19/12/2024
SEGURO DE VIDA UNIVERSAL (CON DEVOLUCIÓN - GARANTIZADO)
INFORMES AL 957 354 351
¿QUÉ ES EL SEGURO DE VIDA UNIVERSAL?
Es un seguro de vida que además de brindarle beneficios de protección, también le ofrece el beneficio de ahorro, a un precio muy competitivo, con una edad máxima de ingreso de hasta 69 años de edad (inclusive).
¿QUIÉNES PUEDEN ASEGURARSE?
Podrán asegurarse las personas naturales que se encuentren dentro del rango de edades detallado, que cumplan con los requisitos de asegurabilidad, la cual estará determinada por el resultado de la evaluación de las respuestas a las preguntas de la Declaración Personal de Salud (DPS), los resultados de los exámenes médicos y de laboratorio.
¿CUÁLES SON LAS EDADES MÍNIMA DE INGRESO, MÁXIMA DE INGRESO Y LÍMITE DE PERMANENCIA?
Mínima de Ingreso: 18 Años.
Máxima de Ingreso: 69 años y 364 días. Límite de Permanencia: 99 años y 364 días.
¿QUÉ SUCEDE AL SUPERAR LA EDAD LÍMITE DE PERMANENCIA? Las personas aseguradas pueden permanecer cubiertas hasta los 99 años de edad (inclusive) y cuando cumplen 100 años de edad, tienen acceso automático al íntegro de su valor de rescate.
¿CÓMO PUEDO CONTRATAR EL SEGURO?
Se deberá completar la Solicitud de Seguros que incluye la Declaración Personal de Salud. Dependiendo de la Suma Asegurada y de la edad del propuesto Asegurado, deberá pasar por ciertos exámenes médicos y de laboratorio. Una vez se cumpla con los requisitos de asegurabilidad, la cual estará determinada por el resultado de la evaluación de las respuestas a las preguntas de la Declaración Personal de Salud (DPS), los resultados de los exámenes médicos y de laboratorio, se le notificará al solicitante sobre el pago de la prima y sus formas de pago (el cual se encuentra detallado en la pregunta sobre “Formas de Pago”). Una vez realizado el pago, se procederá con la emisión de la póliza, la cual será enviada vía correo electrónico al contratante. De ser necesario, el contratante puede solicitar la entrega de su póliza de manera física.
¿PUEDE UN CIUDADANO EXTRANJERO CONTRATAR UN SEGURO DE VIDA ?
Sí puede, cumpliendo con el requisito de tener residencia permanente en Perú.