Estudio Impositivo Contable Ascierto

Estudio Impositivo Contable Ascierto Asesoramiento Integral
Al servicio de la pequeña y mediana empresa - negocios en general... Impuestos - Contabilidad

13/03/2018

- Se establece que se considerarán como ingresos no gravados en el impuesto aquellos importes facturados por prestaciones o partes realizados por los miembros partícipes de las uniones transitorias, agrupaciones de colaboración empresaria, consorcios u otra forma asociativa que no tenga personer....

06/02/2018
      escalaNUEVOS VALORES VIGENTES PARA MONOTRIBUTOS A PARTIR DE ENERO 2018
14/12/2017

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NUEVOS VALORES VIGENTES PARA MONOTRIBUTOS A PARTIR DE ENERO 2018

27/11/2017


Nuevos parámetros: Constancia de inscripción y consulta de condición tributaria
☑️ Se estableció en 30 días corridos el nuevo plazo de validez de las constancias de inscripción, que antes era de 180 días.

☑️Además, se elevó de $150 a $2000 por transacción el piso a partir del cual corresponde que los sujetos obligados (*) efectúen la consulta de la condición tributaria de los contribuyentes.

☑️Para efectuar la consulta de la condición tributaria, se agregó una transacción de intercambio de información mediante “Web Services”, denominada “CONSULTA CONSTANCIAS DE INSCRIPCIÓN” y a la que se accederá con certificado de seguridad digital obtenido mediante el uso de la Clave Fiscal (**).

Vigencia
Las presente normativa entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Referencia normativa: Resolución General 4162-E

Fecha de publicación: 27/11/17

DÍAS NO LABORABLES PUENTES 2018!¿CUÁL ES LA DIFERENCIA CON LOS FERIADOS PUENTES?
14/11/2017

DÍAS NO LABORABLES PUENTES 2018!
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA CON LOS FERIADOS PUENTES?

10/11/2017

Se extiende hasta el 1/1/2018 el plazo para efectuar la inscripción en el Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas -RG (AFIP) 4096-E-.

➡️¿Tenés que PAGAR algún IMPUESTO? ¡Te lo puede pagar otra persona! ⏩ Si NO tenés ni CUENTA bancaria ni homebanking, el ...
10/11/2017

➡️¿Tenés que PAGAR algún IMPUESTO? ¡Te lo puede pagar otra persona!
⏩ Si NO tenés ni CUENTA bancaria ni homebanking, el VEP te lo puede GENERAR y abonar OTRA PERSONA que conozcas. 👌
✅ Sea un familiar, un amigo/a o pareja, va a tener que PONER TU CUIT y pagar el impuesto correspondiente.
¡Mostrale este tutorial y no te olvides de devolverle la plata!

Si no podes generar un VEP para realizar un pago o no contás con el servicio de homebanking, otra persona puede realizar el pago y generar el VEP por vos. En...

08/11/2017

ATENCIÓN: MONOTRIBUTISTAS - AUTÓNOMOS!
REINTEGRO POR CUMPLIMIENTO DE PAGO

1
Para acceder al beneficio del reintegro por cumplimiento de pago, tenés que haber efectuado todos tus pagos mediante las siguientes modalidades:

Débito directo en cuenta bancaria.
Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito.
2
Para adherirte al débito, tenés que comunicarte con la entidad administradora.

Débito Automático en Tarjetas de Crédito

Argencard - Mastercard - (011) 4340-5665
Cabal - (011) 4319-2550
Visa - (011) 4378-4499

Débito Automático en Cuenta (CBU)

Si sos titular de cuenta corriente o caja de ahorro, para adherirte a la operatoria en alguna de las entidades habilitadas para el pago, tenés que formalizar la opción en la propia institución, solicitando allí la adhesión al servicio.

Alternativamente, podés llamar al 0810-345-7274 eligiendo la opción 9 (VARIOS) y luego marcando 2 (Débito Directo). Recordá tener a mano tu número de CUIT y de CBU (Clave Bancaria Uniforme).

3
Una vez que hayas realizado la adhesión al débito y abonado a través de esta opción los 12 períodos fiscales mensuales, el reintegro se efectuará durante los primeros meses del año calendario siguiente.
El respectivo importe será acreditado automáticamente en la cuenta adherida al servicio o en la tarjeta de crédito respectiva.

06/11/2017

Como está previsto en la Resolución 3640, la AFIP publicó el listado de contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

26/10/2017

el 1 de noviembre vence el plazo para inscribirse en el Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas.
Si bien la FACPCE ha planteado a la AFIP, en la reunión del grupo de enlace del 13 de octubre la solicitud de postergar el régimen hasta no antes del 1 de enero de 2018, no ha trascendido hasta el momento si dicha solicitud tendrá una recepción favorable por parte de la AFIP.

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San Martin 869
Arroyo Seco
2128

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