03/02/2016
En las vacaciones y siempre! A la hora de salir, recordatorio y recomendaciones de CESVI para tener presentes!
(empresa dedicada a la experimentación, formación e investigación, contribuyendo al desarrollo de la industria automotriz y de la seguridad vial)
TODO PARA VIAJAR
A pesar de que la gente se acostumbra cada vez más a viajar seguido, aún muchos desconocen algunos requisitos para circular por las rutas del país. Por eso aquí brindamos una guía con lo que debe llevar el conductor en cuanto a la documentación personal, los papeles del auto y los elementos de seguridad.
Conductor: Registro de conducir vigente al momento del control. La licencia debe corresponderse con el tipo de vehículo que conduce, la dirección actualizada y si el conductor requiere el uso de anteojos, que los esté utilizando en el momento en que es detenido en el control. Documento Nacional de Identidad o Cédula de Identidad expedida por la Policía Federal, en el último caso, con fecha vigente al momento del control.
Vehículo:
Antes que nada, tiene que contar con la Cédula Verde del auto. Si se encuentra en vigencia, cualquiera puede conducirlo; si venció, sólo puede manejar el auto su propietario. Una buena opción es la Cédula Azul ya que no tiene caducidad y permite que personas adicionales puedan conducir el vehículo, más allá del vencimiento de la cédula verde. El seguro del vehículo es obligatorio, al menos debe contar con un seguro de responsabilidad civil. La ley obliga a presentar la oblea que emite la empresa de seguros, sin necesidad de poseer un comprobante de pago de la misma.
La última patente paga tampoco puede olvidarse, por lo menos el último comprobante de radicación del vehículo (o patente) pago. Además, tenga en cuenta que la Verificación Técnica Vehicular (VTV) es de carácter obligatoria a nivel nacional. Existe una exención para los autos radicados en la Ciudad de Buenos Aires (que aún no cuenta con las plantas habilitadas para realizar las verificaciones), en la provincia de Mendoza o en algunos municipios de provincias como Córdoba (a pesar de que en la Capital sí es necesaria). En toda la provincia de Buenos Aires, la Ley 13.927 exige la realización del control técnico del vehículo, entendiéndose que las autoridades de control pueden solicitar los comprobantes de realización de la misma. Si el vehículo de uso particular tiene una antigüedad de hasta dos años, está exento de la revisación. En caso de que el auto posea equipo de gas natural comprimido (GNC), debe tener la oblea de control habilitante ubicada en un lugar visible.
Equipamiento de seguridad: este aspecto genera las mayores inquietudes. Se requiere un juego de dos balizas reflectivas triangulares de color rojo. En caso de detención forzada en una autovía, deben ubicarse detrás del vehículo a 75 metros y la segunda a 150 metros, una de otra. Además, se requiere un extintor de un kilogramo para los automóviles, que debe estar dentro del habitáculo sujeto a un soporte metálico. Opcionales (no exigidos por la Ley Nacional de Tránsito) CESVI Argentina recomienda incorporar dos elementos a modo de prevención. Un botiquín de primeros auxilios para asistir en caso de lesiones y un chaleco amarillo reflectivo. Es importante contar con uno porque según distintas pruebas, un auto que circula de noche con las luces bajas encendidas, puede vislumbrar el chaleco a una distancia de 250 metros.
**Importante: en CABA arrancará la VTV en julio para autos de más de tres años de antigüedad o con más de 60.000 km y motos de más de un año.