JOHNSON Asesoría en Seguros

JOHNSON Asesoría en Seguros Productora Asesora de Seguros

13/09/2021
28/08/2020

Seguridad, confianza, estar cuando lo necesites...

Pedí tu cotización y protege tu hogar!
24/08/2020

Pedí tu cotización y protege tu hogar!

17/08/2020
Para tener en cuenta 📄
06/07/2020

Para tener en cuenta 📄

04/01/2018

💢Requisitos pata Ingresar a Chile en Automóvil desde la Argentina.🚗🛍👇

Los mayores de edad deben llevar el DNI, Pasaporte o Cédula Federal con inscripción del Mercosur.

Los menores de edad que viajen con sus padres deben presentar DNI y Partida de Nacimiento original. En caso de que viajen solos, o con uno solo de sus padres, deben llevar -además del DNI- la autorización judicial del viaje correspondiente.

Los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero del auto y los menores de 4, en los asientos de retención infantil. Todos los pasajeros deben ir con cinturón de seguridad.

El chofer del vehículo debe contar con Licencia de Conducir al día.

Si el conductor es propietario, debe llevar consigo la Cédula Verde del auto. En caso de no ser el dueño, también deberá presentar la tarjeta azul más una autorización firmada por un escribano.

Se debe completar la Tarjeta Única Migratoria (TUM), que se descarga desde la página web de migraciones: www.migraciones.gov.ar o la provista en la frontera.

Seguro internacional

El auto debe contar con Seguro internacional (SOAPEX) que solamente es brindado por aseguradoras chilenas y los turistas están obligados a comprarlo vía internet. El costo aproximado por 10 días de cobertura es de 11 dólares, lo que equivale a cerca de 190 pesos. El valor de la póliza es varias veces inferior a la multa que puede aplicar la Policía chilena (que es cercano a 1.300 pesos).

Todos los cristales deben estar grabados con la patente del auto.

En muchos casos las autoridades revisan que el auto tenga el matafuegos, balizas portátiles, botiquín de primeros auxilios y chalecos reflectivos para cada ocupante del auto.

También, es obligatorio contar con la Verificación Técnica Vehicular (VTV).

Dirección Nacional de Migraciones

08/09/2017

La Resolución de SSN Nº 40.541

Mucho se ha dicho desde el nacimiento de esta nueva reglamentación. Actualmente, existen modificaciones que están en vías de formalización.
Sin embargo, lo que la normativa establece NO es erradicar el cobro en efectivo desde el 1º de Septiembre de 2017, sino que esta modalidad de pago irá decreciendo en 3 partes:
· A partir del 1º septiembre 2017: Se permite la cobranza en efectivo cuando el premio anual no supere los $20.000. Esto quiere decir que incluye todas las pólizas que mensualmente tienen un valor de hasta $1.666.-
· A partir del 1º de diciembre 2017: Se permite la cobranza en efectivo cuando el premio anual no supere los $10.000. Serán, en este caso, las pólizas que vayan hasta un monto de $833 mensuales.
· A partir del 1º de marzo 2018: Se elimina toda posibilidad de realizar transacciones en efectivo. La gestión de cobro de premios se efectuará exclusivamente a través de medios electrónicos de cobro autorizados por el Banco Central de la República Argentina y Cheques.

Hasta hoy, esta es la modalidad oficial establecida. Cada Compañía aseguradora determinará la aplicación de esta reglamentación según sus procedimientos.

05/09/2017

Por resolución 40.761 del miércoles 30 de agosto, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso incorporar a la gestión de cobro de premios de contratos de seguro los siguientes medios:

– Cheques de terceros, los que deberán ser endosados por el asegurado o tomador de la póliza.

– Entidades especializadas en cobranza, registro o procesamiento de pagos por medios electrónicos habilitados por la SSN.

– Efectivo en moneda de curso legal mediante la utilización de un controlador fiscal homologado por la AFIP y registrado ante la SSN hasta la suma máxima establecida por la normativa (a la fecha, mil pesos).

A su vez, se suprime, dentro de las obligaciones previstas para los productores asesores de seguros, la obligatoriedad de llevar un “Registro de Cobranzas y Rendiciones”.

También se deroga el artículo 6 de la resolución 40.541, que dispuso la obligatoriedad para los productores asesores de seguros y agentes institorios de exhibir un cartel en su lugar de operaciones informando que no estaban autorizados a percibir premios en efectivo.

31/08/2015

Todos hemos estado en reuniones de ventas, conferencias y seminarios donde los grandes asesores de seguros comparten los secretos de su éxito. Pero a menudo es el secreto que está detrás del secreto el que constituye la base real para el éxito.

Dirección

Catamarca 1078/PB/Local 1
Córdoba
5000

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 18:00
Martes 09:00 - 18:00
Miércoles 09:00 - 18:00
Jueves 09:00 - 18:00
Viernes 09:00 - 18:00

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando JOHNSON Asesoría en Seguros publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a JOHNSON Asesoría en Seguros:

Compartir

Categoría