09/03/2023
Se estableció el nuevo valor de la Unidad Fija en la suma de $ 102.92 (antes $ 75.71), y regirá desde 02/03/2023 hasta 03/09/2023.
DEMOLICION, OBRA DE CONSTRUCCION, REFACCION
Esta actualización define las nuevas asuma aseguradas de los Seguros de Responsabilidad Civil que toda obra deberá contar en forma obligatoria y deberá presentarse al dar el correspondiente inicio de obra.
Para las obras que consistan únicamente en Demolición, el monto mínimo requerido será el estipulado para la OBRA MEDIA (1.800.000 UF)
EDIFICIOS CON ASCENSORES, MONTACARGAS, INSTALACIONES DE V***R Y/O AGUA CALIENTE
Asimismo, se actualizan las sumas aseguradas de las mismas coberturas para aquellos edificios que cuenten con Ascensores, Montacargas, etc como así también para las instalaciones que produzcan V***r, Agua caliente, etc
Todo edificio que cuente con instalación de Ascensores, Montacargas, Escaleras Mecánicas, Caminos Rodantes, Rampas Móviles y Guarda Mecanizada de Vehículos, deberá contar en forma obligatoria con una cobertura de Responsabilidad Civil cuyos montos mínimos se definen en RT-050105-020601-05 ANEXO II, a saber:
En el caso de elevador instalado en vivienda unifamiliar, podrá tener cobertura equivalente a la establecida en “elevador adicional”, es decir 50.000 UF*. Suma asegurada: $ 5.146.000.-
Todo edificio que cuente con instalaciones destinadas a producir v***r y/o agua caliente, y aceite caliente, ya sea con un fin industrial, de servicio o confort y/o calefacción de procesos, deberá contar en forma obligatoria con una cobertura de Responsabilidad Civil cuyos montos mínimos se definen en RT-050106-020601-06 ANEXO III:
A los efectos de poder cotizar conforme a dichas modificaciones, se incrementarán los topes de sumas, para que puedas construir tu presupuesto, de acuerdo al siguiente detalle:
• RC Ascensores: hasta 3 ascensores, es decir $ 41.168.000.-
• RC Caldera: hasta 2 calderas de Alta Presión, la primera definida en el inciso a), es decir $ 51.460.000.-