vela, explicó acerca de la obligatoriedad del seguro para todo vehículo a propulsión.
Ayer, en la columna ?Buen Día?, se hizo referencia al operativo de los agentes de tránsito, quienes constataban que los motociclistas (cualquiera fuera la cilindrada de su rodado) transitaran cumpliendo las normas de seguridad (casco) y con la documentación correspondiente. Dentro de ésta, el seguro obligatorio, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional de tránsito, a la que nuestra municipalidad ha adherido. Sobre esto habló Vela, quien explicó ?para circular, uno de los requisitos es contar con seguro. Esto lo establece el artículo 40 de la Ley Nacional de Tránsito, a la que nuestra municipalidad está adherida?. Este artículo establece qué debe portar el conductor para transitar y el artículo 68 especifica las características del seguro obligatorio que debe tener, por ejemplo, una moto para circular. ?Este seguro es obligatorio para todo rodado con propulsión, por lo que las motos, sea cual fuere su cilindrada, están incluidas en esta norma. No así las bicicletas?, aclaró nuestro interlocutor. # No puede aducirse desconocimiento En cuanto al conocimiento que de esta disposición se tiene, el funcionario recordó ?cuando se viene a la Dirección a dar el examen para obtener el carnet de conducir, una de las preguntas es relativa al seguro, más precisamente, a los artículos 40 y 68. De manera que nadie que tenga el carnet puede decir que no sabía que es obligatorio el seguro?, afirmó. Agregó ?para nosotros es sumamente molesto retener un vehículo, porque se genera una situación desagradable. Los agentes, en ese caso, están actuando ya sobre algo que les causa un conflicto?, agregó. Para darnos una idea de cómo se conduce en Gualeguaychú, el titular de la Dirección de tránsito dijo ?el año pasado se labraron once mil infracciones, toda una radiografía de cómo se maneja aquí. Y si bien, puede decirse que estamos trabajando bien porque detectamos estas infracciones, no es alentador el número que tenemos para exhibir?, agregó. A esto sumó que el trabajo de los agentes de tránsito apunta a preservar la seguridad, la vida de todas las personas en la calle, evitar lesiones que pueden ser leves o de entidad y destacó ?este año ha sido sumamente trágico para Gualeguaychú a causa de los accidentes, entonces más que nunca debemos exigir que se cumpla con todo lo que está reglamentado por Ley, además de apelar a la autodeterminación de los conductores, quienes saben cómo deben conducirse y a qué velocidades hacerlo?

04/08/2015

Muchas personas no saben que deben hacer cuando tienen un siniestro. LEER
¿QUE DEBE HACER SI TUVO UN SINIESTRO ?
*Solicitar al conductor sus datos personales, del vehículo y seguro.
*En caso de lesiones, deberá hacer la denuncia policial de inmediato.
*Comuníquese con su Productor Asesor de Seguros.
*Realice la denuncia administrativa, comuníquese al 0800 de su compañía.

IMPORTANTE
*No acepte reclamos ni haga transacciones ni reconozca indemnizaciones sin autorización por escrito de la compañía o de su Productor Asesor de Seguros.
*Tenga presente que el plazo para denunciar un siniestro es de 72 hs corridas a partir de ocurrido el hecho.

RECUERDE
*Que su Productor Asesor de Seguros, esta capacitado para ayudarlo.

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