26/08/2019
En nuestro país es obligatorio tener una cobertura de seguros que mìnimamente sea la popularmente conocida como "contra terceros". La Ley es valida no solo para automóviles y otros vehículos sino también para motocicletas.
Según establece el articulo 68 de la Ley Nacional de Transito 24.449 dicho seguro cubre al titular ante reclamos por lesiones o daños causados a otras personas o a sus vehículos. Es interesante saber cuales son las clausulas que figuran en la letra chica de la póliza y las causantes en las cuales el seguro el seguro no cubre:
1- NO PAGAR: si una persona contrata un seguro pero luego no paga las cuotas, buena parte de la doctrina sostiene que la falta de pago genera la caída de la cobertura.
2- MANEJAR ALCOHOLIZADO O BAJO LOS EFECTOS DE ESTUPEFACIENTES: la mayoría de las aseguradoras estipulan que una persona se encuentra en estado de ebriedad si el test de alcoholemia le da como resultado 1 gramo de alcohol por litro de sangre(gr/l), o mas. Si el conductor se niega a la prueba, en los contratos se establece que sera asimilado como un borracho y el efecto sera el mismo.
3- CONDUCIR SIN HABILITACIÓN: Si el vehículo es conducido por personas que no están habilitadas para manejarlo, la cobertura desaparece. En el caso de los padres que hacen manejar a sus hijos menores.
4- CORRER PICADAS: Las pólizas prohíben participar en una picada o competencia ilegal de velocidad. Es difícil probar esta instancia pero si media un acta policial sirve.
5. EXCEDER DE MANERA GROSERA LA VELOCIDAD MÁXIMA: Las compañías imponen como clausula de exclusión que el vehículo asegurado supere el 40% del limite máximo de velocidad del lugar del hecho. Por ejemplo en la ruta nacional Avellaneda la máxima es de 110km/hs, si se demuestra una velocidad de 150km/hs la cobertura caerá.
6- IR DE CONTRAMANO: Esta clausula esta pensada para situaciones extremas, en las que se provoca siniestros viales como consecuencia de una infracción grave.
7- USAR EL AUTO PARA UN FIN DISTINTO AL DECLARADO: Es el caso particular que hace las veces de remis, generalmente "trucho".
8- REMOLCAR A OTRO VEHÍCULO: Las empresas indemnizan el daño si el auto asegurado choca a un tercero cuando estaba remolcado a otro vehículo en una situación de emergencia. Se contempla casos de emergencia en los que el remolque contribuya a la seguridad vial.
9- LLEVAR MAS PASAJEROS QUE LOS PERMITIDOS: En un auto, la cantidad máxima de ocupantes debe ser igual a la cantidad de cinturones de seguridad que tenga el vehículo.
10- INSTALAR GNC: Cuando una persona contrata un seguro tiene que declarar las reformas que le realizo al auto, ya que las compañías lo aseguran tal cual salio de fabrica.-