Daniel Palacios productor asesor de seguros

Daniel Palacios productor asesor de seguros Productor asesor de seguros Seguros de autos, hogar, comercio , industria, vida, accidentes personales, A.R.T y otros.

24/04/2024

Mantener distancia segura entre vehículos evita accidentes 🚗🚗

Esto posibilita que, en caso de que su conductor frene de forma brusca y sorpresiva, podamos detenernos sin colisionar. Además, se suma como beneficio el hecho de que podamos controlar nuestra frenada para no ser impactados por quienes transitan detrás.

Cuando quedamos involucrados en una congestión, no es posible mantener los cinco segundos de distancia con el vehículo que nos precede.

Entonces, recomendamos mirar dos o tres autos por delante del nuestro para poder anticiparnos a la situación de riesgo y realizar una maniobra defensiva.

26/12/2023

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) aclara que la vigencia de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y del seguro continúan siendo requisitos obligatorios para la circulación de vehículos motorizados en la vía pública.

El Decreto 70/2023 publicado en las últimas horas en el Boletín Oficial, en su artículo Nº361 se refiere a la modificación del Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor y no a la Ley Nacional de Tránsito (24.449), normativa vigente en la cual figura la obligatoriedad de ambos requisitos.

En este sentido, y en vísperas de las Fiestas y de las vacaciones de verano, la ANSV recuerda la documentación y elementos requeridos para viajar:

-Documento Nacional de Identidad (DNI).

-Licencia Nacional de Conducir.

-Cédula verde o azul.

-Comprobante de seguro en vigencia.

-Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo.

-Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).

-Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.

-Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

Atencion...!
14/12/2023

Atencion...!

27/09/2023

Estimados clientes y amigos. Les queremos recordar que ante el actual proceso inflacionario que estamos vivendo, es fundamental revisar las sumas aseguradas de sus pólizas, para evitar que estén desactualizadas al momento de un siniestro. Ante cualquier duda, estamos a su disposición.

09/03/2023

Estimado cliente, recuerde algunas de sus obligaciones con respecto a sus seguros:

Retirar o solicitar póliza por medios digitales.

Verificar que la misma este emitida según lo pactado

Efectuar los pagos en tiempo y forma

Realizar la denuncia de siniestro dentro de las 72 hs habiles.

Consultar cualquier duda que tenga con respecto a la cobertura de su póliza.

31/12/2022
05/12/2022

Nuevo horario de verano !!. La oficina permanecerá abierta de lunes a viernes de 8 a 14 hs. Por consultas fuera del horario de oficina, comunicarse al whats app 2345 685766. Muchas gracias.

25/11/2022

Hola. Hoy les queremos recordar que ante el actual proceso inflacionario que vivimos, es fundamental revisar las sumas aseguradas de sus pólizas para evitar que estén desactualizadas al momento de un siniestro. Ante cualquier duda, estamos a su disposición.

25/11/2022

El municipio, a través de Defensa del Consumidor, consiguió este cambio a favor de los usuarios.

20/09/2022
Atencion usuarios de trailers y casas rodantes !!!Cambiaron las reglas para la circulación de Trailers y Casas Rodantes2...
29/08/2022

Atencion usuarios de trailers y casas rodantes !!!

Cambiaron las reglas para la circulación de Trailers y Casas Rodantes
25 agosto, 2022 El seguro en acción
Fuente: DDN Central de Seguros.

Para poder asegurar estos vehículos de remolque, hay que cumplir los nuevos requisitos exigidos para su circulación en el territorio nacional, que abarca modificaciones en el ancho total del vehículo, el peso y el patentamiento.

A partir del 1 de agosto 2022 entró en vigor una nueva normativa para la circulación de trailers y casas rodantes categoría 01 en la Argentina. Y para vehículos de 2 ejes, que entran en categorías 02/03, hay tiempo de realizar los ajustes a la norma hasta el 31 de diciembre de 2023. Esta reglamentación abarca a los acoplados, remolques, trailers y casas rodantes de hasta 750 kg destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar acarreados por automóviles particulares de hasta 3.500 kg.

Qué cambió

Para los vehículos de 1 eje, categoría 01, la reglamentación especifica expresamente que en lo que se refiere al ancho total, se admiten espejos extensibles en los casos en que el trailer ó la casa rodante resulten más anchos que el vehículo tractor. En cuanto al peso total del vehículo a remolcar, el límite sigue siendo de hasta 750 kg; si por cuestiones de equipamiento ese peso se superara, se evaluará cada caso para determinar si se sigue considerando dentro de la categoría 01. Y con respecto a la patente, ya no se podrá circular con la conocida “Patente 101”; ahora se solicita patente única, tanto para el vehículo tractor como para la casa rodante o trailer remolcado. Trailers y casas rodantes serán homologados y patentados junto con un vehículo tractor, dicho patentamiento también le servirá para ser utilizado en conjunto con cualquier otro vehículo tractor; esto agiliza los procesos de patentamiento de los rodantes.

Para vehículos de 2 ejes, categorías 02/03, hay tiempo de adecuación a la nueva reglamentación hasta el 31 de diciembre 2023. Las condiciones técnicas a verificar no varían, continúa siendo cuadro I de verificación para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). Y, tal como sucede con los vehículos categoría 01, se unifican las patentes para el vehículo remolcador y el remolcado (casa rodante o trailer).

Nuevo patentamiento de trailers y casas rodantes
Para patentar casas rodantes y trailers categoría 01, la Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor requiere un Certificado de Seguridad Vehicular emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), para lo que se necesita un informe técnico confeccionado y firmado por un ingeniero matriculado. En el caso de los trailers y casas rodantes categorías O2 y O3, el informe técnico (CSV) deberá ser realizado por los talleres de Jurisdicción Nacional distribuidos en todo el territorio nacional, correspondientes al registro de éstos bajo Disposición 1/2022 de la Subsecretaría de Transporte Automotor del Ministerio de Transporte.

“Con esta nueva normativa, los trailers y casas rodantes pueden ser remolcados por cualquier vehículo, lo que facilita su circulación” -explica Viviana Roldán, Gerente Técnico Comercial de DDN Central de Seguros. -“Remolcar otro vehículo es una gran responsabilidad en la vía pública, por el propio conductor y ante terceros. No hay que llegar a altas velocidades y se debe tener mucho cuidado en las maniobras de doblado, cambio de carril, etc. Se recomienda no realizar movimientos bruscos y siempre anticiparlos al resto de los conductores a través de señas con las luces”.

“En caso de siniestro, el vehículo que tracciona el trailer es siempre responsable, debido a que éste no se mueve por sus propios medios. En esos casos, hay que realizar la denuncia ante la compañía de seguros del trailer y del vehículo que tracciona. Funciona como los camiones con acoplados. Al momento de la liquidación, el que tracciona se hace cargo del
80% y el seguro del trailer, del 20% de los daños ocasionados. El ideal es que ambos vehículos estén asegurados en la misma compañía, para facilitar los trámites de gestión” – concluye Fabián Rissola, Gerente de Siniestros de DDN Central de Seguros.

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